Solicitud de Constancia de No Adeudo Municipal (Arbitrios e Impuesto Predial)
Solicitud dirigida a la municipalidad para obtener constancia de no adeudo de arbitrios e impuesto predial, conforme al D. Leg. 776, Ley de Tributación Municipal, y la Ley 27444.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE CONSTANCIA DE NO ADEUDO MUNICIPAL SUMILLA: Solicito constancia de no adeudo de arbitrios e impuesto predial. SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE [DISTRITO]: Yo, [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], en mi condición de contribuyente con Código de Contribuyente N° [CODIGO_CONTRIBUYENTE], con domicilio fiscal en [DOMICILIO_SOLICITANTE], ante usted respetuosamente me presento y digo. PRIMERO. Que soy contribuyente respecto del predio ubicado en [DIRECCION_DEL_PREDIO], inscrito en la Partida Registral N° [PARTIDA_REGISTRAL] de la SUNARP. SEGUNDO. Que encontrándome al día en mis obligaciones tributarias municipales, solicito la expedición de la CONSTANCIA DE NO ADEUDO respecto del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales (limpieza pública, parques y jardines, serenazgo) hasta el ejercicio [EJERCICIO_FISCAL]. TERCERO. Que requiero dicha constancia para [FINALIDAD_DEL_TRAMITE] (transferencia del inmueble, trámite registral, crédito u otro). FUNDAMENTOS DE DERECHO. Sustento mi pedido en el Decreto Legislativo 776, Ley de Tributación Municipal, en la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y en el derecho de petición del Art. 2 inciso 20 de la Constitución, así como en el Art. 51 de la Ley 27444. POR TANTO: A usted pido emitir la constancia de no adeudo conforme a ley, previo pago de la tasa establecida en el TUPA. ANEXOS: 1-A. Copia de mi DNI. 1-B. Comprobante de pago de la tasa por derecho de trámite. Lugar y fecha: [CIUDAD], [FECHA]. _______________________________ [NOMBRE_SOLICITANTE] DNI N° [DNI_SOLICITANTE]
La solicitud de constancia de no adeudo municipal es el escrito con el que pides a tu municipalidad que certifique que no tienes deudas pendientes por arbitrios (limpieza pública, parques y serenazgo) ni por impuesto predial. La constancia que obtienes acredita oficialmente que estás al día con tus obligaciones tributarias municipales sobre un predio determinado.
Quién la presenta y cuándo conviene usarla
La presenta el propietario o contribuyente de un predio que necesita demostrar que no debe nada a la municipalidad. Conviene usarla antes de vender o transferir un inmueble (el comprador y el notario suelen exigirla), al tramitar una licencia o trámite municipal que requiere estar al día, al solicitar un crédito con garantía sobre el predio, o simplemente para tener constancia de tu situación tributaria municipal.
Base legal
El impuesto predial y los arbitrios municipales se rigen por el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal (Decreto Supremo 156-2004-EF), que regula el impuesto predial en sus artículos 8 al 20 y faculta a las municipalidades a cobrar arbitrios como tasas por servicios públicos. La administración tributaria municipal se sujeta al Código Tributario (Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo 133-2013-EF) y la emisión de la constancia se tramita conforme al Texto Único Ordenado de la Ley 27444 (Decreto Supremo N° 006-2026-JUS (antes Decreto Supremo 004-2019-JUS)) y al TUPA de cada municipalidad, que fija requisitos y tasa. La constancia solo se emite si efectivamente no registras deuda al momento de solicitarla.
Qué datos y documentos necesitas
- Tu DNI vigente y tus datos como contribuyente, o el RUC si eres persona jurídica.
- El código de contribuyente o el número de predio asignado por la municipalidad.
- La dirección exacta del predio sobre el cual pides la constancia.
- Estar al día en el pago del impuesto predial y los arbitrios del año en curso y anteriores.
- El recibo de pago de la tasa por emisión de la constancia, según el TUPA.
Cómo presentarla paso a paso
- Verifica tu estado de cuenta en la municipalidad y cancela cualquier saldo pendiente de predial o arbitrios.
- Revisa en el TUPA municipal los requisitos y la tasa de la constancia de no adeudo.
- Presenta la solicitud en mesa de partes o en el área de rentas con tu DNI y el código de contribuyente.
- Paga la tasa por emisión de la constancia.
- Recoge la constancia dentro del plazo del TUPA y úsala para tu compraventa, crédito o trámite.
Errores comunes a evitar
- Solicitar la constancia sin haber cancelado primero las deudas: no te la emitirán.
- Olvidar los arbitrios y solo pagar el predial, o viceversa: la constancia cubre ambos conceptos.
- No actualizar tus datos de contribuyente, lo que retrasa la búsqueda de tu predio.
- Pedir la constancia con mucha anticipación a la venta, cuando puede vencer su vigencia.
¿Qué diferencia hay entre arbitrios e impuesto predial?
El impuesto predial grava el valor de tu predio y se rige por los artículos 8 al 20 del TUO de la Ley de Tributación Municipal. Los arbitrios son tasas por servicios (limpieza, parques, serenazgo). La constancia de no adeudo cubre que estés al día en ambos.
¿Es obligatoria para vender mi inmueble?
La ley no la exige expresamente, pero en la práctica el notario y el comprador la solicitan para asegurarse de que el predio no arrastra deudas municipales, ya que estas se asocian al inmueble. Lo prudente es obtenerla antes de la transferencia.
¿Cuánto cuesta obtenerla?
El costo es la tasa fijada en el TUPA de cada municipalidad, que varía según el distrito. Además debes estar al día en el pago del predial y arbitrios para que te la emitan.
¿Qué pasa si tengo deuda en cuotas con convenio?
Si tienes un fraccionamiento vigente y al día, la municipalidad puede emitir una constancia que refleje esa situación. Cada municipalidad define en su TUPA cómo trata los convenios de pago dentro del Código Tributario.
Cómo presentar solicitud de constancia de no adeudo municipal (arbitrios e impuesto predial): paso a paso
- Identifica el acto administrativo que impugnas. Ubica la resolución o acto que afecta tus derechos, anota el número, fecha, autoridad emisora y fecha de notificación. Ese dato determina el plazo para recurrir.
- Verifica el plazo de impugnación. El plazo general para interponer recurso de reconsideración o apelación es 15 días hábiles desde la notificación del acto (Art. 218 TUO LPAG, D.S. 006-2026-JUS (antes D.S. 004-2019-JUS)). Presentarlo fuera de plazo lo hace improcedente.
- Elige el recurso correcto. Reconsideración: ante la misma autoridad, con nueva prueba (Art. 208 TUO LPAG). Apelación: ante el superior jerárquico, sin necesidad de nueva prueba (Art. 209 TUO LPAG). Revisión: cuando no hay subordinación (Art. 210 TUO LPAG).
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos del acto impugnado, la entidad destinataria, los fundamentos de hecho y de derecho, y la pretensión que pides que declare o resuelva.
- Presenta el recurso en la entidad. Entrega en la mesa de partes de la entidad pública dentro del plazo. Solicita cargo de recepción con sello, fecha y número de expediente asignado.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de constancia de no adeudo municipal (arbitrios e impuesto predial)
¿El modelo de solicitud de constancia de no adeudo municipal (arbitrios e impuesto predial) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-constancia-de-no-adeudo-municipal-arbitrios-e-impuesto-predial/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de constancia de no adeudo municipal (arbitrios e impuesto predial) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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