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Civil

Solicitud de Conclusión del Proceso por Sustracción de la Materia

Escrito para solicitar la conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo cuando desaparece el interés para obrar o la pretensión carece de objeto por sustracción de la materia (Art. 321 inc. 1 del Código Procesal Civil, D.Leg. 768). Plantilla rellenable.

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO POR SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA

SUMILLA: Solicito conclusión del proceso por sustracción de la materia.

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL] - EXPEDIENTE N° [NUMERO_EXPEDIENTE]

[NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], en los seguidos con [NOMBRE_CONTRAPARTE] sobre [MATERIA], señalando domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y casilla electrónica N° [CASILLA_ELECTRONICA], a usted digo:

I. PETITORIO
Solicito se declare la CONCLUSIÓN DEL PROCESO sin declaración sobre el fondo por SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA, al haber desaparecido el interés para obrar y carecer de objeto la pretensión discutida.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. En el presente proceso se discute la pretensión de [PRETENSION_CONTROVERTIDA].
2. Con posterioridad a la interposición de la demanda ocurrió el siguiente hecho: [HECHO_SOBREVINIENTE], conforme acredito con [MEDIO_PROBATORIO].
3. Como consecuencia de dicho hecho, la pretensión ha quedado sin objeto, pues [EXPLICACION_SUSTRACCION], desapareciendo el interés para obrar de las partes.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. El Art. 321 inciso 1 del Código Procesal Civil establece que concluye el proceso sin declaración sobre el fondo cuando se sustrae la pretensión del ámbito jurisdiccional.
2. La sustracción de la materia se configura cuando, por un hecho sobreviniente, la pretensión carece de objeto o desaparece el interés para obrar, tornando inútil un pronunciamiento sobre el fondo.
3. Acreditado el hecho sobreviniente, corresponde declarar la conclusión del proceso conforme al citado artículo.

IV. MEDIOS PROBATORIOS
1. [MEDIO_PROBATORIO_1].
2. [MEDIO_PROBATORIO_2].

POR TANTO:
Pido a usted declarar concluido el proceso por sustracción de la materia.

PRIMER OTROSÍ DIGO: Adjunto los anexos que acreditan el hecho sobreviniente.
SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Solicito que cada parte asuma sus propias costas y costos.

ANEXOS:
1-A. Copia de mi DNI.
1-B. [MEDIO_PROBATORIO_1].
1-C. [MEDIO_PROBATORIO_2].

[CIUDAD], [FECHA].

____________________________
[NOMBRE_SOLICITANTE]

____________________________
[NOMBRE_ABOGADO] - CAL N° [NUMERO_COLEGIATURA]

¿Qué es y para qué sirve?

La solicitud de conclusión del proceso por sustracción de la materia es el escrito por el cual una parte pide al juez declarar concluido el proceso porque el conflicto ha desaparecido por hechos sobrevinientes que hacen innecesaria la sentencia. Sirve para no mantener procesos sin objeto cuando la pretensión ya no tiene sustento.

¿Quién la presenta y cuándo?

La presenta cualquier parte del proceso o el juez de oficio, en cualquier estado del proceso, una vez que el hecho sobreviniente extinga el conflicto.

Base legal

El artículo 321 del Código Procesal Civil regula las formas especiales de conclusión del proceso, incluida la sustracción de la materia. El artículo 322 establece sus efectos.

¿Qué datos necesitas?

  • Datos de la parte solicitante.
  • Número de expediente.
  • Hecho sobreviniente que extingue el conflicto.
  • Documentos probatorios.
  • Verificación de que el hecho es definitivo.
  • Pedido expreso de conclusión.

¿Cómo presentarlo paso a paso?

  1. Identifica el hecho que extingue la materia, por ejemplo, cumplimiento, transferencia o desaparición del objeto.
  2. Reúne pruebas concretas del hecho.
  3. Redacta el escrito invocando el artículo 321 del Código Procesal Civil.
  4. Presenta el escrito por mesa de partes.
  5. Notifica a la otra parte.
  6. Solicita el archivo del proceso.

Errores comunes

  • Confundirla con desistimiento.
  • No acreditar el hecho sobreviniente.
  • Solicitarla cuando aún subsisten controversias accesorias.
  • Omitir el archivo del expediente.

¿Genera condena de costas?

Por regla no, salvo que el hecho sea atribuible a una de las partes y configure mala fe.

¿El juez puede declararlo de oficio?

Sí, si el hecho aparece evidente en el expediente.

¿Se puede reabrir después?

No, salvo que se cuestione el hecho sobreviniente por nulidad.

¿Aplica en procesos cautelares?

Sí. Si desaparece el peligro o el derecho cautelado, el juez puede levantar las medidas.

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Cómo presentar solicitud de conclusión del proceso por sustracción de la materia: paso a paso

  1. Determina tu pretensión y cuantía. Calcula el monto que reclamas. Hasta 100 URP va en proceso sumarísimo; hasta 1,000 URP en proceso abreviado; por encima o sin cuantía en proceso de conocimiento (Arts. 546-548 CPC). La URP 2026 es S/ 535.
  2. Reúne los medios probatorios. Junta documentos, contratos, facturas, correos electrónicos, fotografías o testimonios que acrediten el derecho que reclamas y el incumplimiento de la otra parte.
  3. Identifica el juzgado competente. Es competente el juez del domicilio del demandado como regla general (Art. 14 CPC). Para obligaciones contractuales puedes demandar en el lugar pactado en el contrato o donde debe ejecutarse la prestación.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa datos reales: nombres y DNI de las partes, hechos, fundamentos de derecho y pretensión cuantificada.
  5. Presenta con anexos y paga la tasa. Liquida la tasa judicial según la escala del Poder Judicial, adjunta los anexos numerados y presenta en la mesa de partes del juzgado o por la MPE.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de conclusión del proceso por sustracción de la materia

¿El modelo de solicitud de conclusión del proceso por sustracción de la materia es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-conclusion-del-proceso-por-sustraccion-de-la-materia/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de conclusión del proceso por sustracción de la materia sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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