Solicitud de Devolución por Pago Indebido o en Exceso de Tributos de Importación
Solicitud dirigida a la Intendencia de Aduana de SUNAT para obtener la devolución de derechos arancelarios y demás tributos pagados indebidamente o en exceso en una importación, por ejemplo por clasificación arancelaria o valoración corregida, al amparo del art. 157 de la Ley General de Aduanas (D.Leg. 1053).
Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN POR PAGO INDEBIDO O EN EXCESO DE TRIBUTOS DE IMPORTACIÓN Lima, [FECHA] Señor Intendente de la Aduana de [NOMBRE_ADUANA] SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SUNAT Presente.- REF.: DAM N.° [NUMERO_DAM] / Liquidación N.° [NUMERO_LIQUIDACION] SUMILLA: SOLICITO DEVOLUCIÓN DE TRIBUTOS DE IMPORTACIÓN PAGADOS INDEBIDAMENTE O EN EXCESO. [NOMBRE_COMPLETO_O_RAZON_SOCIAL], con RUC N.° [NUMERO_RUC], representada por [NOMBRE_REPRESENTANTE], con DNI N.° [NUMERO_DNI], con domicilio fiscal en [DOMICILIO_FISCAL], ante usted respetuosamente digo: PRIMERO.- PETITORIO. Solicito la devolución de la suma de [MONEDA] [MONTO_A_DEVOLVER] ([MONTO_EN_LETRAS]), pagada indebidamente o en exceso por concepto de [DERECHOS_ARANCELARIOS_IGV_IPM_U_OTROS], en la importación amparada en la Declaración Aduanera de Mercancías (DAM) N.° [NUMERO_DAM], numerada el [FECHA_NUMERACION]. SEGUNDO.- HECHOS. El pago en exceso se originó en [CAUSA_DEL_PAGO_INDEBIDO] (por ejemplo: aplicación de una subpartida arancelaria con mayor tasa que la correcta, ajuste de valor posteriormente dejado sin efecto, no aplicación del trato arancelario preferencial pese a contar con certificado de origen válido, o doble pago). El monto correcto de los tributos ascendía a [MONEDA] [MONTO_CORRECTO], por lo que existe un exceso de [MONEDA] [MONTO_A_DEVOLVER]. TERCERO.- FUNDAMENTO DE DERECHO. El artículo 157 de la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N.° 1053, dispone que los derechos arancelarios y demás tributos pagados indebidamente o en exceso se devuelven al interesado, con los intereses que correspondan. La devolución se tramita conforme a la Ley General de Aduanas, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 010-2009-EF y, supletoriamente, el artículo 38 del Código Tributario en cuanto a los intereses aplicables. CUARTO.- ACREDITACIÓN. Acredito el pago cuya devolución solicito con [DOCUMENTOS_DE_PAGO], y la procedencia de la corrección con [DOCUMENTOS_SUSTENTATORIOS]. POR LO EXPUESTO: Solicito a usted admitir la presente solicitud y disponer la devolución de [MONEDA] [MONTO_A_DEVOLVER] más los intereses de ley, mediante [MEDIO_DE_DEVOLUCION]. OTROSÍ DIGO: Adjunto (i) copia de la DAM y de la liquidación, (ii) constancia del pago efectuado, (iii) documentos que acreditan el pago indebido o en exceso, (iv) copia de DNI del representante y vigencia de poder. [CIUDAD], [FECHA] _______________________ [NOMBRE_REPRESENTANTE] [NOMBRE_COMPLETO_O_RAZON_SOCIAL] RUC N.° [NUMERO_RUC]
Cuándo usar este modelo
Usa esta solicitud cuando pagaste de más al importar: por una subpartida arancelaria con mayor tasa que la correcta, un ajuste de valor luego dejado sin efecto, la falta de aplicación de un trato preferencial de origen o un doble pago. El artículo 157 de la Ley General de Aduanas (Decreto Legislativo 1053) reconoce el derecho a la devolución de los derechos arancelarios y demás tributos pagados indebidamente o en exceso, con sus intereses. Es el reembolso aduanero, distinto de las devoluciones de tributos internos ante la SUNAT.
Qué datos necesitas
- El número de la Declaración Aduanera de Mercancías (DAM) y su fecha de numeración.
- El concepto pagado en exceso (derechos, IGV, IPM u otros tributos).
- El monto correcto de los tributos y el importe a devolver.
- Los documentos de pago y los que sustentan la corrección.
- El RUC del importador y el poder vigente del representante.
Paso a paso
- Determina la causa del pago en exceso y el monto exacto a devolver.
- Reúne la DAM, la liquidación, la constancia de pago y los documentos que prueban la corrección.
- Completa la solicitud citando el artículo 157 de la Ley General de Aduanas.
- Preséntala ante la Intendencia de Aduana que corresponde a la importación.
- Haz seguimiento del expediente; la devolución procede con los intereses de ley.
Errores comunes
- No acreditar el pago cuya devolución se solicita con la constancia respectiva.
- Pedir la devolución sin sustentar por qué el tributo pagado fue indebido o en exceso.
- Dejar transcurrir el plazo de prescripción para solicitar la devolución.
- Confundir la devolución aduanera del artículo 157 con los regímenes de restitución (drawback).
Preguntas frecuentes
¿Qué tributos puedo recuperar? Los derechos arancelarios y los demás tributos de importación (como el IGV y el IPM) que hayas pagado indebidamente o en exceso, conforme al artículo 157 de la Ley General de Aduanas.
¿La devolución incluye intereses? Sí. El artículo 157 reconoce la devolución con los intereses que correspondan, aplicándose supletoriamente el artículo 38 del Código Tributario.
¿Es lo mismo que el drawback? No. El drawback es la restitución de derechos por insumos importados incorporados a bienes exportados; aquí se trata de un pago indebido o en exceso en la propia importación.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de devolución por pago indebido o en exceso de tributos de importación
¿El modelo de solicitud de devolución por pago indebido o en exceso de tributos de importación es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-devolucion-por-pago-indebido-o-en-exceso-de-tributos-de-importacion/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de devolución por pago indebido o en exceso de tributos de importación sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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