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Entidades Religiosas

Solicitud de Constancia de Inscripción en el Registro de Entidades Religiosas

Solicitud para que el MINJUSDH expida la constancia de inscripción vigente de una entidad religiosa en el RER, requerida por bancos, SUNAT, Migraciones y municipalidades.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE ENTIDADES RELIGIOSAS

SUMILLA: Solicita constancia de inscripción vigente en el Registro de Entidades Religiosas.

SEÑOR DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN ENCARGADA DEL REGISTRO DE ENTIDADES RELIGIOSAS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

[DENOMINACIÓN_DE_LA_ENTIDAD], entidad religiosa inscrita en el Registro de Entidades Religiosas con partida N.° [NÚMERO_DE_PARTIDA_RER], con RUC N.° [RUC] y domicilio para estos efectos en [DIRECCIÓN], distrito de [DISTRITO], provincia y departamento de [DEPARTAMENTO], representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI], en calidad de [CARGO_DEL_REPRESENTANTE]; ante usted respetuosamente expongo:

I. PETITORIO

En ejercicio del derecho de petición reconocido en el inciso 20 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú y conforme al TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, solicito se sirva EXPEDIR LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN VIGENTE de nuestra entidad en el Registro de Entidades Religiosas a cargo de vuestro despacho.

II. FUNDAMENTOS

PRIMERO: Nuestra entidad obtuvo su inscripción en el Registro de Entidades Religiosas con fecha [FECHA_DE_INSCRIPCIÓN], al haber acreditado los requisitos exigidos por la Ley N.° 29635, Ley de Libertad Religiosa, y su Reglamento.

SEGUNDO: La constancia solicitada resulta necesaria para el siguiente trámite: [FINALIDAD_DE_LA_CONSTANCIA: apertura de cuenta bancaria institucional, gestión ante la SUNAT, trámite migratorio de ministro de culto extranjero, solicitud de beneficios tributarios municipales u otro], gestión que exige acreditar de manera fehaciente la condición de entidad religiosa inscrita y la vigencia de dicha inscripción.

TERCERO: La información cuya certificación se solicita obra en los archivos del propio Registro, por lo que la expedición de la constancia constituye un acto de simple verificación documental que no requiere actuación probatoria adicional del administrado.

III. ANEXOS

1-A: Copia del DNI del representante legal.
1-B: Vigencia de poder expedida por SUNARP con una antigüedad no mayor de treinta (30) días.
1-C: Comprobante de pago de la tasa correspondiente por la suma de S/ [MONTO_DE_LA_TASA], de ser exigible conforme al TUPA de la entidad.

POR TANTO:

Solicito a usted acceder a lo peticionado y disponer la entrega de la constancia en el domicilio señalado o su remisión a la casilla electrónica [CORREO_ELECTRÓNICO], conforme autorizo expresamente.

[CIUDAD], [FECHA].

________________________________
[NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE]
DNI N.° [DNI]
[CARGO_DEL_REPRESENTANTE] de [DENOMINACIÓN_DE_LA_ENTIDAD]
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Cuándo usar este modelo

Usa esta solicitud cuando tu entidad religiosa necesita acreditar documentalmente que está inscrita y vigente en el Registro de Entidades Religiosas (RER) del MINJUSDH. La constancia es el documento que suelen exigir los bancos para abrir o mantener cuentas institucionales, la Superintendencia Nacional de Migraciones en los trámites de calidad migratoria de ministros extranjeros, las municipalidades al evaluar beneficios tributarios sobre templos, y hospitales o penales al acreditar agentes pastorales. También la piden algunas notarías al elevar actos de la entidad a escritura pública. Como todo certificado administrativo, conviene solicitarla poco antes del trámite de destino, porque las instituciones acostumbran exigir constancias con pocas semanas de antigüedad.

Marco legal en el Perú

El Registro de Entidades Religiosas se sustenta en la Ley N.° 29635, Ley de Libertad Religiosa, y su Reglamento, que encargan al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la inscripción y publicidad de las entidades religiosas distintas de la Iglesia católica. La expedición de constancias se canaliza mediante el derecho de petición reconocido en el inciso 20 del artículo 2 de la Constitución Política y se tramita conforme al TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que obliga a la administración a responder dentro del plazo legal. Si el TUPA del ministerio prevé una tasa por la expedición, su pago se acredita con el comprobante correspondiente; la entidad no puede exigir requisitos no previstos en dicho instrumento.

Cómo completar la plantilla

El formato ya contiene la estructura de una petición administrativa completa; solo debes reemplazar los corchetes con los datos de tu entidad y del trámite de destino.

  • Consigna el número de partida del RER y la fecha de inscripción que figuran en tu constancia original.
  • Explica la finalidad concreta: trámite bancario, migratorio, municipal o tributario; ayuda a la atención célere.
  • Adjunta vigencia de poder del representante con antigüedad no mayor de treinta días.
  • Autoriza la notificación al correo electrónico institucional para recibir la constancia con mayor rapidez.
  • Presenta la solicitud por la mesa de partes física o virtual del MINJUSDH y guarda el cargo con número de expediente.

Preguntas frecuentes

¿La constancia del RER reemplaza a la vigencia de poder de SUNARP?

No. Son documentos complementarios: la constancia del RER acredita la condición de entidad religiosa inscrita ante el MINJUSDH, mientras que la vigencia de poder de SUNARP acredita quién representa legalmente a la entidad y con qué facultades. Los bancos y notarías suelen pedir ambos, así que conviene tramitarlos en paralelo para que ninguno pierda actualidad.

¿Cuánto demora la entrega de la constancia?

Al tratarse de la certificación de información que ya obra en los archivos del registro, el trámite es de atención breve; el TUO de la Ley N.° 27444 fija los plazos máximos de los procedimientos administrativos y el TUPA del ministerio precisa el aplicable. Si la entidad no responde dentro del plazo, puedes presentar un escrito de requerimiento invocando el expediente y, de persistir la omisión, activar la queja por defecto de tramitación.

Cómo presentar solicitud de constancia de inscripción en el registro de entidades religiosas: paso a paso

  1. Identifica el acto y el plazo. Ubica la resolución, notificación o hecho que motiva tu escrito y anota su número y fecha. Los plazos administrativos corren en días hábiles desde el día siguiente de notificado.
  2. Reúne los medios probatorios. Junta copia del documento impugnado, tu DNI o poder de representación, y toda la documentación que sustente lo que pides.
  3. Completa el escrito. Descarga el formato en Word y llena los campos entre corchetes: datos del administrado, número de expediente, fundamentos de hecho y lo que solicitas de forma concreta.
  4. Presenta por mesa de partes. Ingrésalo por la mesa de partes de la entidad, física o virtual. Conserva el cargo con número de registro y fecha: es tu prueba de haber cumplido el plazo.
  5. Haz seguimiento. Revisa el estado del expediente en el portal de la entidad. Si vence el plazo legal sin respuesta, evalúa el silencio administrativo o el recurso que corresponda.
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de constancia de inscripción en el registro de entidades religiosas

¿El modelo de solicitud de constancia de inscripción en el registro de entidades religiosas es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-constancia-de-inscripcion-en-el-registro-de-entidades-religiosas/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de constancia de inscripción en el registro de entidades religiosas sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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