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Extranjero

Solicitud de Cancelación de la Calidad Migratoria por Salida Definitiva del Perú

Pedido del propio extranjero para dar de baja su residencia o su permiso temporal antes de irse del país y evitar deudas y sanciones posteriores.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SUMILLA: SOLICITO CANCELACIÓN DE MI CALIDAD MIGRATORIA A PEDIDO DEL TITULAR Y EMISIÓN DE LA ORDEN DE SALIDA POR RETIRO DEFINITIVO DEL TERRITORIO NACIONAL

SEÑOR SUPERINTENDENTE NACIONAL DE MIGRACIONES
(Jefatura Zonal de [JEFATURA_ZONAL])

[NOMBRES_Y_APELLIDOS_DEL_SOLICITANTE], de nacionalidad [NACIONALIDAD], titular del [CARNE_DE_EXTRANJERIA_O_CARNE_DE_PERMISO_TEMPORAL] N.° [NUMERO_DEL_DOCUMENTO_MIGRATORIO], con Código Único de Extranjería N.° [NUMERO_DE_CUE], pasaporte N.° [NUMERO_DE_PASAPORTE] expedido por [PAIS_EMISOR_DEL_PASAPORTE] y vigente hasta el [FECHA_DE_VENCIMIENTO_DEL_PASAPORTE], con calidad migratoria de [CALIDAD_MIGRATORIA_ACTUAL] vigente hasta el [FECHA_DE_VENCIMIENTO_DE_LA_CALIDAD_MIGRATORIA], con domicilio en [DIRECCION_DEL_DOMICILIO], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO] y teléfono [TELEFONO_DE_CONTACTO], ante usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO

Solicito la cancelación de mi calidad migratoria (o de mi permiso temporal de permanencia) a pedido del titular, por haber decidido retirarme de manera definitiva del territorio nacional, y que en mérito de dicha cancelación se expida a mi favor la orden de salida correspondiente. Pido también que se registre la cancelación en el Registro de Información Migratoria y que se me expida constancia del acto, para acreditar ante terceros el cierre regular de mi situación migratoria en el Perú.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

2.1. Obtuve la calidad migratoria de [CALIDAD_MIGRATORIA_ACTUAL] mediante la resolución N.° [NUMERO_DE_RESOLUCION_DE_CALIDAD_MIGRATORIA] de fecha [FECHA_DE_LA_RESOLUCION], y desde entonces he residido en el país de manera regular.

2.2. Por motivos de [MOTIVO_DEL_RETIRO_DEFINITIVO] he decidido establecer mi residencia en [PAIS_DE_DESTINO], con salida programada para el [FECHA_PREVISTA_DE_SALIDA] por el puesto de control migratorio de [PUESTO_DE_CONTROL_DE_SALIDA].

2.3. He concluido mis actividades en el país. El vínculo laboral o contractual que sustentaba mi calidad migratoria terminó el [FECHA_DE_TERMINO_DE_LA_ACTIVIDAD], según acredito con [DOCUMENTO_QUE_ACREDITA_EL_TERMINO_DE_LA_ACTIVIDAD].

2.4. No mantengo multas migratorias pendientes de pago ni procedimientos administrativos sancionadores en trámite, ni registro impedimentos de salida dispuestos por autoridad judicial o administrativa, según la consulta efectuada el [FECHA_DE_LA_CONSULTA].

2.5. El trámite lo realizo de manera personal. En caso de intervención de apoderado, presento el poder otorgado a favor de [NOMBRES_Y_APELLIDOS_DEL_APODERADO], identificado con [TIPO_DE_DOCUMENTO_DEL_APODERADO] N.° [NUMERO_DE_DOCUMENTO_DEL_APODERADO].

2.6. La cancelación que solicito me permite cerrar de manera ordenada mi historial migratorio y evitar que la ausencia prolongada del país derive en la pérdida de la calidad migratoria por el simple transcurso del tiempo, con las consecuencias que ello acarrea para un eventual retorno.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

3.1. El literal a del artículo 64 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 007-2017-IN prevé la cancelación de la calidad migratoria y del permiso temporal de permanencia a solicitud de la persona extranjera titular, en cuyo mérito MIGRACIONES expide una orden de salida.

3.2. El artículo 64-A del mismo Reglamento regula la cancelación de la calidad migratoria de temporales y residentes como servicio prestado en exclusividad por MIGRACIONES a solicitud del titular, con un plazo máximo de tres días hábiles, y exige contar con documento de viaje reconocido por el Perú y realizar el trámite de manera personal, salvo intervención de apoderado o representante debidamente acreditado.

3.3. El artículo 63 del Reglamento establece que la persona extranjera con calidad migratoria de residente pierde dicha calidad si se ausenta del territorio peruano sin autorización de salida por más de ciento ochenta y tres días consecutivos dentro de un plazo de trescientos sesenta y cinco días, y el artículo 63-A contiene una regla equivalente para el permiso temporal de permanencia.

3.4. El artículo 10 del Decreto Legislativo N.° 1350 impone a la persona extranjera los deberes de mantener su situación migratoria regular, pagar oportunamente las tasas que le correspondan y proporcionar la información necesaria para mantener actualizado el Registro de Información Migratoria.

3.5. El Decreto Legislativo N.° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones, y el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444 sustentan la competencia de la entidad y el derecho del administrado a obtener una decisión expresa dentro del plazo legal.

IV. ANEXOS

1-A. Copia del pasaporte o documento de viaje vigente.
1-B. Copia del carné de extranjería o del carné de permiso temporal de permanencia.
1-C. Formulario del procedimiento debidamente llenado.
1-D. Comprobante de pago del derecho de trámite N.° [NUMERO_DE_RECIBO] de fecha [FECHA_DE_PAGO].
1-E. Documento que acredita el término de la actividad que sustentaba la calidad migratoria.
1-F. Poder otorgado al apoderado, de corresponder.

POR TANTO:

A usted, señor Superintendente, pido cancelar mi calidad migratoria y expedir la orden de salida solicitada.

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO]

____________________________________
[NOMBRES_Y_APELLIDOS_DEL_SOLICITANTE]
[TIPO_DE_DOCUMENTO] N.° [NUMERO_DE_DOCUMENTO]

BASE LEGAL

1. Decreto Legislativo N.° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones: artículos 10 (deberes de las personas extranjeras), 29 (calidades migratorias de residente) y 32 numeral 32.2 (cancelación por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el ámbito de su competencia).
2. Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1350, aprobado por Decreto Supremo N.° 007-2017-IN: artículo 63 (pérdida de las calidades migratorias), artículo 63-A (pérdida del permiso temporal de permanencia por ausencia), artículo 64 literal a (cancelación a solicitud del titular) y artículo 64-A (servicio de cancelación de la calidad migratoria de temporales y residentes).
3. Decreto Legislativo N.° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones.
4. Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General: artículo 124 (requisitos de los escritos).
5. Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
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Para qué sirve

Te vas del Perú y das por cerrado el tema. Entregas el departamento, cancelas los servicios, te despides. El carné de extranjería queda en un cajón y nadie te dice que tu residencia sigue viva en el registro de Migraciones, con las obligaciones que trae. Tres años después decides volver por trabajo o por familia, y en ventanilla aparece un expediente que creías cerrado.

Esta solicitud cierra tu situación migratoria de manera ordenada. Pide la cancelación de la calidad migratoria a pedido del titular, la expedición de la orden de salida, el registro de la cancelación en el Registro de Información Migratoria y una constancia del acto. Esa constancia es la que después acredita ante Migraciones, ante un empleador o ante otro país que tu residencia peruana terminó en regla y por decisión tuya.

Cuándo conviene usarlo

  • Decidiste retirarte de manera definitiva del país y todavía estás aquí, con tiempo de tramitarlo antes del vuelo.
  • Tu carné de extranjería o tu permiso temporal de permanencia sigue vigente y no piensas renovarlo.
  • Trasladas tu residencia a otro país y necesitas acreditar allá que tu estatus peruano quedó cerrado.
  • Quieres evitar que la falta de renovación se convierta en un problema el día que regreses.

Cómo llenarlo

  1. Copia los datos del propio documento migratorio: número de carné o de permiso, Código Único de Extranjería, calidad migratoria vigente con su fecha de vencimiento, y el número y la fecha de la resolución que te la otorgó. Transcribirlos de memoria produce rechazos por dato inconsistente.
  2. Declara la fecha probable de salida y por qué puesto de control piensas hacerlo. La orden de salida se emite para ser usada, y una fecha irreal obliga a rehacer el trámite.
  3. Verifica antes de presentar que no tengas procedimientos abiertos, multas pendientes ni impedimentos anotados. Si los hay, resuélvelos primero, porque la cancelación no borra deudas ni archiva un procedimiento sancionador en curso.
  4. Pide expresamente la constancia y la anotación registral, además de la cancelación. Es la parte que la gente omite y es justo la que te sirve como prueba años después. Consigna un correo que sigas revisando desde el exterior.

Base legal

El Decreto Legislativo N.° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 007-2017-IN, regulan las calidades migratorias, sus causales de cancelación y la orden de salida, entre ellas la cancelación pedida por el propio titular. El trámite se sigue ante la Superintendencia Nacional de Migraciones, cuyas competencias establece el Decreto Legislativo N.° 1130. En lo no previsto rige el TUO de la Ley N.° 27444, que ordena el procedimiento, los plazos de atención y el derecho a obtener una respuesta motivada.

¿Es obligatorio cancelar la residencia antes de irme?

No hay una sanción automática por omitirlo, y aun así conviene. Mientras la calidad migratoria figure vigente, el sistema espera de ti renovaciones y actualizaciones que ya no vas a hacer, y esa omisión se convierte en el obstáculo del regreso. Cerrar el trámite cuesta poco ahora y evita discutir años después con un expediente que no recuerdas.

¿La cancelación me impide volver al Perú?

No. Cierra la residencia que tenías y nada más, así que puedes reingresar después como turista o solicitar una nueva calidad migratoria cumpliendo los requisitos de ese momento. Lo que no se puede es reactivar la residencia cancelada, de manera que no la pidas si tu salida es temporal.

¿Qué hago con el carné de extranjería?

Llévalo al trámite, porque suele pedirse su devolución o su anotación como cancelado. Guarda una copia escaneada de ambas caras junto con la constancia de cancelación, porque ese par de documentos resuelve cualquier duda posterior sobre tu historial migratorio.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de cancelación de la calidad migratoria por salida definitiva del perú

¿El modelo de solicitud de cancelación de la calidad migratoria por salida definitiva del perú es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-cancelacion-de-la-calidad-migratoria-por-salida-definitiva-del-peru/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de cancelación de la calidad migratoria por salida definitiva del perú sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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