Solicitud de Prescripción de Procedimiento Sancionador
Solicitud de prescripción de la potestad sancionadora de la administración pública. Art. 233 TUO LPAG (D.S. 006-2026-JUS (antes D.S. 004-2019-JUS)).
Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE PRESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N.°: [N°_EXPEDIENTE] SUMILLA: Solicito declaración de prescripción de la potestad sancionadora SEÑOR(A) [CARGO_AUTORIDAD] DE [NOMBRE_ENTIDAD]: [NOMBRE_ADMINISTRADO], identificado(a) con DNI N.° [DNI] / RUC N.° [RUC], con domicilio real en [DOMICILIO_REAL], señalando domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y casilla electrónica N.° [CASILLA_ELECTRÓNICA]; ante usted respetuosamente me presento y digo: I. PETITORIO Al amparo del artículo 233° del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS (antes Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS), solicito se declare la PRESCRIPCIÓN de la potestad sancionadora de [NOMBRE_ENTIDAD] respecto del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) iniciado en mi contra mediante [Resolución de inicio / Notificación de cargos] N.° [N°_RESOLUCIÓN] de fecha [FECHA_INICIO_PAS], por haber transcurrido en exceso el plazo previsto por ley. II. ANTECEDENTES 2.1. Los hechos materia de investigación ocurrieron el [FECHA_DE_LOS_HECHOS]. 2.2. Mediante [RESOLUCIÓN/NOTIFICACIÓN] N.° [N°], de fecha [FECHA_INICIO_PAS], se inició el Procedimiento Administrativo Sancionador contra el recurrente por la presunta comisión de [DESCRIBIR INFRACCIÓN IMPUTADA]. 2.3. [DESCRIBIR ESTADO ACTUAL DEL PROCEDIMIENTO: si ha habido actuaciones, si está paralizado, etc.]. III. CÓMPUTO DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN De conformidad con el artículo 233° del TUO de la LPAG: 3.1. PRESCRIPCIÓN DE LA POTESTAD PARA DETERMINAR LA INFRACCIÓN: Fecha de comisión de la infracción: [FECHA_DE_LOS_HECHOS] Plazo de prescripción: [CUATRO (4) AÑOS según TUO LPAG / plazo especial según ley sectorial: INDICAR] Fecha de vencimiento del plazo: [FECHA_VENCIMIENTO] Fecha actual: [FECHA_ACTUAL] Días transcurridos: [N°_DÍAS / AÑOS] 3.2. PRESCRIPCIÓN DE LA POTESTAD PARA DETERMINAR LA SANCIÓN (si ya se determinó la infracción): Fecha de la resolución que determina la infracción: [FECHA_RESOLUCIÓN] Plazo para determinar la sanción: [NUEVE (9) MESES] Fecha de vencimiento: [FECHA_VENCIMIENTO] 3.3. PRESCRIPCIÓN POR PARALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO: Fecha de última actuación procesal: [FECHA_ÚLTIMA_ACTUACIÓN] Tiempo de paralización: [N°_MESES/AÑOS] Plazo de prescripción por paralización: Veinticinco (25) meses conforme al numeral 233.3 del artículo 233° del TUO de la LPAG. IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO 4.1. Artículo 233°, numeral 233.1 del TUO de la LPAG: "La facultad de la autoridad para determinar la existencia de infracciones administrativas prescribe en el plazo que establezcan las leyes especiales, sin perjuicio de los plazos para la prescripción de las demás responsabilidades que la infracción pudiera ameritar. En caso de no estar determinado, prescribirá en cuatro (4) años computados a partir de la fecha en que se cometió la infracción o desde que cesó, si fuera una acción continuada." 4.2. Artículo 233°, numeral 233.2 del TUO de la LPAG: "El plazo de prescripción se interrumpe con la iniciación del procedimiento sancionador, reanudándose el plazo si el expediente se mantuviera paralizado por más de veinticinco (25) meses (...)." 4.3. Artículo 233°, numeral 233.3 del TUO de la LPAG: "La autoridad declara de oficio la prescripción y da por concluido el procedimiento cuando advierta que se ha cumplido el plazo para determinar la existencia de infracciones administrativas." 4.4. [NORMA SECTORIAL ESPECÍFICA QUE ESTABLECE PLAZO DE PRESCRIPCIÓN ESPECIAL, SI APLICA]. 4.5. Principio de seguridad jurídica: La administración no puede mantener indefinidamente la amenaza de sanción sobre el administrado. V. MEDIOS PROBATORIOS 1. Copia de la [Resolución/Notificación] de inicio del PAS. 2. Cargos de notificación que acreditan fechas. 3. [DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA PARALIZACIÓN O EL TRANSCURSO DEL PLAZO]. VI. ANEXOS 1-A: Copia de DNI del administrado. 1-B: Copia de la resolución de inicio del PAS. 1-C: [DOCUMENTOS PROBATORIOS ADICIONALES]. POR TANTO: Solicito a usted se sirva declarar la PRESCRIPCIÓN de la potestad sancionadora y dar por concluido el Procedimiento Administrativo Sancionador N.° [N°_EXPEDIENTE], archivándose definitivamente los actuados. [CIUDAD], [DÍA] de [MES] de [AÑO] ___________________________ [NOMBRE_ADMINISTRADO] DNI: [DNI] ___________________________ ABOGADO(A) [NOMBRE_ABOGADO] CAL N.° [N°_CAL]
La solicitud de prescripción es el escrito con el que le pides a la entidad que declare extinguida su facultad de sancionarte porque ya pasó el plazo legal. La administración no puede perseguir infracciones de forma indefinida: si dejó transcurrir el tiempo sin determinar la responsabilidad, su potestad sancionadora prescribe. Es una defensa poderosa cuando te imputan una infracción antigua o cuando el procedimiento se paralizó y el tiempo siguió corriendo.
Quién la presenta y cuándo conviene usarla
La presenta el administrado que está siendo investigado o sancionado en un procedimiento administrativo. Conviene usarla cuando ya transcurrió el plazo de prescripción desde que se cometió la infracción, o cuando el procedimiento estuvo paralizado por causa no atribuible a ti y eso reactivó el cómputo. Es especialmente útil contra multas por hechos lejanos en el tiempo.
Base legal
La prescripción de la potestad sancionadora está regulada en el artículo 252 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS (antes Decreto Supremo 004-2019-JUS). Salvo que una ley especial fije un plazo distinto, la facultad de la autoridad para determinar la existencia de infracciones prescribe a los cuatro (4) años. El cómputo se cuenta desde el día en que se cometió la infracción (o desde que cesó, según el tipo) y se suspende con el inicio del procedimiento sancionador notificado al administrado, pero se reanuda si el procedimiento se paraliza por más de veinticinco (25) días hábiles por causa no atribuible al administrado. La prescripción puede declararse de oficio o a pedido de parte, y debe resolverse en plazo breve.
Qué datos y documentos necesitas
- Tus datos completos y los de tu representante si corresponde.
- Número del expediente sancionador.
- La fecha en que se cometió o cesó la infracción imputada.
- Las fechas del inicio del procedimiento y de las actuaciones, para acreditar la paralización si la hubo.
- La norma especial aplicable, por si fija un plazo distinto a los cuatro años.
- Copias de las notificaciones recibidas.
Cómo presentarla paso a paso
- Calcula el plazo de prescripción desde la comisión o cese de la infracción.
- Verifica si hubo suspensión (inicio del procedimiento) y si se reanudó por paralización mayor a 25 días hábiles.
- Redacta la solicitud exponiendo las fechas y la base legal del artículo 252 del TUO.
- Adjunta las notificaciones y constancias que prueben el transcurso del tiempo.
- Preséntala ante la entidad que tramita el procedimiento sancionador.
- La autoridad debe pronunciarse sobre la prescripción; si es fundada, se archiva el procedimiento.
Errores comunes a evitar
- Confundir prescripción (extinción de la potestad sancionadora) con caducidad del procedimiento.
- No considerar la suspensión del plazo por el inicio del procedimiento sancionador.
- Ignorar que algunas leyes especiales fijan plazos distintos a los cuatro años.
- Calcular mal la fecha de inicio del cómputo según el tipo de infracción.
- No adjuntar las notificaciones que prueban las fechas clave.
Preguntas frecuentes
¿En cuánto tiempo prescribe la potestad sancionadora?
En cuatro (4) años, salvo que una ley especial establezca un plazo distinto, conforme al artículo 252 del TUO de la Ley 27444. Por eso conviene revisar la norma sectorial de tu caso.
¿La prescripción es lo mismo que la caducidad?
No. La prescripción del artículo 252 extingue la facultad de sancionar por el paso del tiempo. La caducidad, regulada en el artículo 257 del TUO, fija nueve (9) meses para resolver el procedimiento ya iniciado, prorrogables hasta tres meses más.
¿El inicio del procedimiento detiene la prescripción?
Sí, la suspende. Pero el artículo 252 del TUO precisa que el cómputo se reanuda si el procedimiento se paraliza por más de veinticinco (25) días hábiles por causa no atribuible al administrado.
¿Puede la entidad declararla sin que yo la pida?
Sí. La prescripción puede declararse de oficio o a instancia del administrado, según el artículo 252 del TUO de la Ley 27444. Aun así, conviene solicitarla expresamente para asegurar el pronunciamiento.
Cómo presentar solicitud de prescripción de procedimiento sancionador: paso a paso
- Identifica el acto administrativo que impugnas. Ubica la resolución o acto que afecta tus derechos, anota el número, fecha, autoridad emisora y fecha de notificación. Ese dato determina el plazo para recurrir.
- Verifica el plazo de impugnación. El plazo general para interponer recurso de reconsideración o apelación es 15 días hábiles desde la notificación del acto (Art. 218 TUO LPAG, D.S. 006-2026-JUS (antes D.S. 004-2019-JUS)). Presentarlo fuera de plazo lo hace improcedente.
- Elige el recurso correcto. Reconsideración: ante la misma autoridad, con nueva prueba (Art. 208 TUO LPAG). Apelación: ante el superior jerárquico, sin necesidad de nueva prueba (Art. 209 TUO LPAG). Revisión: cuando no hay subordinación (Art. 210 TUO LPAG).
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos del acto impugnado, la entidad destinataria, los fundamentos de hecho y de derecho, y la pretensión que pides que declare o resuelva.
- Presenta el recurso en la entidad. Entrega en la mesa de partes de la entidad pública dentro del plazo. Solicita cargo de recepción con sello, fecha y número de expediente asignado.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de prescripción de procedimiento sancionador
¿El modelo de solicitud de prescripción de procedimiento sancionador es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-prescripcion-de-procedimiento-sancionador/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de prescripción de procedimiento sancionador sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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