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Familia

Solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio

Escrito para solicitar la conversión de la sentencia de separación de cuerpos en divorcio una vez transcurrido el plazo legal, conforme al Art. 354 del Código Civil y Art. 580 del Código Procesal Civil.

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO

SUMILLA: SOLICITO CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO

SEÑOR JUEZ DEL [JUZGADO_DE_FAMILIA] DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], con domicilio real en [DIRECCION_SOLICITANTE] y domicilio procesal en [CASILLA_O_DOMICILIO_PROCESAL], en el proceso de separación de cuerpos seguido con [NOMBRE_OTRO_CONYUGE], a usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO

Que solicito la CONVERSIÓN de la sentencia de separación de cuerpos en DIVORCIO, a fin de que se declare disuelto el vínculo matrimonial que me unía con [NOMBRE_OTRO_CONYUGE].

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

PRIMERO. Por sentencia de fecha [FECHA_SENTENCIA_SEPARACION], recaída en el Expediente N° [NUMERO_EXPEDIENTE], se declaró la separación de cuerpos entre [NOMBRE_SOLICITANTE] y [NOMBRE_OTRO_CONYUGE]. Dicha sentencia se encuentra firme.

SEGUNDO. Ha transcurrido el plazo legal exigido desde la notificación de la sentencia de separación, sin que haya operado reconciliación entre los cónyuges.

TERCERO. Persiste mi voluntad de poner fin definitivo al vínculo matrimonial, por lo que corresponde convertir la separación de cuerpos en divorcio.

CUARTO. Las medidas relativas a [TENENCIA_ALIMENTOS_O_BIENES] se mantienen o se ajustan conforme a lo dispuesto en la sentencia de separación.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO. El Art. 354 del Código Civil dispone que, transcurrido el plazo legal desde la notificación de la sentencia de separación, cualquiera de los cónyuges puede pedir que se declare disuelto el vínculo matrimonial.

SEGUNDO. El Art. 580 del Código Procesal Civil regula el trámite de la conversión de la separación de cuerpos en divorcio, que se resuelve previa verificación del cumplimiento del plazo legal.

TERCERO. La conversión procede sin necesidad de nuevo debate sobre la causal, pues se sustenta en la sentencia firme de separación de cuerpos.

IV. MEDIOS PROBATORIOS

1. Copia certificada de la sentencia de separación de cuerpos.
2. Constancia de la fecha de notificación de la sentencia.
3. Partida de matrimonio.

V. ANEXOS

1-A. Copia de mi DNI N° [DNI_SOLICITANTE].
1-B. Copia de la sentencia de separación de cuerpos.
1-C. Partida de matrimonio.

POR TANTO:
Pido a usted, señor Juez, admitir la solicitud y declarar la conversión de la separación de cuerpos en divorcio, disolviendo el vínculo matrimonial.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________________
[NOMBRE_SOLICITANTE]
DNI N° [DNI_SOLICITANTE]

_______________________________
[NOMBRE_ABOGADO]
Abogado, Reg. CAL N° [NUMERO_COLEGIATURA]

La solicitud de conversión de separación de cuerpos en divorcio es el escrito con el que un cónyuge pide al juez que la separación ya declarada se transforme en divorcio definitivo, disolviendo por completo el vínculo matrimonial. La separación de cuerpos solo suspende los deberes de lecho y habitación y pone fin a la sociedad de gananciales, pero los cónyuges siguen casados. La conversión es el paso final que les permite volver a casarse y cerrar legalmente la relación.

Quién la presenta y cuándo conviene

La presenta cualquiera de los cónyuges cuando la separación fue convencional o de común acuerdo. En cambio, si la separación se declaró por una causal específica (culpa de uno), solo el cónyuge inocente puede pedir la conversión. Conviene presentarla cuando ya pasó el tiempo de reflexión que da la separación y tienes claro que no habrá reconciliación, o cuando deseas rehacer tu vida y necesitas el estado civil de divorciado para volver a contraer matrimonio o regularizar tu situación patrimonial.

Base legal peruana

El Art. 354 del Código Civil regula esta conversión: transcurridos dos meses desde notificada la sentencia, la resolución de alcaldía o el acta notarial de separación convencional (o desde la sentencia de separación por separación de hecho), cualquiera de los cónyuges puede pedir que se declare disuelto el vínculo. El mismo artículo precisa que en la separación por causal específica solo el cónyuge inocente tiene ese derecho. La separación de cuerpos y sus efectos están en los Arts. 332 y 333 del mismo código, y el divorcio en el Art. 348, que establece que el divorcio disuelve el vínculo del matrimonio.

Qué datos y documentos necesitas

  • Copia de la sentencia, resolución de alcaldía o acta notarial que declaró la separación.
  • Constancia de la fecha en que esa decisión quedó firme o fue notificada.
  • Partida de matrimonio actualizada.
  • Tus datos completos y los del otro cónyuge.
  • Si fue separación por causal, prueba de que eres el cónyuge inocente.
  • El número de expediente original donde se tramitó la separación.

Cómo presentarla paso a paso

  1. Verifica que hayan transcurrido al menos dos meses desde que la separación fue notificada o quedó firme.
  2. Identifica la vía: si la separación fue judicial, presentas la solicitud ante el mismo juzgado; si fue notarial o municipal, sigues esa misma vía o acudes al juez.
  3. Redacta la solicitud invocando el Art. 354 y adjunta la copia de la separación previa.
  4. Presenta el escrito y paga el arancel correspondiente.
  5. El juez o notario verifica el cumplimiento del plazo y la legitimidad de quien pide.
  6. Se emite la resolución que declara disuelto el vínculo y se inscribe el divorcio en RENIEC para actualizar tu estado civil.

Errores comunes a evitar

  • Pedir la conversión antes de que transcurran los dos meses del Art. 354.
  • Que el cónyuge culpable intente pedir la conversión en una separación por causal, cuando solo puede hacerlo el inocente.
  • No adjuntar la resolución o acta de separación que sirve de base a la conversión.
  • Olvidar inscribir el divorcio en RENIEC, con lo que tu estado civil no cambia en la práctica.
  • Confundir esta conversión con un nuevo proceso de divorcio: aquí solo conviertes lo ya decidido.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo debe pasar para pedir la conversión?

Al menos dos meses desde que se notificó la sentencia, la resolución de alcaldía o el acta notarial de separación, según el Art. 354 del Código Civil. Antes de ese plazo la solicitud es improcedente.

Si nos separamos de común acuerdo, ¿quién puede pedir el divorcio?

Cualquiera de los dos. El Art. 354 faculta a ambos cónyuges en la separación convencional. La limitación al cónyuge inocente solo aplica cuando la separación se declaró por una causal específica.

¿La reconciliación detiene la conversión?

Sí. El Art. 360 del Código Civil establece que la reconciliación de los cónyuges, o el desistimiento de quien pidió la conversión, dejan sin efecto la solicitud y restablecen los efectos del matrimonio.

¿Necesito tramitar de nuevo todo el proceso?

No. La conversión se apoya en la separación ya declarada. No discutes causales ni bienes otra vez, solo pides que el juez o notario transforme esa separación en divorcio cumplido el plazo legal.

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Cómo presentar solicitud de conversión de separación de cuerpos en divorcio: paso a paso

  1. Reúne los documentos de vínculo. Obtén la partida de nacimiento del menor, partida de matrimonio o declaración judicial de unión de hecho, copia de DNI de las partes y pruebas del vínculo familiar.
  2. Acredita los ingresos del demandado. Consigue boletas de pago, contrato de trabajo, consulta RUC en SUNAT, extractos bancarios o cualquier documento que demuestre la capacidad económica del obligado.
  3. Identifica el juzgado competente. Alimentos de menores van al Juzgado de Paz Letrado (proceso único, Art. 164 CNA). Tenencia, régimen de visitas y divorcio van al Juzgado de Familia del domicilio del demandante.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, llena los campos entre corchetes con datos reales: nombres, DNI, fechas, pretensiones y hechos concretos del caso.
  5. Presenta la demanda con sus anexos. Ingresa el escrito con todos los anexos en la mesa de partes del juzgado o por la MPE del Poder Judicial. Las demandas de alimentos no pagan tasa judicial (Art. 562 CPC).

Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de conversión de separación de cuerpos en divorcio

¿El modelo de solicitud de conversión de separación de cuerpos en divorcio es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-conversion-de-separacion-de-cuerpos-en-divorcio/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de conversión de separación de cuerpos en divorcio sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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