Solicitud de Constancia de que un Bien No Integra el Patrimonio Cultural
Solicitud para que el Ministerio de Cultura emita constancia de que un bien mueble no forma parte del patrimonio cultural de la nación, útil para su libre disposición, conforme a la Ley 28296 y el TUO de la Ley 27444.
Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE CONSTANCIA DE QUE UN BIEN NO INTEGRA EL PATRIMONIO CULTURAL [LUGAR], [FECHA] Señores MINISTERIO DE CULTURA Presente.- Yo, [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado(a) con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], con domicilio en [DOMICILIO_SOLICITANTE], en mi condición de [CONDICION_SOLICITANTE] del bien que describo, ante usted expongo: I. PETITORIO Solicito se expida CONSTANCIA de que el bien denominado [NOMBRE_BIEN] NO integra el patrimonio cultural de la nación, a fin de acreditar su condición para [FINALIDAD_CONSTANCIA]. II. DESCRIPCIÓN DEL BIEN 1. Denominación: [NOMBRE_BIEN]. 2. Tipo o categoría: [TIPO_BIEN]. 3. Características: [CARACTERISTICAS_BIEN]. 4. Ubicación actual: [UBICACION_BIEN]. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO Amparo mi solicitud en la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, y en el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, así como en el TUPA del Ministerio de Cultura. IV. ANEXOS - Fotografías del bien. - Documento que acredita la posesión o propiedad. - Comprobante de pago de la tasa prevista en el TUPA, de corresponder. POR LO EXPUESTO: Solicito admitir la solicitud y expedir la constancia requerida. [LUGAR], [FECHA] _______________________________ [NOMBRE_SOLICITANTE] DNI N° [DNI_SOLICITANTE] Correo: [CORREO_SOLICITANTE]
¿Qué es y para qué sirve?
Es la solicitud para que el Ministerio de Cultura certifique que un bien mueble no forma parte del patrimonio cultural de la nación. Sirve para acreditar que la pieza puede disponerse, venderse o trasladarse sin las restricciones que pesan sobre los bienes culturales. Es útil para operaciones de compraventa o traslado de objetos antiguos o de dudosa clasificación.
¿Quién lo presenta y cuándo?
Lo presenta el propietario o poseedor del bien cuando necesita despejar dudas sobre su condición patrimonial.
Base legal
Se ampara en la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, y en el Texto Único Ordenado de la Ley 27444. Los requisitos y tasas figuran en el TUPA del Ministerio de Cultura.
¿Qué datos necesitas?
- Datos del solicitante y su condición.
- Denominación y categoría del bien.
- Características del bien.
- Ubicación actual del bien.
- Fotografías de la pieza.
- Documento que acredite propiedad o posesión.
¿Cómo presentarlo paso a paso?
- Describe el bien con precisión.
- Toma fotografías claras de la pieza.
- Reúne el documento que acredite tu condición.
- Completa la solicitud de constancia.
- Presenta el expediente ante el Ministerio de Cultura.
- Atiende la evaluación técnica del bien.
Errores comunes
- Describir el bien de forma insuficiente.
- No adjuntar fotografías útiles.
- Confundir esta constancia con el registro de un bien cultural.
- No precisar la finalidad de la constancia.
¿Y si el bien sí resulta patrimonio?
El Ministerio puede determinar que integra el patrimonio; en ese caso aplicarán las restricciones de la Ley 28296.
¿Sirve para venderlo?
La constancia acredita que el bien no está sujeto a las restricciones patrimoniales para su disposición.
¿Necesito peritaje?
El Ministerio realiza la evaluación técnica; puede pedir información adicional.
¿Es lo mismo que registrar el bien?
No. El registro reconoce condición patrimonial; esta constancia acredita lo contrario.
Cómo presentar solicitud de constancia de que un bien no integra el patrimonio cultural: paso a paso
- Identifica el acto administrativo que impugnas. Ubica la resolución o acto que afecta tus derechos, anota el número, fecha, autoridad emisora y fecha de notificación. Ese dato determina el plazo para recurrir.
- Verifica el plazo de impugnación. El plazo general para interponer recurso de reconsideración o apelación es 15 días hábiles desde la notificación del acto (Art. 218 TUO LPAG, D.S. 006-2026-JUS (antes D.S. 004-2019-JUS)). Presentarlo fuera de plazo lo hace improcedente.
- Elige el recurso correcto. Reconsideración: ante la misma autoridad, con nueva prueba (Art. 208 TUO LPAG). Apelación: ante el superior jerárquico, sin necesidad de nueva prueba (Art. 209 TUO LPAG). Revisión: cuando no hay subordinación (Art. 210 TUO LPAG).
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos del acto impugnado, la entidad destinataria, los fundamentos de hecho y de derecho, y la pretensión que pides que declare o resuelva.
- Presenta el recurso en la entidad. Entrega en la mesa de partes de la entidad pública dentro del plazo. Solicita cargo de recepción con sello, fecha y número de expediente asignado.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de constancia de que un bien no integra el patrimonio cultural
¿El modelo de solicitud de constancia de que un bien no integra el patrimonio cultural es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-constancia-de-que-un-bien-no-integra-el-patrimonio-cultural/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de constancia de que un bien no integra el patrimonio cultural sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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