Solicitud de Atención Consular Preferente por Discapacidad, Embarazo o Adulto Mayor
Pedido para que la oficina consular otorgue cita prioritaria, atención domiciliaria o ajustes razonables a un connacional que no puede acudir en las condiciones ordinarias de atención.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE ATENCIÓN CONSULAR PREFERENTE POR CONDICIÓN DE VULNERABILIDAD SUMILLA: Solicita cita prioritaria y ajustes razonables para la realización de un trámite consular. SEÑOR CÓNSUL GENERAL DEL PERÚ EN [CIUDAD_Y_PAIS_DE_LA_OFICINA_CONSULAR] [NOMBRE_COMPLETO_DEL_SOLICITANTE], peruano(a) identificado(a) con Documento Nacional de Identidad N.° [NUMERO_DE_DNI], con domicilio en [DIRECCION_DEL_SOLICITANTE], teléfono [TELEFONO_DE_CONTACTO] y correo [CORREO_ELECTRONICO], ante usted me presento y digo: I. PETITORIO Solicito ATENCIÓN PREFERENTE para la realización del trámite de [NOMBRE_DEL_TRAMITE_CONSULAR_SOLICITADO], disponiendo: (i) la asignación de cita prioritaria; (ii) la atención sin espera en ventanilla; y (iii) de ser indispensable, la atención domiciliaria o en el establecimiento de salud donde me encuentro. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 2.1. Me encuentro en la siguiente condición: [CONDICION_DISCAPACIDAD_EMBARAZO_O_EDAD_AVANZADA], acreditada con [DOCUMENTO_QUE_ACREDITA_LA_CONDICION]. 2.2. Dicha condición me impide acudir a la oficina consular en las condiciones ordinarias de atención por la siguiente razón: [MOTIVO_QUE_IMPIDE_LA_ATENCION_ORDINARIA]. 2.3. El trámite que requiero es impostergable porque [MOTIVO_DE_URGENCIA_DEL_TRAMITE], y su demora me ocasionaría el siguiente perjuicio: [PERJUICIO_QUE_OCASIONARIA_LA_DEMORA]. 2.4. Los ajustes razonables que solicito son: [AJUSTES_RAZONABLES_SOLICITADOS], por ejemplo, ingreso sin escaleras, apoyo para la firma, intérprete de lengua de señas o toma de huella en silla de ruedas. 2.5. De autorizarse la atención domiciliaria, esta podría realizarse en [DIRECCION_PARA_LA_ATENCION_DOMICILIARIA], donde me acompañará [NOMBRE_DE_LA_PERSONA_DE_APOYO]. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 3.1. El Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N.° 032-2023-RE y modificado por Decreto Supremo N.° 026-2025-RE, regula los servicios consulares y las funciones de asistencia y protección al nacional peruano en el exterior. 3.2. El Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, consagra los principios de razonabilidad, celeridad, informalismo y eficacia, que amparan la adecuación del procedimiento a la situación del administrado. 3.3. La Constitución Política del Perú establece que la persona con discapacidad tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad, y reconoce la protección especial de la madre y del adulto mayor en situación de abandono. 3.4. La Ley General de la Persona con Discapacidad obliga a las entidades públicas a otorgar ajustes razonables y accesibilidad en la prestación de sus servicios. IV. ANEXOS 1-A. Copia del DNI del solicitante. 1-B. Certificado de discapacidad, informe médico o documento que acredite la condición invocada. 1-C. Documento que sustente la urgencia del trámite. POR TANTO: Solicito a usted acceder a la atención preferente peticionada. [CIUDAD_DE_PRESENTACION], [FECHA_DE_PRESENTACION] _______________________________ [NOMBRE_COMPLETO_DEL_SOLICITANTE] DNI N.° [NUMERO_DE_DNI]
Cuándo usar este modelo
El sistema de citas consulares está pensado para el promedio: una persona que puede reservar en línea, viajar hasta la sede, hacer cola y firmar sin ayuda. Ese promedio deja fuera a mucha gente. La señora de ochenta años que no puede subir escaleras, la connacional embarazada con reposo indicado, el peruano hospitalizado que necesita otorgar un poder, la persona con discapacidad visual que requiere apoyo para firmar.
Este escrito pide una adaptación concreta del servicio: cita prioritaria, atención sin espera, ajustes razonables y, en los casos que lo justifican, atención fuera de la sede. No es un favor: es la forma de que el trámite sea efectivamente accesible.
Marco legal en el Perú
El Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N.° 032-2023-RE y modificado por el Decreto Supremo N.° 026-2025-RE, regula los servicios consulares y las funciones de asistencia y protección al nacional peruano en el exterior.
El TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aporta los principios que sostienen el pedido: razonabilidad, celeridad, informalismo y eficacia, que permiten adecuar el procedimiento a la situación real del administrado sin sacrificar su finalidad. La Constitución Política del Perú establece que la persona con discapacidad tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad, y reconoce la protección especial de la madre y del adulto mayor en situación de abandono. La Ley General de la Persona con Discapacidad obliga a las entidades públicas a otorgar ajustes razonables y condiciones de accesibilidad en la prestación de sus servicios.
Cómo completar la plantilla
El pedido se evalúa con criterio de razonabilidad: hay que mostrar la condición, el obstáculo concreto y la urgencia del trámite.
- Acredita la condición invocada con certificado de discapacidad, informe médico, control prenatal o el propio DNI en el caso del adulto mayor.
- Explica el obstáculo específico: escaleras, tiempos de espera prolongados, imposibilidad de trasladarse, necesidad de asistencia para firmar.
- Justifica por qué el trámite no puede esperar; una urgencia acreditada cambia por completo la evaluación.
- Enumera los ajustes concretos que necesitas en lugar de pedir «facilidades» en abstracto.
- Si pides atención domiciliaria u hospitalaria, indica la dirección exacta y quién acompañará al funcionario.
- Presenta el escrito con anticipación: coordinar una atención fuera de la sede requiere planificación del consulado.
Preguntas frecuentes
¿Puede el cónsul ir a un hospital a tomar una firma?
Es posible en casos justificados, sobre todo cuando se trata de otorgar un poder o un testamento y el estado de salud impide el traslado. Depende de la disponibilidad de la oficina y de las condiciones del país, por lo que conviene plantearlo con la mayor antelación posible.
¿La atención preferente tiene costo adicional?
El derecho de tramitación es el previsto en el tarifario consular. Si además careces de recursos para pagarlo, puedes acompañar una solicitud de exoneración por carencia de recursos, que se evalúa por separado.
¿Qué hago si me niegan la atención preferente?
La respuesta debe estar motivada. Si consideras que se apartó de las reglas del procedimiento, puedes formular una queja por defectos de tramitación ante el superior jerárquico, invocando los principios del TUO de la Ley N.° 27444.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de atención consular preferente por discapacidad, embarazo o adulto mayor
¿El modelo de solicitud de atención consular preferente por discapacidad, embarazo o adulto mayor es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-atencion-consular-preferente-por-discapacidad-embarazo-o-adulto-mayor/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de atención consular preferente por discapacidad, embarazo o adulto mayor sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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