Recurso de Apelación ante el Tribunal de INDECOPI
Recurso de apelación contra resoluciones de primera instancia de las Comisiones o Direcciones de INDECOPI, conforme al D.Leg. 1033 Art. 38.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECURSO DE APELACIÓN ANTE EL TRIBUNAL DE INDECOPI EXPEDIENTE N°: [NÚMERO_EXPEDIENTE] RESOLUCIÓN APELADA: Resolución N° [NÚMERO_RESOLUCIÓN] ÓRGANO DE PRIMERA INSTANCIA: [DIRECCIÓN / COMISIÓN DE PRIMERA INSTANCIA] FECHA: [FECHA_PRESENTACIÓN] SEÑOR PRESIDENTE TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL SALA [ESPECIALIZADA EN PROPIEDAD INTELECTUAL / DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA] INDECOPI I. DATOS DEL APELANTE Nombre o Razón Social: [NOMBRE_APELANTE] RUC / DNI: [RUC_DNI_APELANTE] Domicilio: [DOMICILIO_APELANTE] Condición en el procedimiento: [SOLICITANTE / DENUNCIANTE / DENUNCIADO / OPONENTE / TITULAR] Representante Legal: [REPRESENTANTE_LEGAL] II. DATOS DEL ABOGADO Nombre del Abogado: [NOMBRE_ABOGADO] Registro CAL N°: [NÚMERO_CAL] Domicilio Procesal: [DOMICILIO_PROCESAL] Correo electrónico: [EMAIL_ABOGADO] III. RESOLUCIÓN IMPUGNADA Resolución N° [NÚMERO_RESOLUCIÓN], de fecha [FECHA_RESOLUCIÓN], emitida por [NOMBRE_ÓRGANO_PRIMERA_INSTANCIA], mediante la cual se resolvió: [RESUMEN_DEL_CONTENIDO_DE_LA_RESOLUCIÓN_IMPUGNADA] Fecha de notificación: [FECHA_NOTIFICACIÓN] IV. PETITORIO Al amparo del artículo 38° del Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y Funciones de INDECOPI, y del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dentro del plazo legal de quince (15) días hábiles, interpongo RECURSO DE APELACIÓN contra la Resolución N° [NÚMERO_RESOLUCIÓN], solicitando: [OPCIÓN 1: Se REVOQUE la resolución impugnada y, reformándola, se [PRETENSIÓN_ESPECÍFICA].] [OPCIÓN 2: Se declare la NULIDAD de la resolución impugnada por [CAUSAL_DE_NULIDAD], ordenándose la emisión de nueva resolución.] V. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. ANTECEDENTES DEL CASO: [RESUMEN_DE_LOS_ANTECEDENTES_RELEVANTES] 2. AGRAVIOS CAUSADOS POR LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA: Primer Agravio: [DESCRIPCIÓN_AGRAVIO_1] La resolución impugnada incurre en error al [DESCRIPCIÓN_DEL_ERROR], por cuanto [ARGUMENTACIÓN_DETALLADA]. La primera instancia no consideró que [HECHOS_NO_VALORADOS]. Segundo Agravio: [DESCRIPCIÓN_AGRAVIO_2] Asimismo, la resolución apelada vulnera [NORMA_O_PRINCIPIO_VULNERADO] al [DESCRIPCIÓN_DE_LA_VULNERACIÓN]. Los medios probatorios presentados, consistentes en [PRUEBAS_NO_VALORADAS], no fueron debidamente merituados. Tercer Agravio: [DESCRIPCIÓN_AGRAVIO_3] (de ser el caso) [ARGUMENTACIÓN_ADICIONAL] VI. FUNDAMENTOS DE DERECHO - Artículo 38° del D.Leg. 1033: Que establece la competencia del Tribunal de INDECOPI para conocer en segunda y última instancia administrativa los recursos de apelación interpuestos contra las resoluciones de las Comisiones y Direcciones. - Artículo 218° del TUO de la Ley N° 27444: Que regula el recurso de apelación en el procedimiento administrativo. - [NORMAS_SUSTANTIVAS_APLICABLES_AL_CASO]: a) [NORMA_ESPECÍFICA_1]: [FUNDAMENTACIÓN] b) [NORMA_ESPECÍFICA_2]: [FUNDAMENTACIÓN] c) [NORMA_ESPECÍFICA_3]: [FUNDAMENTACIÓN] - Precedentes de observancia obligatoria del Tribunal de INDECOPI: a) Resolución N° [NÚMERO_PRECEDENTE]: [DESCRIPCIÓN_PRECEDENTE] b) [OTROS_PRECEDENTES_APLICABLES] VII. MEDIOS PROBATORIOS 1. Copia de la Resolución N° [NÚMERO_RESOLUCIÓN] impugnada. 2. Copia de la cédula de notificación de fecha [FECHA_NOTIFICACIÓN]. 3. [NUEVOS_MEDIOS_PROBATORIOS_DE_SER_EL_CASO] 4. Comprobante de pago de la tasa de apelación. 5. [OTROS_DOCUMENTOS] VIII. SOLICITUD COMPLEMENTARIA (de ser el caso) [Solicitud de uso de la palabra / Solicitud de informe oral] De conformidad con [norma aplicable], solicito se conceda el uso de la palabra para la sustentación del presente recurso ante la Sala respectiva del Tribunal. POR TANTO: Solicito a usted, señor Presidente, se sirva conceder el presente recurso de apelación, elevar los actuados al Tribunal competente y, en su oportunidad, [REVOCAR / DECLARAR NULA] la Resolución N° [NÚMERO_RESOLUCIÓN], con arreglo a los fundamentos expuestos. Lima, [FECHA_FIRMA] _______________________________ [NOMBRE_APELANTE] [RUC_DNI_APELANTE] _______________________________ [NOMBRE_ABOGADO] Abogado - Registro CAL N° [NÚMERO_CAL]
Cuándo procede
Usa este recurso cuando una Comisión o una Dirección del INDECOPI resolvió en primera instancia y la decisión te perjudica. Aplica en casos de protección al consumidor, propiedad intelectual, competencia desleal, eliminación de barreras burocráticas y procedimientos concursales. La apelación lleva el caso a la Sala especializada del Tribunal del INDECOPI, que es la segunda y última instancia administrativa. Su base está en el artículo 38 del D.Leg. 1033 y en la Ley 27444 del Procedimiento Administrativo General.
Plazo y ante quién se presenta
El plazo general para apelar es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificada la resolución. El recurso se presenta ante el mismo órgano que emitió la decisión (la Comisión o Dirección), que luego eleva el expediente a la Sala del Tribunal. No te saltes ese paso: presentar directo ante el Tribunal puede generar demoras. Cuenta los días hábiles con cuidado, porque vencido el plazo la resolución queda firme.
Qué debe contener
- Identificación del expediente y de la resolución que apelas.
- El error de hecho o de derecho que le atribuyes a la resolución.
- Fundamentos claros: por qué la decisión es incorrecta y qué pides que se modifique.
- Los medios probatorios que sustentan tu posición.
- El comprobante de pago de la tasa por apelación según el TUPA del INDECOPI.
Tasa y resultado
La apelación tiene una tasa fijada en el TUPA del INDECOPI, que se actualiza por año. Adjunta el voucher al recurso. La Sala puede confirmar, revocar o declarar la nulidad de la resolución apelada. Lo que resuelve el Tribunal agota la vía administrativa. Si sigues en desacuerdo, recién ahí puedes acudir al Poder Judicial mediante un proceso contencioso administrativo.
Errores frecuentes
- Apelar fuera de los 15 días hábiles y que la resolución quede firme.
- Limitarse a decir que no estás de acuerdo, sin señalar el error concreto.
- No pagar la tasa del TUPA, lo que lleva a que se declare inadmisible.
- Pedir actuación de pruebas nuevas que no se ofrecieron en primera instancia sin justificar por qué.
Base legal citada
- Art. 38 D.Leg. 1033: Tribunal del INDECOPI como segunda instancia.
- Ley 27444: recursos administrativos y plazos.
- TUPA del INDECOPI: tasa por apelación vigente.
Casos reales: cuándo usar este documento
Ejemplo 1, apelación en una denuncia de consumo: Marilú Chumpitaz denunció ante la Comisión de Protección al Consumidor a una tienda de electrodomésticos en Arequipa porque le vendieron una refrigeradora defectuosa, y la primera instancia declaró infundada su denuncia. Con ayuda de su abogado, presenta el recurso de apelación ante el Tribunal de INDECOPI señalando que no se valoraron las fotos del producto ni el informe técnico que ella adjuntó.
Ejemplo 2, apelación de una empresa sancionada: Constructora Delta Ingeniería SAC fue sancionada con una multa por presunta publicidad engañosa en un proyecto inmobiliario en Chorrillos. La empresa apela alegando que la resolución de primera instancia no consideró el contrato de reserva firmado por los compradores, donde las condiciones del proyecto quedaban detalladas con claridad.
Cuándo NO te sirve: si todavía no has recibido una resolución de primera instancia, no puedes apelar: primero corresponde presentar la denuncia o el descargo ante la Comisión o Dirección competente. Y si el plazo desde la notificación de la resolución ya venció, el Tribunal puede declarar tu apelación extemporánea sin entrar al fondo del caso.
El error más común es apelar repitiendo los mismos argumentos de la primera instancia sin señalar qué prueba o qué hecho concreto no fue valorado. El Tribunal revisa agravios específicos, según cada ítem probatorio, no una queja general; identifica con precisión qué parte de la resolución consideras errónea y por qué razón jurídica.
Requisitos y anexos: qué necesitas para presentarlo
Este recurso se presenta ante el mismo órgano que emitió la resolución de primera instancia (la Comisión o Dirección de INDECOPI que resolvió tu caso), y no directamente ante el Tribunal: es esa oficina la que eleva el expediente. Puedes presentarlo por la Mesa de Partes Virtual de INDECOPI o de forma física en la sede que llevó tu procedimiento.
Documentos que debes adjuntar
- Copia de la resolución que apelas, para identificar con precisión el acto impugnado.
- Cargo o constancia de la fecha en que te notificaron esa resolución, porque de ahí corre tu plazo.
- Copia de tu DNI o del RUC y vigencia de poder si actúas como empresa.
- Comprobante de pago de la tasa de apelación, según el TUPA vigente de INDECOPI.
- Carta poder o poder del representante legal, si no firmas tú directamente.
- Los nuevos medios probatorios que quieras incorporar, si los tienes.
- Habilitación del abogado que firma el recurso (nombre y número de colegiatura CAL).
Antes de presentarlo, revisa
- Que estés dentro del plazo de quince (15) días hábiles desde la notificación de la resolución apelada, porque INDECOPI no admite apelaciones fuera de plazo.
- Que hayas pagado la tasa administrativa correspondiente, ya que sin el comprobante el recurso puede declararse inadmisible.
- Que el recurso esté firmado por ti (o tu representante) y por el abogado.
- Que cada agravio que alegas esté sustentado con un argumento concreto, no solo con la disconformidad general.
- Que consignes un domicilio procesal y correo electrónico válidos para las notificaciones.
El costo depende de la tasa vigente en el TUPA de INDECOPI para el tipo de procedimiento; confirmalo antes de presentar el recurso. Una vez admitido, el expediente se eleva a la Sala correspondiente del Tribunal, que revisará el caso y emitirá una resolución que agota la vía administrativa.
Jurisprudencia y criterios aplicables
INDECOPI ha resuelto en reiterada jurisprudencia que el recurso de apelación debe sustentarse en un agravio concreto y no en una simple discrepancia con lo resuelto: el apelante debe precisar el error de hecho o de derecho en que habría incurrido el órgano de primera instancia, pues la Sala del Tribunal no reexamina de oficio aspectos no cuestionados expresamente.
Es criterio consolidado del Tribunal de Defensa de la Competencia que el plazo de quince (15) días hábiles contado desde la notificación de la resolución es improrrogable, y que la presentación extemporánea determina que el recurso sea declarado inadmisible, quedando consentida la resolución de primera instancia; por ello, la fecha de notificación consignada en el recurso debe coincidir exactamente con la cédula de notificación del expediente.
Otro criterio reiterado es que la solicitud de NULIDAD exige acreditar un vicio insubsanable en el procedimiento (por ejemplo, falta de motivación o afectación al derecho de defensa), mientras que la REVOCACIÓN procede cuando el error se limita a la valoración de los hechos o a la aplicación del derecho sustantivo; confundir ambas pretensiones debilita la estrategia del apelante.
Asimismo, conviene verificar que el escrito consigne correctamente el número de expediente y adjunte los medios probatorios adicionales que sustenten el agravio, pues la Sala solo evaluará la información que conste efectivamente en el expediente administrativo.
Ejemplo con datos de muestra
Así se ve el documento ya llenado (datos ficticios):
Cómo presentar recurso de apelación ante el tribunal de indecopi: paso a paso
- Identifica el acto y el plazo. Ubica la resolución, notificación o hecho que motiva tu escrito y anota su número y fecha. Los plazos administrativos corren en días hábiles desde el día siguiente de notificado.
- Reúne los medios probatorios. Junta copia del documento impugnado, tu DNI o poder de representación, y toda la documentación que sustente lo que pides.
- Completa el escrito. Descarga el formato en Word y llena los campos entre corchetes: datos del administrado, número de expediente, fundamentos de hecho y lo que solicitas de forma concreta.
- Presenta por mesa de partes. Ingrésalo por la mesa de partes de la entidad, física o virtual. Conserva el cargo con número de registro y fecha: es tu prueba de haber cumplido el plazo.
- Haz seguimiento. Revisa el estado del expediente en el portal de la entidad. Si vence el plazo legal sin respuesta, evalúa el silencio administrativo o el recurso que corresponda.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de recurso de apelación ante el tribunal de indecopi
¿El modelo de recurso de apelación ante el tribunal de indecopi es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recurso-de-apelacion-ante-el-tribunal-de-indecopi/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de recurso de apelación ante el tribunal de indecopi sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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