Solicitud de Pensión de Jubilación del Régimen General del Decreto Ley 19990 ante la ONP
Solicitud de pensión de jubilación del régimen general del Sistema Nacional de Pensiones para asegurados que cumplen 65 años de edad y acreditan al menos 20 años de aportes ante la ONP.
Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE PENSIÓN DE JUBILACIÓN – RÉGIMEN GENERAL DEL DECRETO LEY 19990 Señores OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL (ONP) Presente.- SUMILLA: Solicitud de pensión de jubilación del régimen general. Yo, [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado(a) con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], nacido(a) el [FECHA_NACIMIENTO], con domicilio en [DOMICILIO_SOLICITANTE], distrito de [DISTRITO], provincia y departamento de [DEPARTAMENTO], ante ustedes respetuosamente digo: I. HECHOS 1. He cumplido sesenta y cinco (65) años de edad el [FECHA_CUMPLIMIENTO_EDAD], conforme acredita mi documento nacional de identidad. 2. He aportado al Sistema Nacional de Pensiones durante [ANIOS_APORTE] años, a través de los siguientes empleadores: [RELACION_EMPLEADORES], conforme a los certificados de trabajo y demás documentos que se adjuntan. 3. Mi último empleador fue [ULTIMO_EMPLEADOR], habiendo cesado en mis labores el [FECHA_CESE]. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El Decreto Ley 19990 y sus normas modificatorias establecen que tienen derecho a pensión de jubilación del régimen general los asegurados que cuenten con sesenta y cinco años de edad y acrediten un mínimo de veinte años completos de aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones. 2. El Texto Único Ordenado de la Ley 27444 reconoce mi derecho de petición administrativa y obliga a la entidad a resolver en el plazo legal. III. PETITORIO Solicito se me otorgue pensión de jubilación del régimen general del Decreto Ley 19990, con el pago de las pensiones devengadas desde la fecha de la contingencia y los intereses legales correspondientes. IV. ANEXOS 1-A: Copia de mi DNI. 1-B: Certificados de trabajo y documentos que acreditan aportaciones. 1-C: [OTROS_DOCUMENTOS]. POR TANTO: A ustedes pido acceder a mi solicitud por ser de justicia. [LUGAR], [FECHA] _______________________________ [NOMBRE_SOLICITANTE] DNI N° [DNI_SOLICITANTE]
¿Qué es y para qué sirve?
Es la solicitud con la que el asegurado del Sistema Nacional de Pensiones pide a la ONP su pensión de jubilación del régimen general del Decreto Ley 19990, al cumplir 65 años de edad con al menos 20 años de aportes. Sirve para iniciar la calificación del derecho y el pago de la pensión.
¿Quién lo presenta y cuándo?
La presenta el propio asegurado (o su apoderado) a partir del cumplimiento de los 65 años de edad, haya cesado o no recientemente; los devengados se generan desde la contingencia, por lo que conviene no demorar el trámite.
Base legal
Decreto Ley 19990 y sus normas modificatorias, que fijan los requisitos de 65 años de edad y 20 años completos de aportaciones para el régimen general, y el Texto Único Ordenado de la Ley 27444 respecto del procedimiento administrativo.
¿Qué datos necesitas?
- DNI vigente y fecha de nacimiento exacta.
- Relación de todos tus empleadores con períodos laborados.
- Fecha de cese del último empleo.
- Total de años de aportación que estimas tener.
- Datos de contacto y domicilio para notificaciones.
¿Cómo presentarlo paso a paso?
- Verifica tus aportes en el registro de la ONP antes de solicitar.
- Reúne certificados de trabajo de los períodos que no figuren completos.
- Completa la solicitud con la relación detallada de empleadores.
- Atiende cualquier requerimiento de verificación posterior.
- Espera la resolución; si es denegatoria, evalúa reconsideración o apelación.
Errores comunes
- Solicitar sin revisar antes cuántos años de aportes registra la ONP.
- Omitir empleadores antiguos cuyos aportes sí pueden acreditarse.
- No guardar el cargo con el número de expediente.
¿Qué pasa si no llego a los 20 años de aportes?
Puedes evaluar la pensión proporcional especial creada por la Ley 31301 para quienes acreditan al menos diez años de aportes, con requisitos propios.
¿Puedo seguir trabajando y cobrar la pensión?
La pensión del D.L. 19990 tiene reglas de incompatibilidad con el trabajo remunerado; revisa tu caso antes de reincorporarte a planilla.
¿Cuánto demora la ONP en resolver?
La entidad debe resolver dentro del plazo legal del procedimiento administrativo; si excede el plazo, puedes presentar queja por defecto de tramitación.
¿Desde cuándo se pagan los devengados?
Desde la fecha de la contingencia (cumplimiento de requisitos), según el propio Decreto Ley 19990.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de pensión de jubilación del régimen general del decreto ley 19990 ante la onp
¿El modelo de solicitud de pensión de jubilación del régimen general del decreto ley 19990 ante la onp es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-pension-de-jubilacion-del-regimen-general-del-decreto-ley-19990-ante-la-onp/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de pensión de jubilación del régimen general del decreto ley 19990 ante la onp sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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