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Penitenciario

Solicitud de Autorización de Visita entre Internos Cónyuges o Familiares en Distintos Penales

Solicitud para autorizar la visita o comunicación entre internos que son cónyuges o familiares y se encuentran recluidos en distintos establecimientos penitenciarios, invocando el derecho a la comunicación familiar del Art. 37 del Código de Ejecución Penal. Word editable.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE VISITA ENTRE INTERNOS CÓNYUGES O FAMILIARES EN DISTINTOS PENALES

SUMILLA: SOLICITO AUTORIZACIÓN DE VISITA O COMUNICACIÓN ENTRE INTERNOS FAMILIARES DE DISTINTOS ESTABLECIMIENTOS

SEÑOR DIRECTOR DE LA OFICINA REGIONAL DEL INPE DE [REGION] / SEÑOR DIRECTOR DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE [PENAL]

[NOMBRE_INTERNO], interno del Establecimiento Penitenciario de [PENAL_1], identificado con DNI N.° [DNI_INTERNO] y Código de Interno N.° [CODIGO_INTERNO]; y/o [NOMBRE_FAMILIAR], identificado(a) con DNI N.° [DNI_FAMILIAR], en representación del interno; ante usted respetuosamente decimos:

I. PETITORIO

Solicitamos se AUTORICE la visita o comunicación entre el suscrito y [NOMBRE_INTERNO_2], interno del Establecimiento Penitenciario de [PENAL_2], con quien mantengo vínculo de [VINCULO] (cónyuge, conviviente o familiar), disponiéndose la coordinación entre ambos establecimientos.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

2.1. Ambos nos encontramos privados de libertad en distintos establecimientos, lo que impide ejercer con normalidad nuestro derecho a la comunicación familiar.
2.2. Nuestro vínculo se acredita con [SUSTENTO_VINCULO] y no existe impedimento de seguridad ni sanción disciplinaria vigente que restrinja esta comunicación.
2.3. Solicitamos que la autorización se materialice mediante [MODALIDAD] (visita presencial coordinada, videollamada o comunicación escrita), en la periodicidad que la autoridad determine.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

3.1. El artículo 37 del Código de Ejecución Penal (Decreto Legislativo N.° 654) reconoce el derecho del interno a comunicarse periódicamente con sus familiares, sin distinguir su condición de privados de libertad.
3.2. El artículo 139, inciso 22, de la Constitución Política del Perú orienta el régimen penitenciario a la resocialización, favorecida por la conservación del vínculo familiar.
3.3. El Reglamento del Código de Ejecución Penal, aprobado por Decreto Supremo N.° 015-2003-JUS, y las directivas del INPE facultan la coordinación entre establecimientos para casos especiales de comunicación familiar.

IV. MEDIOS PROBATORIOS

4.1. Documento que acredita el vínculo ([SUSTENTO_VINCULO]).
4.2. Datos de ubicación de ambos internos y sus respectivos códigos.

POR TANTO:
Pedimos a su Despacho autorizar y coordinar la comunicación solicitada.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________
[NOMBRE_INTERNO] / [NOMBRE_FAMILIAR]
DNI N.° [DNI_INTERNO] / [DNI_FAMILIAR]
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Cuándo usar este modelo

Usa esta solicitud cuando dos personas con vínculo de cónyuges, convivientes o familiares están recluidas en distintos establecimientos y quieren mantener comunicación entre sí. El pedido se apoya en el derecho del interno a comunicarse con sus familiares (artículo 37 del Código de Ejecución Penal, Decreto Legislativo N.° 654), en el fin resocializador del artículo 139, inciso 22, de la Constitución, y en la facultad de coordinación entre penales del Reglamento (Decreto Supremo N.° 015-2003-JUS).

Qué datos necesitas

  • Datos de ambos internos con sus Códigos y establecimientos.
  • Vínculo entre ellos y su sustento.
  • Modalidad solicitada: visita presencial coordinada, videollamada o comunicación escrita.
  • Constancia de que no existe impedimento de seguridad ni sanción vigente.
  • Datos del familiar que, en su caso, presenta el pedido.

Paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredita el vínculo entre los internos.
  2. Completa el modelo indicando ambos penales y la modalidad deseada.
  3. Presenta el escrito ante la Dirección del penal o la Oficina Regional del INPE.
  4. Solicita expresamente la coordinación entre establecimientos.
  5. Conserva el cargo y da seguimiento a la respuesta.

Errores comunes

  • No acreditar el vínculo entre ambos internos.
  • Pedir visita presencial sin considerar las restricciones de seguridad.
  • Dirigir el escrito a una sola Dirección cuando se requiere coordinación regional.
  • Omitir la modalidad alternativa (videollamada o carta) más viable.

Preguntas frecuentes

¿Es común autorizar visita presencial entre internos? Es excepcional y depende de la seguridad; a menudo se concede una modalidad a distancia como la videollamada o la comunicación escrita.

¿A quién se dirige el pedido? A la Dirección de los establecimientos y, por tratarse de dos penales, conviene involucrar a la Oficina Regional del INPE.

¿Necesito abogado? No es obligatorio, pero un abogado puede ayudar a sustentar mejor el vínculo y la modalidad solicitada.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de autorización de visita entre internos cónyuges o familiares en distintos penales

¿El modelo de solicitud de autorización de visita entre internos cónyuges o familiares en distintos penales es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-autorizacion-de-visita-entre-internos-conyuges-o-familiares-en-distintos-penales/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de autorización de visita entre internos cónyuges o familiares en distintos penales sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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