Solicitud de Indulto Común ante la Comisión de Gracias Presidenciales
Solicitud dirigida a la Comisión de Gracias Presidenciales del MINJUSDH para acceder al indulto común, que extingue la pena y dispone la libertad inmediata (Art. 118.21 Constitución).
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SUMILLA: SOLICITO INDULTO COMÚN SEÑOR PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE GRACIAS PRESIDENCIALES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS [NOMBRE_INTERNO], identificado con DNI [DNI_INTERNO], interno sentenciado del Establecimiento Penitenciario [PENAL], a usted con el debido respeto digo: I. PETITORIO Solicito que se evalúe y proponga al Presidente de la República la concesión a mi favor del INDULTO COMÚN, gracia presidencial prevista en el Art. 118 inciso 21 de la Constitución Política del Perú, cuyo efecto es la extinción de la pena y la libertad inmediata. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. Cumplo pena privativa de libertad de [PENA_IMPUESTA] impuesta por sentencia de fecha [FECHA_SENTENCIA] por el delito de [DELITO], encontrándome recluido desde el [FECHA_INGRESO]. 2. He observado conducta intachable, acreditada por la progresión en el régimen y por los informes del Órgano Técnico de Tratamiento. 3. He participado de manera continua en actividades de trabajo y educación, demostrando rehabilitación y voluntad de reinserción social. 4. Concurren las condiciones personales, familiares y de salud que sustentan la concesión de la gracia: [DESCRIPCION_CIRCUNSTANCIAS]. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO El Art. 118 inciso 21 de la Constitución faculta al Presidente de la República a conceder indultos. El procedimiento de evaluación y propuesta se tramita ante la Comisión de Gracias Presidenciales del MINJUSDH conforme a su Reglamento Interno vigente. El indulto común importa el perdón total de la pena privativa de libertad y la culminación de su ejecución. IV. MEDIOS PROBATORIOS a) Copia de la sentencia firme y del certificado de cómputo carcelario. b) Informes del Órgano Técnico de Tratamiento sobre conducta y tratamiento. c) Certificados de trabajo, estudio y de salud, según corresponda. POR TANTO: Pido admitir y elevar la presente solicitud para su evaluación y propuesta. PRIMER OTROSÍ DIGO: Señalo domicilio en [DOMICILIO] y autorizo notificaciones al correo [CORREO]. SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Adjunto anexos en [N_ANEXOS] folios. [CIUDAD], [FECHA] _______________________ [NOMBRE_INTERNO] DNI [DNI_INTERNO]
El indulto común es la gracia presidencial por la cual el Presidente de la República perdona total o parcialmente la pena de una persona ya condenada por sentencia firme, extinguiendo la sanción que le falta cumplir. No revisa si fuiste culpable ni anula la sentencia: actúa sobre la pena, no sobre la condena. La solicitud se evalúa a través de la Comisión de Gracias Presidenciales, un órgano del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que analiza el caso y recomienda al Presidente si corresponde o no conceder la gracia.
Quién la presenta y cuándo conviene usarla
La presenta la persona condenada, su abogado o un familiar, ante la Comisión de Gracias Presidenciales. Conviene usarla cuando ya tienes sentencia firme, has avanzado en tu tratamiento penitenciario y reúnes un perfil que sustente la gracia: condena única, sin procesos pendientes con mandato de detención y, por lo general, ubicado en la etapa de mínima seguridad del régimen cerrado ordinario. El indulto común es una vía excepcional, distinta del indulto y derecho de gracia por razones humanitarias, que se reserva para enfermedades graves o terminales.
Base legal
La facultad presidencial de conceder indultos y conmutar penas está en el artículo 118, inciso 21, de la Constitución Política del Perú. El procedimiento se rige por el Reglamento de la Comisión de Gracias Presidenciales y la normativa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que crea y regula dicha Comisión como órgano colegiado encargado de analizar y recomendar la concesión de indultos comunes y por razones humanitarias, del derecho de gracia y de las conmutaciones de pena. La concesión se formaliza mediante Resolución Suprema firmada por el Presidente de la República y refrendada por el Ministro de Justicia.
Qué datos y documentos necesitas
- Datos completos del condenado, documento de identidad y establecimiento penitenciario.
- Sentencia firme, con constancia de que la condena quedó consentida o ejecutoriada.
- Certificado de antecedentes y declaración de no tener más de una condena efectiva ni requisitorias.
- Informes del INPE sobre conducta, etapa de seguridad y participación en el tratamiento.
- Cómputo de la pena cumplida y de los días redimidos por trabajo o educación.
Cómo presentarla paso a paso
- Reúne la sentencia firme, los informes del INPE y la constancia de tu situación penitenciaria.
- Presenta la solicitud ante la Comisión de Gracias Presidenciales del Ministerio de Justicia.
- La Comisión evalúa el expediente, verifica requisitos y elabora un informe de recomendación.
- Si la recomendación es favorable, se eleva al Presidente, que decide mediante Resolución Suprema.
- El trámite ante la Comisión es gratuito. La concesión es discrecional y no constituye un derecho exigible.
Errores comunes a evitar
- Solicitar el indulto sin tener sentencia firme. La gracia recae sobre condenas consentidas o ejecutoriadas.
- Confundir el indulto común con la gracia humanitaria, que exige enfermedad grave o terminal acreditada.
- No acompañar los informes del INPE, que son la base de la recomendación de la Comisión.
Preguntas frecuentes
¿El indulto borra mis antecedentes?
El indulto extingue la pena pendiente conforme al artículo 118.21 de la Constitución, pero no significa que se declare tu inocencia. La sentencia se dictó y la rehabilitación se rige por las reglas generales del Código Penal.
¿Tengo derecho a que me concedan el indulto?
No. Es una facultad discrecional del Presidente de la República. La Comisión de Gracias Presidenciales solo recomienda, y la decisión final se toma valorando el caso, sin que exista un derecho a obtener la gracia.
¿En qué se diferencia del indulto humanitario?
El indulto humanitario se reserva para internos con enfermedad terminal, enfermedad grave en etapa avanzada o que sufren condiciones carcelarias incompatibles con su salud. El indulto común evalúa otros criterios, como el perfil del condenado y su tratamiento penitenciario.
Cómo presentar solicitud de indulto común ante la comisión de gracias presidenciales: paso a paso
- Reúne las pruebas del hecho delictivo. Junta documentos, fotografías, capturas de pantalla, testigos, informes médicos o periciales que acrediten la comisión del delito y la identidad del imputado.
- Identifica el tipo penal aplicable. Verifica en el Código Penal el artículo que tipifica el delito (estafa: Art. 196 CP; robo: Art. 188 CP; lesiones: Art. 121 CP). Eso determina la pena y el juzgado competente.
- Elige dónde presentar la denuncia. Puedes acudir a la Fiscalía Provincial Penal o a la Comisaría PNP del lugar del delito. Para querellas por delitos de acción privada (injuria, difamación) presentas directamente al Juzgado Penal Unipersonal.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los campos entre corchetes con hechos cronológicos, fechas exactas, nombres de los involucrados y medios probatorios que anexarás.
- Presenta con todos los anexos. Entrega el escrito original más copias (una por cada imputado) junto con los anexos numerados. Guarda el cargo de recepción con sello y fecha.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de indulto común ante la comisión de gracias presidenciales
¿El modelo de solicitud de indulto común ante la comisión de gracias presidenciales es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-indulto-comun-ante-la-comision-de-gracias-presidenciales/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de indulto común ante la comisión de gracias presidenciales sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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