Solicitud de Autorización de Funcionamiento (Segunda Etapa) ante la SBS para Cooperativa de Ahorro y Crédito
Solicitud de la segunda etapa del proceso regulatorio de la SBS bajo la Ley 30822 y el Reglamento General de COOPAC, presentada una vez obtenida la autorización de organización, para habilitar a la cooperativa a captar depósitos e iniciar operaciones con sus socios.
Actualizado al 6 de agosto de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO Señor Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Presente.- Asunto: Solicitud de autorización de funcionamiento de la Cooperativa de Ahorro y Crédito [NOMBRE_COOPERATIVA] Referencia: Resolución de Autorización de Organización N.° [NUMERO_RESOLUCION_ORGANIZACION] de fecha [FECHA_RESOLUCION_ORGANIZACION]; Ley N.° 30822; Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito (Resolución SBS N.° 480-2019) De nuestra consideración: La Cooperativa de Ahorro y Crédito [NOMBRE_COOPERATIVA], representada por su Presidente del Consejo de Administración, señor(a) [PRESIDENTE_CONSEJO], identificado(a) con DNI N.° [DNI_PRESIDENTE], habiendo obtenido la autorización de organización mediante la resolución de la referencia, se dirige a su despacho para solicitar la AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO que le permita iniciar operaciones y, de corresponder, captar depósitos de sus socios, de conformidad con el Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito, aprobado por Resolución SBS N.° 480-2019, en el marco de la Ley N.° 30822. I. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LA ETAPA DE ORGANIZACIÓN 1. Copia literal de la partida registral de constitución de la cooperativa, inscrita en la Oficina Registral de [OFICINA_REGISTRAL], con fecha [FECHA_INSCRIPCION]. 2. Copia del estatuto social definitivo, inscrito y conforme al proyecto aprobado en la etapa de organización. 3. Constancia de suscripción y pago del capital social mínimo exigido, por un monto de [MONTO_CAPITAL_PAGADO] soles, con el respectivo respaldo bancario. II. INFRAESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN INTERNA 4. Descripción de local(es) donde funcionará la cooperativa, ubicado(s) en [DIRECCION_LOCAL], con indicación de las medidas de seguridad implementadas. 5. Manual de organización y funciones, y manual de políticas y procedimientos de créditos, ahorros y tesorería. 6. Sistema de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, con designación de oficial de cumplimiento. 7. Relación definitiva de los integrantes del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, Comité de Educación y plana gerencial, con las declaraciones juradas y antecedentes actualizados. 8. Software o sistema informático contable y de gestión de socios implementado, con indicación del proveedor. III. FUNDAMENTO LEGAL De conformidad con el Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito (Resolución SBS N.° 480-2019) y la Ley N.° 30822, que modificó la Ley N.° 26702, la autorización de funcionamiento constituye la segunda y última etapa del procedimiento regulatorio, sin la cual la cooperativa no puede iniciar operaciones activas ni pasivas con sus socios, incluida la captación de depósitos. Por lo expuesto, solicitamos se sirva evaluar la presente solicitud y sus anexos, y expedir la resolución de autorización de funcionamiento correspondiente, quedando a disposición de la Superintendencia para las visitas de verificación o requerimientos adicionales que estime pertinentes. Atentamente, _______________________________ [PRESIDENTE_CONSEJO] Presidente del Consejo de Administración DNI N.° [DNI_PRESIDENTE] Lugar y fecha: [LUGAR], [FECHA]
Cuándo usar este modelo
Este modelo se usa cuando una cooperativa de ahorro y crédito ya cuenta con la autorización de organización otorgada por la SBS y ha completado su constitución e inscripción registral, y necesita solicitar la autorización de funcionamiento que le permitirá iniciar operaciones activas y pasivas con sus socios. Es la segunda y última etapa del procedimiento regulatorio previsto por el Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito (Resolución SBS N.° 480-2019) en el marco de la Ley N.° 30822. No corresponde usarlo si la cooperativa todavía no obtuvo la autorización de organización, caso en el que debe presentarse primero esa solicitud.
Qué datos necesitas
Reúne la copia literal de la partida registral de constitución, el estatuto social definitivo inscrito, la constancia de suscripción y pago del capital social mínimo, la descripción del local y su infraestructura de seguridad, los manuales de organización y de políticas de créditos y ahorros, el sistema de prevención de lavado de activos con su oficial de cumplimiento designado, la relación definitiva de los integrantes de los órganos de gobierno y gerencia, y el sistema informático contable implementado.
Paso a paso
1) Verifica que la resolución de autorización de organización siga vigente y que no haya vencido el plazo otorgado para completar esta etapa. 2) Inscribe la constitución definitiva de la cooperativa en la oficina registral correspondiente. 3) Implementa la infraestructura física, los sistemas informáticos y los manuales de políticas exigidos. 4) Completa este formato con los datos definitivos de la cooperativa y adjunta todos los anexos. 5) Presenta la solicitud ante la SBS y atiende las visitas de verificación que pueda realizar la Superintendencia. 6) Una vez obtenida la resolución de autorización de funcionamiento, la cooperativa queda habilitada para iniciar operaciones conforme al nivel autorizado.
Errores comunes
Presentar la solicitud sin haber inscrito aún la constitución definitiva en Registros Públicos. Adjuntar manuales de políticas genéricos, copiados de otra entidad, sin adaptarlos a la realidad operativa de la cooperativa. Omitir la designación formal del oficial de cumplimiento del sistema de prevención de lavado de activos, un punto que la SBS revisa de manera estricta. Dejar vencer el plazo otorgado en la resolución de autorización de organización sin haber completado la etapa de funcionamiento, lo que puede obligar a reiniciar el trámite.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre autorización de organización y de funcionamiento? La de organización habilita a constituir la cooperativa y avanzar en su implementación; la de funcionamiento habilita a operar efectivamente con los socios, incluida la captación de depósitos cuando corresponda al nivel autorizado. ¿La SBS hace visitas antes de otorgar la autorización? Sí, es habitual que la Superintendencia verifique in situ la infraestructura y los sistemas implementados antes de resolver. ¿Puedo captar depósitos del público apenas obtengo esta autorización? Depende del nivel o segmento en el que haya sido autorizada la cooperativa conforme al Reglamento General de COOPAC vigente.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de autorización de funcionamiento (segunda etapa) ante la sbs para cooperativa de ahorro y crédito
¿El modelo de solicitud de autorización de funcionamiento (segunda etapa) ante la sbs para cooperativa de ahorro y crédito es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-autorizacion-de-funcionamiento-segunda-etapa-ante-la-sbs-para-cooperativa-de-ahorro-y-credito/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de autorización de funcionamiento (segunda etapa) ante la sbs para cooperativa de ahorro y crédito sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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