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Procesal Civil

Solicitud de Remision de Copias al Ministerio Publico por Indicios de Fraude Procesal

Solicitud para que el juez disponga la remisión de copias certificadas al Ministerio Público ante indicios razonables de fraude procesal y falsedad documental advertidos en el expediente.

Actualizado al 16 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE REMISIÓN DE COPIAS AL MINISTERIO PÚBLICO POR FRAUDE PROCESAL

EXPEDIENTE N.° : [EXPEDIENTE]
ESCRITO N.° : [NUMERO]
SUMILLA : SOLICITO REMISIÓN DE COPIAS AL MINISTERIO PÚBLICO POR INDICIOS DE FRAUDE

SEÑOR JUEZ DEL [JUZGADO] DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con DNI N.° [DNI], con domicilio procesal en la casilla electrónica N.° [CASILLA], en los seguidos con [NOMBRE_CONTRARIA], a usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO
Solicito que su despacho disponga la REMISIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS de los actuados pertinentes al MINISTERIO PÚBLICO, al advertirse indicios razonables de la comisión de un delito perseguible de oficio, para que proceda conforme a sus atribuciones.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. En el presente proceso se han presentado documentos presuntamente falsificados y afirmaciones destinadas a inducir a error al juzgado, con el propósito de obtener una resolución contraria a la ley.
2. Tales conductas configuran indicios de fraude procesal y de falsedad documental, cuyo esclarecimiento corresponde a la justicia penal.
3. La actuación descrita excede el ámbito civil y compromete el correcto funcionamiento de la administración de justicia.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
- Artículo 416 del Código Penal, que tipifica el fraude procesal como el empleo de medios fraudulentos para inducir a error al juzgador y obtener una resolución contraria a la ley.
- Artículo 427 del Código Penal, sobre la falsedad documental.
- Artículo 159 de la Constitución Política del Perú y artículo 11 del Decreto Legislativo N.° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, que reconocen al fiscal como titular de la acción penal.
- Artículos 326 y 327 del Código Procesal Penal, sobre la denuncia de los delitos perseguibles de oficio.

IV. MEDIOS PROBATORIOS
1. Copias de los documentos cuestionados obrantes en autos.
2. Observaciones o pericia que sustentan la presunta falsedad.

POR TANTO:
Pido remitir copias certificadas al Ministerio Público por los indicios de fraude procesal advertidos.

[CIUDAD], [FECHA].

_______________________          _______________________
   FIRMA DEL SOLICITANTE              FIRMA Y SELLO DEL ABOGADO
   DNI N.° [DNI]                      C.A.[COLEGIO] N.° [REGISTRO_CAL]

Cuándo usar este modelo

Usa esta solicitud cuando en el proceso adviertes indicios de un delito perseguible de oficio, como documentos falsificados o maniobras para engañar al juez y obtener una resolución ilegal. El artículo 416 del Código Penal tipifica el fraude procesal, y el artículo 159 de la Constitución, junto con la Ley Orgánica del Ministerio Público, reconocen al fiscal como titular de la acción penal.

Qué datos necesitas

  • Número de expediente y datos de las partes.
  • Identificación de los documentos o actos presuntamente fraudulentos.
  • Piezas del expediente donde constan las conductas cuestionadas.
  • Observaciones o pericia que sustenten la presunta falsedad.
  • Casilla electrónica para las notificaciones.

Paso a paso

  1. Identifica los indicios de fraude procesal o falsedad documental en autos.
  2. Precisa qué documentos o afirmaciones inducen a error al juzgado.
  3. Redacta la solicitud pidiendo la remisión de copias certificadas al Ministerio Público.
  4. Presenta el escrito ante el juez de la causa.
  5. El juez, de estimarlo, dispone la remisión de copias a la fiscalía competente.

Errores comunes

  • Solicitar la remisión sin identificar el delito ni los indicios concretos.
  • Confundir un simple desacuerdo probatorio con un fraude procesal.
  • No adjuntar las copias de los documentos cuestionados.
  • Pretender que el juez civil resuelva la responsabilidad penal, que corresponde al fiscal.

Preguntas frecuentes

¿La remisión de copias suspende el proceso civil? No necesariamente; el proceso civil continúa, salvo que el resultado penal constituya cuestión prejudicial que deba resolverse antes.

¿Qué delito puede configurarse? Según los hechos, puede tratarse de fraude procesal, artículo 416 del Código Penal, o falsedad documental, artículo 427 del Código Penal, cuya calificación corresponde al Ministerio Público.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de remision de copias al ministerio publico por indicios de fraude procesal

¿El modelo de solicitud de remision de copias al ministerio publico por indicios de fraude procesal es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-remision-de-copias-al-ministerio-publico-por-indicios-de-fraude-procesal/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de remision de copias al ministerio publico por indicios de fraude procesal sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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