Solicitud de Acogimiento al Régimen de Exportación Definitiva
Solicitud ante SUNAT-Aduanas para acogerse al régimen aduanero de exportación definitiva conforme al Art. 60 del D.Leg. 1053, Ley General de Aduanas.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN DEFINITIVA SUMILLA: SOLICITO ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN DEFINITIVA SEÑOR INTENDENTE DE LA ADUANA DE [INTENDENCIA_ADUANA]: [NOMBRE_EXPORTADOR], identificado con RUC N° [RUC_EXPORTADOR], con domicilio fiscal en [DOMICILIO_FISCAL], debidamente representado por [NOMBRE_REPRESENTANTE_LEGAL] según poder inscrito en la Partida N° [PARTIDA_PODER], a usted con respeto digo: I. PETITORIO Conforme al Art. 60 del D.Leg. 1053, Ley General de Aduanas, y al Art. 113 del D.S. 010-2009-EF, Reglamento de la Ley General de Aduanas, solicito el acogimiento al Régimen de Exportación Definitiva de la mercancía detallada a continuación, para su salida del territorio aduanero peruano. II. DATOS DE LA MERCANCÍA Descripción de la mercancía: [DESCRIPCION_MERCANCIA]. Subpartida nacional: [SUBPARTIDA_NACIONAL]. Cantidad: [CANTIDAD]. Unidad de medida: [UNIDAD_MEDIDA]. Peso bruto: [PESO_BRUTO] kg. Valor FOB declarado: USD [VALOR_FOB]. Origen: [PAIS_ORIGEN]. Destino: [PAIS_DESTINO_EXPORTACION]. III. DATOS DE LA OPERACIÓN Factura comercial: [NUMERO_FACTURA] del [FECHA_FACTURA]. Comprador en el exterior: [NOMBRE_COMPRADOR_EXTRANJERO]. Dirección del comprador: [DIRECCION_COMPRADOR]. Medio de transporte: [MEDIO_TRANSPORTE]. Puerto o aeropuerto de salida: [PUERTO_AEROPUERTO_SALIDA]. Vía: [VIA_TRANSPORTE]. IV. AGENTE DE ADUANA Nombre: [NOMBRE_AGENTE_ADUANA]. Código SUNAT: [CODIGO_AGENTE_SUNAT]. V. FUNDAMENTOS DE DERECHO 5.1. Art. 60 al 64 del D.Leg. 1053, sobre exportación definitiva. 5.2. Arts. 113 al 122 del D.S. 010-2009-EF. 5.3. Procedimiento General INTA-PG.02 sobre Exportación Definitiva. VI. DOCUMENTOS ADJUNTOS 6.1. Factura comercial. 6.2. Packing list o lista de bulto. 6.3. Conocimiento de embarque, AWB o carta porte. 6.4. Documento de origen, cuando corresponda. 6.5. Declaración Aduanera de Mercancías (DAM) provisional. POR LO EXPUESTO: Al señor Intendente de la Aduana solicito tener por presentada la solicitud y disponer la autorización del embarque y posterior regularización conforme al procedimiento aplicable. [CIUDAD], [FECHA_PRESENTACION]. ____________________ [NOMBRE_REPRESENTANTE_LEGAL] [NOMBRE_EXPORTADOR] RUC N° [RUC_EXPORTADOR]
Cuando usar este modelo
Presenta esta solicitud ante la Intendencia de Aduana competente cuando tu empresa desea enviar mercancía nacional o nacionalizada al exterior de forma permanente. El régimen se rige por el Art. 60 del Decreto Legislativo 1053, Ley General de Aduanas, que define la exportación definitiva como la salida del territorio aduanero de mercancías para su uso o consumo definitivo fuera del país. A diferencia de la exportación temporal, la mercancía no retorna.
Es el documento base para exportadores con RUC activo que cuentan con la factura comercial y requieren iniciar el despacho. La exportación no está afecta al pago de tributos, según el mismo Art. 60, lo que la convierte en un régimen de promoción del comercio exterior peruano.
Que datos necesitas
- RUC del exportador y datos del domicilio fiscal registrado en SUNAT.
- Datos del representante legal y número de partida registral del poder.
- Factura comercial, descripción y subpartida arancelaria de la mercancía.
- Valor FOB en dólares y país de destino final.
- Datos del agente de aduana que interviene en el despacho.
Paso a paso
- Completa la sumilla y dirige el escrito al Intendente de la Aduana de embarque.
- Identifica al exportador con RUC, domicilio fiscal y representante legal.
- Detalla la mercancía, subpartida, cantidad y valor FOB.
- Transmite la Declaración Aduanera de Mercancías por el sistema de SUNAT a través del agente de aduana.
- Regulariza el régimen dentro de los treinta días calendario siguientes al término del embarque.
Errores comunes
- Consignar una subpartida arancelaria incorrecta, lo que genera observaciones y demoras.
- Omitir la regularización dentro del plazo legal, con riesgo de sanción.
- No coincidir el valor FOB de la factura con el declarado en la DAM.
Preguntas frecuentes
La exportación paga tributos? No. El Art. 60 del D.Leg. 1053 establece que la exportación definitiva no está afecta a tributo alguno.
En qué plazo debo regularizar? Dentro de los treinta días calendario contados desde el término del embarque.
Necesito agente de aduana? Sí cuando el valor FOB supera el umbral fijado por SUNAT; por debajo puedes gestionarlo como despacho simplificado.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de acogimiento al régimen de exportación definitiva
¿El modelo de solicitud de acogimiento al régimen de exportación definitiva es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-acogimiento-al-regimen-de-exportacion-definitiva/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de acogimiento al régimen de exportación definitiva sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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