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Penitenciario

Solicitud de Visita Íntima entre Dos Internos que Mantienen Relación de Pareja

Solicitud dirigida a la Dirección del establecimiento penitenciario para acceder a la visita íntima cuando ambos miembros de la pareja se encuentran recluidos, acreditando el vínculo, al amparo de los Arts. 197 y siguientes del Reglamento del Código de Ejecución Penal (D.S. 015-2003-JUS).

Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE VISITA ÍNTIMA ENTRE INTERNOS QUE MANTIENEN RELACIÓN DE PAREJA

SUMILLA: SOLICITO SE AUTORICE Y COORDINE LA VISITA ÍNTIMA CON MI PAREJA RECLUIDA

SEÑOR DIRECTOR DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE [NOMBRE_PENAL]

[NOMBRE_INTERNO], identificado con DNI N.° [NUMERO_DNI], interno del pabellón [NUMERO_PABELLON], con registro penitenciario N.° [NUMERO_REGISTRO], ante usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO
Al amparo de los artículos 197 y siguientes del Reglamento del Código de Ejecución Penal, solicito se autorice mi VISITA ÍNTIMA con mi pareja [NOMBRE_PAREJA], recluida en el Establecimiento Penitenciario de [NOMBRE_PENAL_PAREJA], y se coordine con dicho establecimiento el traslado y la programación correspondiente.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
2.1. Mantengo una relación de pareja estable con [NOMBRE_PAREJA], identificada con DNI N.° [DNI_PAREJA], vínculo que acredito con [DOCUMENTO_VINCULO].
2.2. Ambos nos encontramos privados de libertad en establecimientos penitenciarios distintos, por lo que la visita íntima requiere la coordinación entre ambas direcciones.
2.3. Contamos con los exámenes médicos y la aptitud sanitaria que el reglamento exige, según las constancias que adjunto.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
3.1. Los artículos 197 y siguientes del Reglamento del Código de Ejecución Penal (Decreto Supremo 015-2003-JUS) reconocen la visita íntima como el derecho del interno a mantener la relación con su cónyuge o pareja, previa acreditación del vínculo y de la aptitud sanitaria.
3.2. La visita íntima forma parte del tratamiento penitenciario y del derecho a la vida familiar, cuyo ejercicio no se pierde por la reclusión de ambos miembros de la pareja.
3.3. La Dirección debe evaluar la solicitud y coordinar con el otro establecimiento las condiciones de seguridad, el ambiente adecuado y la programación de la visita.

IV. MEDIOS PROBATORIOS
a) Documento que acredita el vínculo de pareja o convivencia.
b) Constancias de los exámenes médicos exigidos por el reglamento.
c) Datos del establecimiento penitenciario donde se encuentra mi pareja.

POR TANTO:
Pido a usted autorizar la visita íntima solicitada y disponer la coordinación con el Establecimiento Penitenciario de [NOMBRE_PENAL_PAREJA].

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________________
[NOMBRE_INTERNO]
DNI N.° [NUMERO_DNI]
Registro Penitenciario N.° [NUMERO_REGISTRO]

Cuándo usar este modelo

Usa esta solicitud cuando tú y tu pareja están recluidos en establecimientos penitenciarios distintos y quieren acceder a la visita íntima. Los artículos 197 y siguientes del Reglamento del Código de Ejecución Penal (Decreto Supremo 015-2003-JUS) reconocen la visita íntima previa acreditación del vínculo y de la aptitud sanitaria. Este supuesto, con ambos miembros privados de libertad, es distinto del empadronamiento con una pareja externa y de la visita ordinaria entre cónyuges: aquí la clave es que las direcciones de ambos penales coordinen el traslado y la programación.

Qué datos necesitas

  • Tu registro penitenciario y el de tu pareja.
  • Nombre y establecimiento donde se encuentra recluida tu pareja.
  • Documento que acredite el vínculo de pareja o convivencia.
  • Constancias de los exámenes médicos exigidos por el reglamento.
  • Datos de contacto de ambas direcciones para la coordinación.

Paso a paso

  1. Reúne la prueba del vínculo de pareja y los exámenes médicos vigentes.
  2. Completa el modelo con los datos de tu pareja y su establecimiento.
  3. Presenta la solicitud en la mesa de partes de tu penal, dirigida al Director.
  4. Pide expresamente que se coordine con el otro establecimiento el traslado.
  5. Haz seguimiento a la programación y a las condiciones de seguridad de la visita.

Errores comunes

  • No acreditar el vínculo de pareja o convivencia exigido por el reglamento.
  • Omitir los exámenes médicos y la constancia de aptitud sanitaria.
  • No solicitar expresamente la coordinación entre ambos establecimientos.
  • Confundir este supuesto con el empadronamiento de una pareja que está en libertad.

Preguntas frecuentes

¿Procede la visita íntima si ambos estamos presos? Sí; el derecho a la visita íntima no se pierde por la reclusión de ambos, pero exige coordinación entre las direcciones de los dos penales.

¿Qué vínculo debo acreditar? El de cónyuge, conviviente o pareja estable, con el documento que el reglamento admite para su acreditación.

¿Necesito exámenes médicos? Sí; el reglamento exige la aptitud sanitaria de ambos como condición para autorizar la visita íntima.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de visita íntima entre dos internos que mantienen relación de pareja

¿El modelo de solicitud de visita íntima entre dos internos que mantienen relación de pareja es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-visita-intima-entre-dos-internos-que-mantienen-relacion-de-pareja/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de visita íntima entre dos internos que mantienen relación de pareja sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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