Acta de Celebración de Matrimonio Religioso y Constancia para los Contrayentes
Acta que deja constancia de la ceremonia religiosa celebrada por el ministro de culto, con datos de los contrayentes, testigos y advertencia sobre los efectos civiles del matrimonio.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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ACTA DE CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO RELIGIOSO Y CONSTANCIA PARA LOS CONTRAYENTES [NOMBRE_DE_LA_ENTIDAD_RELIGIOSA] Inscrita en el Registro de Entidades Religiosas con Registro N.° [NUMERO_DE_REGISTRO_RER] Libro de Matrimonios Religiosos - Acta N.° [NUMERO_DE_ACTA], Folio [NUMERO_DE_FOLIO] En [CIUDAD], distrito de [DISTRITO], siendo las [HORA_DE_LA_CEREMONIA] horas del día [FECHA_DE_LA_CEREMONIA], en el templo ubicado en [DIRECCION_DEL_TEMPLO], se celebró la ceremonia religiosa de matrimonio conforme al credo, doctrina y rito de esta entidad, oficiada por [NOMBRE_DEL_MINISTRO_OFICIANTE], ministro de culto acreditado mediante [DOCUMENTO_DE_ACREDITACION_DEL_MINISTRO]. I. CONTRAYENTES CONTRAYENTE 1: [NOMBRES_Y_APELLIDOS_DEL_CONTRAYENTE_1], identificado(a) con [TIPO_Y_NUMERO_DE_DOCUMENTO_1], nacido(a) el [FECHA_DE_NACIMIENTO_1], de estado civil [ESTADO_CIVIL_1], con domicilio en [DOMICILIO_1], hijo(a) de [NOMBRE_DEL_PADRE_1] y de [NOMBRE_DE_LA_MADRE_1]. CONTRAYENTE 2: [NOMBRES_Y_APELLIDOS_DEL_CONTRAYENTE_2], identificado(a) con [TIPO_Y_NUMERO_DE_DOCUMENTO_2], nacido(a) el [FECHA_DE_NACIMIENTO_2], de estado civil [ESTADO_CIVIL_2], con domicilio en [DOMICILIO_2], hijo(a) de [NOMBRE_DEL_PADRE_2] y de [NOMBRE_DE_LA_MADRE_2]. II. PREPARACIÓN PREVIA Los contrayentes participaron en [DESCRIPCION_DE_LA_PREPARACION: consejería prematrimonial, curso o entrevistas pastorales], concluida el [FECHA_DE_CONCLUSION_DE_LA_PREPARACION]. III. DECLARACIÓN DE VOLUNTAD Ante el ministro oficiante y la congregación reunida, cada contrayente manifestó libre y expresamente su voluntad de contraer matrimonio conforme al rito de esta entidad, pronunciando los votos correspondientes, sin coacción, condición ni reserva alguna. IV. TESTIGOS TESTIGO 1: [NOMBRE_DEL_TESTIGO_1], con DNI N.° [DNI_DEL_TESTIGO_1]. TESTIGO 2: [NOMBRE_DEL_TESTIGO_2], con DNI N.° [DNI_DEL_TESTIGO_2]. V. ADVERTENCIA SOBRE LOS EFECTOS CIVILES Se deja expresa constancia de que, conforme al ordenamiento jurídico peruano, los efectos civiles del matrimonio derivan del matrimonio civil celebrado ante la autoridad competente. El artículo 269 del Código Civil establece que para reclamar los efectos civiles del matrimonio debe presentarse copia certificada de la partida del registro del estado civil. En consecuencia, la presente acta acredita únicamente la celebración religiosa y no sustituye ni produce por sí sola los efectos civiles del matrimonio. Los contrayentes declaran haber sido informados de ello y manifiestan que su matrimonio civil [FUE_CELEBRADO_O_SERA_CELEBRADO] el [FECHA_DEL_MATRIMONIO_CIVIL], ante [AUTORIDAD_ANTE_QUIEN_SE_CELEBRA]. VI. MARCO NORMATIVO La presente ceremonia se celebra en ejercicio de la libertad religiosa reconocida en el artículo 2, inciso 3, de la Constitución Política del Perú, y del derecho de las entidades religiosas a realizar actos de culto y a que sus ministros ejerzan su ministerio, reconocido en el artículo 6 de la Ley N.° 29635, Ley de Libertad Religiosa. VII. CIERRE Concluida la ceremonia a las [HORA_DE_CIERRE] horas, se extiende la presente acta que firman los contrayentes, los testigos y el ministro oficiante, entregándose constancia a los contrayentes. _______________________ _______________________ [NOMBRES_Y_APELLIDOS_DEL_CONTRAYENTE_1] [NOMBRES_Y_APELLIDOS_DEL_CONTRAYENTE_2] _______________________ _______________________ [NOMBRE_DEL_TESTIGO_1] [NOMBRE_DEL_TESTIGO_2] _______________________________ [NOMBRE_DEL_MINISTRO_OFICIANTE] Ministro de culto de [NOMBRE_DE_LA_ENTIDAD_RELIGIOSA]
Cuándo usar este modelo
Es el documento que la iglesia extiende cuando celebra una boda religiosa. Sirve para el libro de matrimonios de la congregación y para entregar a los novios la constancia que suelen pedir después: para trámites internos de la denominación, para acreditar la celebración ante una parroquia o iglesia de destino cuando se mudan, o simplemente como registro de la ceremonia.
La sección quinta es la razón por la que este modelo existe. Un número enorme de parejas en el Perú se casa solo por la iglesia y descubre años más tarde, en una sucesión, un trámite de EsSalud o una separación, que civilmente nunca estuvieron casadas. Que el acta lo advierta por escrito, y que los contrayentes lo firmen, es un acto de honestidad pastoral que evita ese daño.
Marco legal en el Perú
La celebración religiosa está amparada por el artículo 2, inciso 3, de la Constitución Política del Perú y por el artículo 6 de la Ley N.° 29635, Ley de Libertad Religiosa, que reconoce a las entidades religiosas el derecho de realizar actos de culto y a que sus ministros ejerzan libremente su ministerio. Ninguna autoridad puede impedir ni condicionar la ceremonia.
Ahora bien, en el ordenamiento peruano el matrimonio con efectos civiles es el regulado por el Código Civil. El artículo 259 establece la formalidad de su celebración ante la autoridad competente, con la extensión del acta de casamiento firmada por los contrayentes y los testigos. Y el artículo 269 es categórico: para reclamar los efectos civiles del matrimonio debe presentarse copia certificada de la partida del registro del estado civil.
La consecuencia práctica es directa: el matrimonio religioso, por sí solo, no genera sociedad de gananciales, no otorga vocación hereditaria como cónyuge, no habilita la inscripción como derechohabiente ni produce los demás efectos civiles. Por eso el acta lo advierte de manera expresa y consigna si el matrimonio civil ya se celebró o cuándo se celebrará.
Cómo completar la plantilla
Lleva un libro de matrimonios religiosos numerado y correlativo; el acta se transcribe allí y se entrega copia a la pareja.
- Verifica la identidad de los contrayentes con documento vigente y consigna su estado civil real.
- Registra el nombre del ministro oficiante y el documento que lo acredita como tal.
- Consigna dos testigos con nombre completo y DNI.
- No omitas ni suavices la sección quinta: es la parte que más protege a la pareja.
- Si el matrimonio civil aún no se celebra, anota la fecha proyectada y haz seguimiento pastoral.
- Conserva el libro con acceso restringido: contiene datos sensibles bajo la Ley N.° 29733.
Preguntas frecuentes
¿El matrimonio religioso vale legalmente en el Perú?
Crea el vínculo religioso conforme al credo de la entidad, pero no produce por sí solo efectos civiles. El artículo 269 del Código Civil exige la partida del registro del estado civil para reclamar esos efectos. Quien se casa solo por la iglesia sigue siendo soltero para el derecho civil.
¿Puede el ministro celebrar el matrimonio civil?
No por su sola condición de ministro de culto. La celebración del matrimonio civil corresponde a la autoridad que la ley señala, conforme al artículo 259 del Código Civil. Lo habitual es que la pareja celebre primero el matrimonio civil y luego la ceremonia religiosa.
¿Qué pasa si la pareja se separa después de la boda religiosa?
Si no hubo matrimonio civil, no hay divorcio que tramitar, pero pueden existir consecuencias patrimoniales y familiares que se resuelven por otras vías, como el reconocimiento de unión de hecho o los procesos de alimentos y tenencia. La disolución del vínculo religioso se rige por la normativa interna de cada confesión.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta de celebración de matrimonio religioso y constancia para los contrayentes
¿El modelo de acta de celebración de matrimonio religioso y constancia para los contrayentes es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-de-celebracion-de-matrimonio-religioso-y-constancia-para-los-contrayentes/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de acta de celebración de matrimonio religioso y constancia para los contrayentes sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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