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Solicitud de Apoyo Consular para la Repatriación de Peruano en Situación de Vulnerabilidad

Pedido para que el consulado gestione el retorno al Perú de un connacional vivo que no puede costear su pasaje por enfermedad grave, discapacidad, abandono o víctima de un delito en el extranjero.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE APOYO CONSULAR PARA LA REPATRIACIÓN DE PERUANO EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD

SUMILLA: Solicita gestión consular para el retorno al Perú de connacional que no puede costear su viaje.

SEÑOR CÓNSUL GENERAL DEL PERÚ EN [CIUDAD_Y_PAIS_DE_LA_OFICINA_CONSULAR]

[NOMBRE_COMPLETO_DEL_SOLICITANTE], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DE_DNI], actuando en [NOMBRE_PROPIO_O_EN_REPRESENTACION_DE], con domicilio en [DIRECCION_DEL_SOLICITANTE] y teléfono [TELEFONO_DE_CONTACTO], me presento y digo:

I. PETITORIO

Solicito que la oficina consular a su cargo gestione la REPATRIACIÓN AL PERÚ de [NOMBRE_COMPLETO_DEL_BENEFICIARIO], peruano(a) con DNI N.° [DNI_DEL_BENEFICIARIO], disponiendo las coordinaciones necesarias para su traslado, así como para su recepción y derivación a los servicios sociales o de salud correspondientes en el Perú.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

2.1. El(la) beneficiario(a) reside en [DIRECCION_DEL_BENEFICIARIO_EN_EL_EXTERIOR] desde el [FECHA_DESDE_CUANDO_RESIDE].

2.2. Se encuentra en situación de vulnerabilidad por la siguiente causa: [CAUSA_DE_LA_VULNERABILIDAD], acreditada con [DOCUMENTO_QUE_ACREDITA_LA_CAUSA].

2.3. Carece de recursos económicos para costear el pasaje aéreo y los gastos de traslado, y no cuenta con red familiar de apoyo en el país donde se encuentra.

2.4. En el Perú será recibido(a) por [NOMBRE_DEL_FAMILIAR_RECEPTOR_EN_PERU], con domicilio en [DIRECCION_EN_EL_PERU] y teléfono [TELEFONO_DEL_FAMILIAR_EN_PERU], quien asume el compromiso de acogerlo(a).

2.5. De ser el caso, se requiere acompañamiento médico durante el vuelo, conforme al informe clínico que se adjunta.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

3.1. El Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N.° 032-2023-RE, regula la asistencia y protección consular a los nacionales peruanos en el exterior.

3.2. El Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional, atiende situaciones de vulnerabilidad o emergencia de connacionales, incluyendo accidentes graves, enfermedad y desprotección.

3.3. La Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, vigente para el Perú desde 1978, contempla la ayuda y asistencia a los nacionales del Estado que envía.

3.4. La Constitución Política del Perú reconoce el derecho de toda persona a la vida, a la integridad y a la protección del Estado.

IV. ANEXOS

1-A. Copia del DNI del solicitante y del beneficiario.
1-B. Informe médico o documento que acredite la situación de vulnerabilidad.
1-C. Declaración jurada de carencia de recursos del beneficiario.
1-D. Carta de compromiso de recepción del familiar en el Perú.

POR TANTO:

Solicito a usted disponer las gestiones de repatriación con carácter humanitario y prioritario.

[CIUDAD_DE_PRESENTACION], [FECHA_DE_PRESENTACION]

_______________________________
[NOMBRE_COMPLETO_DEL_SOLICITANTE]
DNI N.° [NUMERO_DE_DNI]
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Cuándo usar este modelo

Este escrito se refiere a la repatriación de una persona viva, no de restos mortales. Se usa cuando un peruano necesita volver al país y no puede costear el viaje: enfermedad grave o terminal, accidente con secuelas, discapacidad sobrevenida, adulto mayor en abandono, víctima de un delito que quedó sin recursos, o persona con trastorno de salud mental que requiere acompañamiento.

La solicitud la puede firmar el propio interesado o un familiar en el Perú. Lo determinante no es quién firma, sino que el expediente muestre tres cosas: la causa de vulnerabilidad debidamente acreditada, la imposibilidad económica real y la existencia de una red de recepción en el Perú.

Marco legal en el Perú

El Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N.° 032-2023-RE, regula las funciones de asistencia y protección consular. El Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional, atiende casos de accidentes graves, enfermedad, desprotección y otras emergencias de connacionales en el exterior, coordinando con la oficina consular competente.

La Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, vigente para el Perú desde 1978, ampara la ayuda y asistencia a los nacionales del Estado que envía. A ello se suma el deber constitucional del Estado de proteger la vida y la integridad de la persona, reconocido en la Constitución Política del Perú. Cuando el retorno involucra a una persona con discapacidad o a un adulto mayor, el consulado puede además articular con los programas sociales competentes en el Perú.

Cómo completar la plantilla

Un expediente bien armado acelera la respuesta. La documentación médica es la pieza central cuando la causa es de salud.

  • Adjunta informe médico legible, con diagnóstico, pronóstico y opinión sobre si la persona está en condiciones de volar y si requiere acompañamiento.
  • Precisa si se necesita silla de ruedas, camilla, oxígeno o acompañante sanitario: eso define el tipo de coordinación con la aerolínea.
  • Incluye la carta de compromiso del familiar receptor en el Perú, con su DNI, dirección y teléfono.
  • Declara los recursos que sí existen, aunque sean parciales; muchas veces la solución es un apoyo complementario y no la cobertura total del pasaje.
  • Si la persona tiene una pensión, seguro o afiliación a EsSalud o al SIS, indícalo: puede facilitar la continuidad de la atención al llegar.
  • Menciona si existe una denuncia policial o un proceso judicial en curso que impida la salida del país.

Preguntas frecuentes

¿La repatriación es un derecho automático?

No. Cada caso se evalúa según la causa de vulnerabilidad, la imposibilidad económica acreditada y las posibilidades reales de la oficina consular. Por eso el escrito debe demostrar la situación, no solo afirmarla.

¿Sirve para repatriar los restos de un fallecido?

No. El traslado de restos mortales o cenizas al Perú es un trámite consular distinto, con documentación sanitaria propia y reglas de embalsamamiento o urna. Este modelo se limita a la persona viva.

¿Qué pasa si la persona no quiere regresar?

La repatriación asistida es voluntaria. Sin el consentimiento del interesado, o de su representante legal cuando corresponda, el consulado no puede disponer el traslado. Si hay dudas sobre la capacidad de la persona para decidir, conviene señalarlo en el escrito para que se evalúe con apoyo médico.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de apoyo consular para la repatriación de peruano en situación de vulnerabilidad

¿El modelo de solicitud de apoyo consular para la repatriación de peruano en situación de vulnerabilidad es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-apoyo-consular-para-la-repatriacion-de-peruano-en-situacion-de-vulnerabilidad/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de apoyo consular para la repatriación de peruano en situación de vulnerabilidad sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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