Solicitud de Solicitud de Refugio para Familiar de Refugiado Reconocido
Solicitud de extensión de la condición de refugiado al cónyuge, hijos u otros dependientes de una persona ya reconocida como refugiada en el Perú, invocando el principio de unidad familiar.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE EXTENSIÓN DE LA CONDICIÓN DE REFUGIADO A FAMILIAR DEPENDIENTE [LUGAR], [FECHA] Señor Presidente Comisión Especial para los Refugiados Ministerio de Relaciones Exteriores Presente.- Yo, [NOMBRE_SOLICITANTE], de nacionalidad [NACIONALIDAD], identificado con [DOCUMENTO_IDENTIDAD] N° [NUMERO_DOCUMENTO], en mi condición de [RELACION_FAMILIAR] de la persona reconocida como refugiada, ante usted expongo: I. HECHOS 1. Que la persona [NOMBRE_REFUGIADO], identificada con [DOCUMENTO_REFUGIADO], fue reconocida como refugiada en el país mediante el procedimiento correspondiente. 2. Que soy su [RELACION_FAMILIAR] y dependo de dicha persona, según acredito con [DOCUMENTO_VINCULO_FAMILIAR]. 3. Que en aplicación del principio de unidad familiar, me corresponde extender la protección reconocida al núcleo familiar del refugiado. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. La normativa peruana sobre la condición de refugiado reconoce el principio de unidad familiar, que permite extender la protección al cónyuge, hijos y dependientes del refugiado reconocido. 2. La Constitución Política del Perú protege a la familia como institución fundamental de la sociedad. III. PETITORIO Solicito el RECONOCIMIENTO de mi condición de refugiado por extensión, en virtud de la unidad familiar con la persona reconocida como refugiada. ANEXOS: - Documento que acredita el vínculo familiar. - Copia del documento de la persona refugiada reconocida. - Copia de mi documento de identidad o pasaporte. - [OTROS_ANEXOS] Por lo expuesto: Ruego acceder a lo solicitado por ser de justicia. _______________________________ [NOMBRE_SOLICITANTE] [DOCUMENTO_IDENTIDAD] N° [NUMERO_DOCUMENTO] BASE LEGAL - Ley del Refugiado y su reglamento, que reconocen la extensión de la condición de refugiado al cónyuge o conviviente y a los hijos menores dependientes (principio de unidad familiar). - Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, de los que el Perú es parte, incluido el principio de no devolución. - Constitución Política del Perú, artículo 2, inciso 20 (derecho de toda persona a formular peticiones ante la autoridad competente y a obtener respuesta). - TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (requisitos de la solicitud y plazo de atención).
¿Qué es y para qué sirve?
Esta solicitud permite que el cónyuge, los hijos u otros dependientes de una persona ya reconocida como refugiada obtengan la misma protección por extensión, invocando el principio de unidad familiar. Evita que el núcleo familiar del refugiado quede desprotegido.
¿Quién lo presenta y cuándo?
Lo presenta el familiar dependiente del refugiado reconocido, ante la comisión competente, para que la protección alcance a toda la familia.
Base legal
Se sustenta en la normativa peruana sobre la condición de refugiado y el principio de unidad familiar, y en la Constitución Política del Perú, que protege a la familia. Se cita la norma sin detallar artículos por prudencia.
¿Qué datos necesitas?
- Nombres y nacionalidad del solicitante
- Documento de identidad o pasaporte
- Datos de la persona refugiada reconocida
- Relación o vínculo familiar
- Documento que acredita el vínculo
- Situación de dependencia
- Datos de contacto
¿Cómo presentarlo paso a paso?
- Confirma que el familiar ya fue reconocido como refugiado.
- Reúne el documento que acredita el vínculo familiar.
- Completa la solicitud invocando la unidad familiar.
- Adjunta los documentos de identidad de ambos.
- Presenta el expediente ante la comisión competente.
- Atiende las entrevistas o requerimientos que se soliciten.
- Conserva el cargo de presentación.
Errores comunes
- No acreditar el vínculo familiar con documento válido.
- Presentar la solicitud sin identificar al refugiado reconocido.
- Confundir esta extensión con una solicitud de refugio autónoma.
- Omitir la relación de dependencia.
¿Quiénes pueden pedir la extensión?
Generalmente el cónyuge o conviviente, los hijos y otros dependientes del refugiado reconocido, según el principio de unidad familiar.
¿Debo probar mi propia persecución?
La extensión se basa en el vínculo familiar; por ello el eje central es acreditar la relación con el refugiado reconocido.
¿Ante qué autoridad se presenta?
Ante la comisión competente en materia de refugiados del sector de relaciones exteriores.
¿Qué documento prueba el vínculo?
Actas de matrimonio, partidas de nacimiento u otros documentos oficiales que acrediten el parentesco o la dependencia.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de solicitud de refugio para familiar de refugiado reconocido
¿El modelo de solicitud de solicitud de refugio para familiar de refugiado reconocido es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-solicitud-de-refugio-para-familiar-de-refugiado-reconocido/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de solicitud de refugio para familiar de refugiado reconocido sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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