Solicitud de Medida Cautelar Arbitral
Solicitud de medida cautelar dictada por el tribunal arbitral conforme al Art. 47 del D.Leg. 1071, con verosimilitud, peligro en la demora y contracautela.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR ARBITRAL SUMILLA: SOLICITO MEDIDA CAUTELAR DE [TIPO_MEDIDA] SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL ARBITRAL DEL CASO ARBITRAL N° [NUMERO_EXPEDIENTE]: [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con [TIPO_DOC] N° [NRO_DOC], con domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], a usted con respeto digo: I. PETITORIO Conforme al Art. 47 del D.Leg. 1071, Ley de Arbitraje, solicito que el Tribunal Arbitral dicte la siguiente medida cautelar: MEDIDA SOLICITADA: [TIPO_MEDIDA] que recaiga sobre [BIEN_O_DERECHO] de propiedad de [NOMBRE_AFECTADO], a fin de [FINALIDAD_CAUTELAR]. II. PRESUPUESTOS DE LA MEDIDA CAUTELAR 2.1. APARIENCIA DE BUEN DERECHO: Conforme se acredita con [DOCUMENTOS_FUNDAMENTO], existe alta probabilidad de que la pretensión principal sea declarada fundada por cuanto [FUNDAMENTO_VEROSIMILITUD]. 2.2. PELIGRO EN LA DEMORA: Existe riesgo cierto de que la demora del proceso arbitral haga ilusoria la ejecución del laudo, dado que [FUNDAMENTO_PELIGRO_DEMORA], lo que se acredita con [DOCUMENTOS_PELIGRO]. 2.3. ADECUACIÓN: La medida solicitada es la menos gravosa para el afectado y resulta idónea para asegurar la pretensión. III. CONTRACAUTELA Ofrezco como contracautela [TIPO_CONTRACAUTELA] por la suma de S/ [MONTO_CONTRACAUTELA], conforme al Art. 47 inciso 3 del D.Leg. 1071. IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO 4.1. Art. 47 del D.Leg. 1071, sobre medidas cautelares. 4.2. Art. 48 del D.Leg. 1071, sobre reconocimiento y ejecución. 4.3. Reglamento Arbitral de [INSTITUCION_ARBITRAL], normas sobre cautela. V. MEDIOS PROBATORIOS 5.1. Documentos que acreditan la titularidad del bien y la titularidad del derecho invocado. 5.2. Comunicaciones que evidencian el riesgo en la demora. 5.3. Carta fianza o instrumento de garantía de la contracautela ofrecida. POR LO EXPUESTO: Solicito al Tribunal Arbitral disponer la medida cautelar solicitada con carácter de urgencia y, de ser el caso, sin audiencia previa al afectado conforme al Art. 47 inciso 4 del D.Leg. 1071. [CIUDAD], [FECHA_PRESENTACION]. ____________________ [NOMBRE_SOLICITANTE] ____________________ [NOMBRE_ABOGADO] Abogado CAL N° [CAL_ABOGADO]
Cuándo usar este modelo
Esta solicitud pide al tribunal arbitral que dicte una medida cautelar para asegurar la eficacia del laudo mientras dura el proceso. Se rige por el Art. 47 del Decreto Legislativo 1071, Ley de Arbitraje, que faculta al tribunal a ordenar medidas cautelares una vez constituido, a pedido de parte. Úsala cuando exista riesgo de que la contraparte disponga de bienes, altere el statu quo o frustre el cumplimiento de una eventual condena.
La medida puede consistir en embargo, secuestro, prohibición de innovar, anotación de demanda u otras. El tribunal exige acreditar los presupuestos clásicos de toda cautela: verosimilitud del derecho, peligro en la demora y una contracautela proporcional.
Qué datos necesitas
- Número de caso arbitral e identificación de las partes.
- Tipo de medida cautelar solicitada y el bien o conducta sobre la que recae.
- Fundamentos de la verosimilitud del derecho invocado (fumus boni iuris).
- Hechos que acreditan el peligro en la demora (periculum in mora).
- Ofrecimiento de contracautela y su forma (real o personal).
Paso a paso
- Verifica que el tribunal esté constituido, requisito del Art. 47 para dictar la cautela.
- Acredita la verosimilitud del derecho con la documentación del caso.
- Demuestra el peligro en la demora que justifica la urgencia de la medida.
- Ofrece una contracautela adecuada al eventual daño de la medida.
- Presenta la solicitud y, si se concede, gestiona su ejecución ante el juez si requiere fuerza pública.
Errores comunes
- Pedir la medida sin acreditar el peligro en la demora, que es su presupuesto esencial.
- Solicitar una cautela desproporcionada frente al monto en discusión.
- No ofrecer contracautela, dejando al tribunal sin garantía frente a un abuso.
- Confundir la potestad del tribunal con la ejecución forzada, que requiere el auxilio del juez.
Preguntas frecuentes
¿El tribunal arbitral puede embargar bienes? Puede ordenar la medida, pero si necesita ejecución forzada con fuerza pública, el Art. 48 del D.Leg. 1071 remite al juez competente.
¿Puedo pedir cautela antes de instalar el tribunal? En ese caso corresponde una cautela ante el juez o un árbitro de emergencia; el Art. 47 exige tribunal constituido.
¿La medida es definitiva? No; el tribunal puede modificarla o dejarla sin efecto si cambian las circunstancias.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de medida cautelar arbitral
¿El modelo de solicitud de medida cautelar arbitral es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-medida-cautelar-arbitral/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de medida cautelar arbitral sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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