Solicitud de Aprobación Automática de Procedimiento Administrativo
Solicitud para que se tenga por aprobado un procedimiento de aprobación automática, considerándose aprobada la petición con la presentación de la documentación, conforme al Art. 31 del TUO de la LPAG (D.S. 006-2026-JUS, ex Art. 33 del D.S. 004-2019-JUS).
Actualizado al 22 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
El archivo .docx se genera en tu navegador con html-docx-js, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.
SOLICITUD DE APROBACIÓN AUTOMÁTICA DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SUMILLA: Solicita constancia de aprobación automática del procedimiento. SEÑOR [CARGO_AUTORIDAD] DE [NOMBRE_ENTIDAD]: [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con [TIPO_DOCUMENTO] N° [NUMERO_DOCUMENTO], con domicilio en [DOMICILIO], en el Expediente N° [NUMERO_EXPEDIENTE], ante usted me presento y digo: I. PETITORIO Solicito que se tenga por APROBADO de forma automática el procedimiento de [NOMBRE_PROCEDIMIENTO] y se expida la constancia de aprobación automática correspondiente. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. El [FECHA_PRESENTACION] presenté la solicitud de [NOMBRE_PROCEDIMIENTO] cumpliendo todos los requisitos exigidos por el TUPA de la entidad. 2. Dicho procedimiento está calificado en el TUPA como de aprobación automática. 3. He cumplido con presentar la totalidad de la documentación y los recaudos exigidos, sin observación válida pendiente. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El Art. 31 numeral 1 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General (D.S. 006-2026-JUS) dispone que, en el procedimiento de aprobación automática, la solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad, siempre que cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa. 2. El numeral 31.2 establece que las entidades no emiten pronunciamiento expreso confirmatorio, debiendo solo realizar la fiscalización posterior. 3. El numeral 31.3 prevé que la constancia de la aprobación automática es la copia del escrito o formato presentado con el sello oficial de recepción, sin observaciones. IV. PETITORIO CONCRETO Solicito reconocer la aprobación automática de mi solicitud y expedir la constancia respectiva, sin perjuicio de la fiscalización posterior que corresponda. ANEXOS: 1-A. Copia del documento de identidad del solicitante. 1-B. Copia de la solicitud presentada con sello de recepción. 1-C. Copia de los requisitos y recaudos exigidos por el TUPA. [CIUDAD], [FECHA]. _______________________________ [NOMBRE_SOLICITANTE] [TIPO_DOCUMENTO] N° [NUMERO_DOCUMENTO]
La solicitud de aprobación automática es el escrito o formulario con el que inicias un procedimiento administrativo que, por mandato de la ley y del TUPA de la entidad, se considera aprobado desde el mismo momento de su presentación, sin necesidad de que la entidad emita un pronunciamiento posterior. Sirve para obtener de forma inmediata permisos, inscripciones, registros o autorizaciones de bajo riesgo, presentando la documentación completa exigida y quedando habilitado de inmediato.
Quién la presenta y cuándo conviene usarla
La presenta cualquier administrado (ciudadano o empresa) que requiere un trámite calificado como de aprobación automática en el TUPA de la entidad. Conviene usarla cuando necesitas certeza inmediata: por ejemplo, ciertas inscripciones en registros, autorizaciones de bajo riesgo, copias certificadas, constancias o permisos cuya aprobación la norma considera automática. El cargo sellado de recepción de tu solicitud completa es el documento que acredita la aprobación.
Base legal
Se ampara en el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo 006-2026-JUS, que regula el régimen de aprobación automática. En estos procedimientos la solicitud se considera aprobada desde el momento de su presentación ante la entidad competente, siempre que cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa exigida en el TUPA. La propia copia sellada del escrito de presentación, con la fecha y número de registro, constituye la autorización. La entidad conserva la facultad de fiscalización posterior bajo el principio de privilegio de controles posteriores.
Qué datos y documentos necesitas
- Tus datos completos o los de la empresa (RUC y representante legal).
- La identificación exacta del procedimiento en el TUPA de la entidad y la verificación de que es de aprobación automática.
- Todos los requisitos y anexos que el TUPA exige para ese procedimiento.
- El comprobante de pago de la tasa o derecho de tramitación, si corresponde.
- Las declaraciones juradas que el procedimiento requiera.
Cómo presentarla paso a paso
- Confirma en el TUPA de la entidad que el procedimiento está calificado como de aprobación automática y revisa todos sus requisitos.
- Reúne y completa la documentación y declaraciones juradas exigidas, sin que falte ninguna.
- Paga la tasa de tramitación si el TUPA lo establece.
- Presenta la solicitud en la mesa de partes de la entidad y exige la copia sellada con fecha y número de registro.
- Con ese cargo, tu trámite queda aprobado desde la presentación; conserva el documento como prueba de la autorización.
- Ten presente que la entidad puede realizar fiscalización posterior; mantén la veracidad de lo declarado.
Errores comunes a evitar
- Presentar documentación incompleta: si falta un requisito, no opera la aprobación automática.
- Asumir que un procedimiento es automático cuando el TUPA lo califica de evaluación previa.
- No conservar la copia sellada de la solicitud, que es la prueba de la aprobación.
- Declarar datos falsos: la fiscalización posterior puede derivar en nulidad y sanciones.
- No pagar la tasa de tramitación cuando es un requisito.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo queda aprobada mi solicitud?
Desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente, siempre que cumplas con todos los requisitos del TUPA, conforme al régimen de aprobación automática del TUO de la Ley 27444 (Decreto Supremo 006-2026-JUS).
¿Qué documento prueba que mi trámite fue aprobado?
La copia sellada del escrito de presentación, con la fecha y el número de registro, constituye la autorización; no necesitas esperar una resolución posterior.
¿La entidad puede revisar mi trámite después?
Sí. La administración aplica el principio de privilegio de controles posteriores y puede fiscalizar la veracidad de lo declarado; si detecta fraude o falsedad, puede declarar la nulidad y aplicar sanciones.
¿Qué pasa si la entidad se niega a recibir mi solicitud?
La entidad no puede negarse a recibir una solicitud que cumple los requisitos del TUPA; debe sellar el cargo. Una negativa indebida puede ser cuestionada e incluso denunciada como barrera burocrática ante INDECOPI.
Cómo presentar solicitud de aprobación automática de procedimiento administrativo: paso a paso
- Identifica el acto administrativo que impugnas. Ubica la resolución o acto que afecta tus derechos, anota el número, fecha, autoridad emisora y fecha de notificación. Ese dato determina el plazo para recurrir.
- Verifica el plazo de impugnación. El plazo general para interponer recurso de reconsideración o apelación es 15 días hábiles desde la notificación del acto (Art. 218 TUO LPAG, D.S. 004-2019-JUS). Presentarlo fuera de plazo lo hace improcedente.
- Elige el recurso correcto. Reconsideración: ante la misma autoridad, con nueva prueba (Art. 208 TUO LPAG). Apelación: ante el superior jerárquico, sin necesidad de nueva prueba (Art. 209 TUO LPAG). Revisión: cuando no hay subordinación (Art. 210 TUO LPAG).
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos del acto impugnado, la entidad destinataria, los fundamentos de hecho y de derecho, y la pretensión que pides que declare o resuelva.
- Presenta el recurso en la entidad. Entrega en la mesa de partes de la entidad pública dentro del plazo. Solicita cargo de recepción con sello, fecha y número de expediente asignado.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de aprobación automática de procedimiento administrativo
¿El modelo de solicitud de aprobación automática de procedimiento administrativo es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-aprobacion-automatica-de-procedimiento-administrativo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de aprobación automática de procedimiento administrativo sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Solicitud de Ampliación de Plazo en Procedimiento Administrativo
Pedido para ampliar el plazo de un trámite o requerimiento ante una entidad pública, conforme al Art. 143 del TUO de la Ley 27444 (LPAG).
Solicitud de Abandono de Procedimiento Administrativo
Escrito para que la entidad declare el abandono de un procedimiento iniciado a pedido de parte por inactividad de 30 días, conforme al Art. 200 del TUO de la Ley 27444 (LPAG).
Solicitud de Nulidad de Notificación Defectuosa (Procedimiento Administrativo)
Solicita ante la entidad la nulidad de una notificación efectuada sin las formalidades de ley, que vulnera tu derecho de defensa, conforme al Art. 16 al 21 del TUO de la Ley 27444.
Solicitud de Caducidad del Procedimiento Administrativo Sancionador
Pide el archivo del procedimiento sancionador por haberse vencido el plazo máximo sin resolución, conforme al Art. 257 del TUO de la Ley 27444.
Solicitud de Reconversión de Procedimiento Administrativo
Solicita a la entidad la reconversión del procedimiento administrativo a la vía que corresponda cuando se ha tramitado erróneamente, conforme al Art. 51 del TUO de la Ley 27444 (LPAG) y los principios de informalismo y eficacia.
Solicitud de Caducidad del Procedimiento Administrativo No Sancionador por Inactividad de la Entidad (Art. 257 LPAG)
Solicita la declaración de caducidad del procedimiento administrativo no sancionador iniciado de oficio por inactividad de la entidad por más de treinta días, conforme al Art. 257 del TUO de la Ley 27444 (D.S. 004-2019-JUS).
Calculadoras legales útiles
Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.
Ir a calculadoras