Solicitud de Correccion de la Fecha de Vencimiento de la Condena en el Cuaderno de Ejecucion
Escrito para que el Juez de ejecución corrija el error material en la fecha de vencimiento de la condena consignada en el cuaderno de ejecución, en aplicación del abono de la detención y de las reglas de corrección de resoluciones.
Actualizado al 16 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE CORRECCIÓN DE LA FECHA DE VENCIMIENTO DE LA CONDENA EXPEDIENTE N°: [EXPEDIENTE] CUADERNO: DE EJECUCIÓN SUMILLA: SOLICITO CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL EN LA LIQUIDACIÓN SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE [DISTRITO_JUDICIAL] A CARGO DE LA EJECUCIÓN [NOMBRE], identificado(a) con DNI N° [DNI], interno(a) en el Establecimiento Penitenciario de [ESTABLECIMIENTO], con domicilio procesal en la casilla electrónica N° [CASILLA], a usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Solicito que su despacho CORRIJA el error material contenido en la liquidación de pena del cuaderno de ejecución, en cuanto a la FECHA DE VENCIMIENTO de la condena, la cual se encuentra consignada como [FECHA] debiendo ser [FECHA]. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. La liquidación practicada consignó como fecha de vencimiento el [FECHA], sin considerar el tiempo de detención preventiva sufrido desde el [FECHA]. 2. El artículo 47 del Código Penal ordena abonar al cómputo de la pena, a razón de un día por cada día de detención, el tiempo de privación de libertad efectivamente sufrido antes de la sentencia. 3. El error es puramente material y aritmético, pues altera indebidamente la fecha de egreso sin modificar el fondo de la sentencia. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El artículo 47 del Código Penal regula el abono de la detención al cómputo de la pena privativa de libertad. 2. El artículo 407 del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente, permite corregir en cualquier momento los errores materiales o numéricos de las resoluciones. 3. Los artículos 489 y 491 del Código Procesal Penal atribuyen al Juez de la Investigación Preparatoria la conducción de la ejecución y la práctica de la liquidación. IV. MEDIOS PROBATORIOS - Copia de la boleta de excarcelación e ingreso que acredita las fechas de detención. - Copia de la liquidación observada. POR TANTO: Pido a usted corregir la fecha de vencimiento y disponer una liquidación rectificada. PRIMER OTROSÍ DIGO: Adjunto los documentos que acreditan el error. SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Señalo la casilla electrónica N° [CASILLA]. [DISTRITO_JUDICIAL], [FECHA] _______________________ [NOMBRE] DNI N° [DNI] _______________________ Abogado(a) - Registro CAL N° [COLEGIATURA]
Cuándo usar este modelo
Usa esta solicitud cuando la liquidación del cuaderno de ejecución consigna una fecha de vencimiento equivocada, por ejemplo porque no se abonó el tiempo de detención preventiva. El artículo 47 del Código Penal ordena abonar la detención al cómputo de la pena, y el artículo 407 del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente, permite corregir en cualquier momento los errores materiales o numéricos de las resoluciones.
Qué datos necesitas
- Número de expediente, nombre y DNI del interno.
- Fecha de vencimiento consignada por error y la fecha correcta.
- Fechas reales de detención e ingreso al penal.
- Boleta de excarcelación o de ingreso que acredita las fechas.
- Copia de la liquidación observada.
Paso a paso
- Revisa la liquidación y detecta el error en la fecha de vencimiento.
- Reúne los documentos que prueban las fechas correctas de detención.
- Completa el escrito indicando la fecha errada y la que debe consignarse.
- Presenta la solicitud ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de ejecución.
- Pide una liquidación rectificada y su comunicación al penal.
Errores comunes
- Plantear una apelación cuando basta una corrección de error material.
- No precisar con exactitud la fecha errada y la fecha correcta.
- Omitir la boleta que acredita el inicio de la detención preventiva.
- Dejar pasar el error y perder días que ya estaban cumplidos.
Preguntas frecuentes
¿La corrección modifica la sentencia? No. Solo rectifica un error aritmético o material de la liquidación, sin tocar el fondo de la condena.
¿Hay plazo para pedirla? Los errores materiales pueden corregirse en cualquier momento, incluso durante toda la ejecución de la pena.
¿Qué gano con la corrección? Que tu fecha de egreso refleje el tiempo realmente cumplido, incluido el de la detención preventiva abonable.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de correccion de la fecha de vencimiento de la condena en el cuaderno de ejecucion
¿El modelo de solicitud de correccion de la fecha de vencimiento de la condena en el cuaderno de ejecucion es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-correccion-de-la-fecha-de-vencimiento-de-la-condena-en-el-cuaderno-de-ejecucion/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de correccion de la fecha de vencimiento de la condena en el cuaderno de ejecucion sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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