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Asociativo

Acta de Constitución de Comité

Acta de constitución de comité destinado a recaudación pública con fin altruista conforme al Art. 111 y Art. 112 del Código Civil, inscribible con firmas legalizadas.

Actualizado al 23 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ACTA DE CONSTITUCIÓN DE COMITÉ

COMITÉ: [NOMBRE_COMITE]
FIN ALTRUISTA: [FIN_ALTRUISTA]

En la ciudad de [CIUDAD], siendo las [HORA] horas del [FECHA], se reunieron las personas que suscriben con el objeto de constituir un comité conforme al Art. 111 del Código Civil, que define al comité como la organización de personas dedicada a la recaudación pública de aportes destinados a una finalidad altruista.

PRIMERO: ACUERDO DE CONSTITUCIÓN
Los fundadores acuerdan por unanimidad constituir el comité denominado [NOMBRE_COMITE], cuyo fin altruista es [FIN_ALTRUISTA].

SEGUNDO: ACTO CONSTITUTIVO Y ESTATUTO
Conforme al Art. 111 del Código Civil, el acto constitutivo y el estatuto del comité pueden constar, para su inscripción registral, en documento privado con legalización notarial de las firmas de los fundadores. Se aprueba el estatuto que regula el funcionamiento del comité.

TERCERO: PATRIMONIO Y RECAUDACIÓN
El comité recaudará aportes del público destinados al fin altruista. Conforme al Art. 116 del Código Civil, el consejo directivo es responsable de la conservación y aplicación de los aportes a la finalidad anunciada, así como de las rendiciones de cuentas.

CUARTO: ÓRGANOS Y CONSEJO DIRECTIVO
Se elige el consejo directivo del comité, integrado por:
Presidente: [NOMBRE_PRESIDENTE], DNI [DNI_PRESIDENTE]
Secretario: [NOMBRE_SECRETARIO], DNI [DNI_SECRETARIO]
Tesorero: [NOMBRE_TESORERO], DNI [DNI_TESORERO]

QUINTO: DURACIÓN Y DESTINO
El comité tiene una duración de [PLAZO_COMITE]. Cumplida la finalidad o vencido el plazo, el saldo recaudado se entregará a [DESTINO_SALDO], conforme al Art. 122 del Código Civil que regula el destino del haber neto del comité disuelto, a falta de lo cual decide la Sala Civil de la Corte Superior.

SEXTO: FACULTADES
Se faculta a [NOMBRE_APODERADO], DNI [DNI_APODERADO], para inscribir el comité en el Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP.

No habiendo más asuntos, se cerró la sesión a las [HORA_CIERRE] horas.

_______________________
[NOMBRE_PRESIDENTE]
Presidente del Comité

_______________________
[NOMBRE_SECRETARIO]
Secretario

Cuando usar este modelo

Esta acta constituye un comité, organización de personas dedicada a la recaudación pública de aportes destinados a una finalidad altruista, conforme al Art. 111 del Código Civil. Se usa para campañas solidarias, colectas, ayuda humanitaria o cualquier fin no lucrativo que requiera reunir fondos del público. El comité se constituye mediante documento con firmas legalizadas según el Art. 112 del Código Civil, y sus gestores responden de la conservación y correcta aplicación de los fondos recaudados ante el público y el Ministerio Público.

Que datos necesitas

  • Denominación del comité y la finalidad altruista concreta que persigue.
  • Nombres y documentos de identidad de los miembros fundadores.
  • Domicilio del comité y ámbito de la recaudación.
  • Órgano directivo encargado de la gestión y rendición de cuentas.
  • Destino de los fondos y del eventual haber neto al concluir la finalidad.

Paso a paso

  1. Reúne a los fundadores y define la finalidad altruista conforme al Art. 111 del Código Civil.
  2. Redacta el acta con la denominación, el fin, los aportes esperados y el órgano directivo.
  3. Regula la recaudación pública y el destino exclusivo de los fondos a la finalidad declarada.
  4. Legaliza las firmas de los constituyentes conforme al Art. 112 del Código Civil.
  5. Prevé la rendición de cuentas al Ministerio Público y el destino del haber neto final.

Errores comunes

  • Confundir el comité con la asociación: el comité se orienta a la recaudación pública con fin altruista.
  • No legalizar las firmas, requisito de forma del Art. 112 del Código Civil.
  • Destinar los fondos a fines distintos del declarado, lo que genera responsabilidad de los gestores.
  • Omitir la previsión de rendición de cuentas y del destino del haber neto.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia al comité de la asociación? El comité se dedica a la recaudación pública de aportes para un fin altruista, mientras la asociación es una organización estable de personas con fines diversos no lucrativos.

¿Necesita escritura pública? No necesariamente; el Art. 112 del Código Civil admite su constitución por documento con firmas legalizadas, aunque puede inscribirse para mayor formalidad.

¿Ante quién se rinde cuentas? El comité rinde cuentas de lo recaudado ante el Ministerio Público, que vela por la correcta aplicación de los fondos del público.

¿Qué ocurre con el dinero sobrante? El haber neto que quede al cumplir o frustrarse la finalidad se destina a fines análogos, conforme a las reglas del Código Civil para el comité.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta de constitución de comité

¿El modelo de acta de constitución de comité es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-de-constitucion-de-comite/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de acta de constitución de comité sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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