Solicitud de Recurso de Apelación contra Denegatoria de Refugio
Recurso de apelación de la persona a quien se le denegó el reconocimiento de la condición de refugiado, para que la instancia superior revise la decisión, conforme a la normativa de refugio y la Ley 27444.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECURSO DE APELACIÓN CONTRA LA DENEGATORIA DE RECONOCIMIENTO DE LA CONDICIÓN DE REFUGIADO [LUGAR], [FECHA] Señor Presidente Comisión Especial para los Refugiados Ministerio de Relaciones Exteriores Presente.- Yo, [NOMBRE_SOLICITANTE], de nacionalidad [NACIONALIDAD], identificado con [DOCUMENTO_IDENTIDAD] N° [NUMERO_DOCUMENTO], con domicilio en [DOMICILIO_ACTUAL], interpongo RECURSO DE APELACIÓN contra la resolución que denegó mi solicitud de refugio, y expongo: I. HECHOS 1. Que mediante la resolución [IDENTIFICACION_RESOLUCION], notificada el [FECHA_NOTIFICACION], se denegó el reconocimiento de mi condición de refugiado. 2. Que dicha decisión no valora adecuadamente los hechos de [FUNDAMENTO_DEL_TEMOR] que motivaron mi salida de mi país de origen. 3. Que aporto nuevos elementos consistentes en [NUEVOS_ELEMENTOS] que respaldan mi solicitud. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. La normativa peruana sobre la condición de refugiado reconoce el derecho a impugnar las decisiones que deniegan la protección. 2. Conforme al TUO de la Ley 27444, todo administrado tiene derecho a recurrir los actos administrativos que le causan agravio dentro del plazo legal. III. PETITORIO Solicito se REVOQUE la resolución impugnada y se me RECONOZCA la condición de refugiado, valorando los fundamentos y elementos expuestos. ANEXOS: - Copia de la resolución impugnada y su notificación. - Nuevos elementos de prueba. - Copia del documento de identidad o pasaporte. - [OTROS_ANEXOS] Por lo expuesto: Ruego acceder a lo solicitado por ser de justicia. _______________________________ [NOMBRE_SOLICITANTE] [DOCUMENTO_IDENTIDAD] N° [NUMERO_DOCUMENTO] BASE LEGAL - Ley del Refugiado y su reglamento, y la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 con su Protocolo de 1967, de los que el Perú es parte (incluido el principio de no devolución). - TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (recursos administrativos de reconsideración y apelación, y plazo para interponerlos).
¿Qué es y para qué sirve?
Este recurso de apelación permite impugnar la resolución que denegó el reconocimiento de la condición de refugiado, para que la instancia superior revise la decisión. Es la vía para pedir que se revoque la denegatoria y se reconozca la protección solicitada.
¿Quién lo presenta y cuándo?
Lo presenta el solicitante de refugio cuya petición fue denegada, dentro del plazo legal contado desde la notificación de la resolución.
Base legal
Se sustenta en la normativa peruana sobre la condición de refugiado, que reconoce el derecho a impugnar, y en el TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, sobre los recursos administrativos.
¿Qué datos necesitas?
- Nombres y nacionalidad del solicitante
- Documento de identidad o pasaporte
- Identificación de la resolución denegatoria
- Fecha de notificación
- Fundamentos del temor y del agravio
- Nuevos elementos de prueba
- Domicilio para notificaciones
¿Cómo presentarlo paso a paso?
- Revisa la resolución denegatoria y su fecha de notificación.
- Identifica los errores u omisiones en la valoración.
- Reúne nuevos elementos que respalden tu solicitud.
- Redacta el recurso dentro del plazo legal.
- Adjunta la resolución y las pruebas.
- Presenta el recurso ante la comisión competente.
- Haz seguimiento de la respuesta de la instancia superior.
Errores comunes
- Presentar el recurso fuera del plazo legal.
- No identificar con claridad la resolución impugnada.
- Repetir los mismos argumentos sin nuevos elementos.
- Omitir el domicilio para notificaciones.
¿En qué plazo debo apelar?
Dentro del plazo previsto para los recursos administrativos, contado desde la notificación; conviene actuar con prontitud.
¿Puedo aportar nuevas pruebas?
Sí, aportar nuevos elementos que sustenten el temor invocado suele fortalecer la apelación.
¿Ante quién se presenta?
Ante la comisión competente en materia de refugiados, que lo elevará a la instancia que resuelve la impugnación.
¿Mientras apelo puedo permanecer en el país?
Los efectos de la impugnación sobre la permanencia dependen de la normativa aplicable al procedimiento de refugio.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de recurso de apelación contra denegatoria de refugio
¿El modelo de solicitud de recurso de apelación contra denegatoria de refugio es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-recurso-de-apelacion-contra-denegatoria-de-refugio/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de recurso de apelación contra denegatoria de refugio sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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