Acuerdo de Confidencialidad y Exclusividad para Due Diligence en Compraventa de Empresa (NDA + No-Shop)
Modelo de acuerdo de confidencialidad y exclusividad (NDA + no-shop) para el proceso de due diligence en la compraventa de una empresa, conforme al artículo 1354 del Código Civil sobre libertad contractual.
Actualizado al 25 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y EXCLUSIVIDAD PARA DUE DILIGENCE EN COMPRAVENTA DE EMPRESA (NDA + NO-SHOP) Conste por el presente documento el ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y EXCLUSIVIDAD (NDA + NO-SHOP), que celebran de una parte [RAZON_SOCIAL_DEL_VENDEDOR], con RUC N° [RUC_VENDEDOR], debidamente representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_VENDEDOR], a quien en adelante se denominará LA PARTE REVELADORA; y de la otra parte [NOMBRE_O_RAZON_SOCIAL_DEL_COMPRADOR], con DNI/RUC N° [NUMERO_DOCUMENTO_COMPRADOR], a quien en adelante se denominará LA PARTE RECEPTORA; en el marco del proceso de evaluación para la eventual adquisición de [RAZON_SOCIAL_DE_LA_EMPRESA_OBJETIVO], en los términos siguientes: PRIMERO.- OBJETO LA PARTE REVELADORA pondrá a disposición de LA PARTE RECEPTORA información financiera, contable, legal, laboral, tributaria, comercial y técnica de LA SOCIEDAD, con la finalidad exclusiva de que esta última realice el proceso de due diligence previo a una eventual compraventa, al amparo de la libertad contractual del artículo 1354 del Código Civil. SEGUNDO.- DEFINICIÓN DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL Se considera Información Confidencial toda información, documentación, dato o antecedente, en cualquier formato o soporte, relacionado con LA SOCIEDAD, entregado antes o después de la firma del presente acuerdo, con excepción de aquella que sea de dominio público sin culpa de LA PARTE RECEPTORA. TERCERO.- OBLIGACIONES DE CONFIDENCIALIDAD LA PARTE RECEPTORA se obliga a: (i) mantener estricta reserva sobre la Información Confidencial; (ii) utilizarla únicamente para los fines del proceso de due diligence; (iii) restringir su acceso a los asesores, funcionarios y empleados que la requieran, quienes deberán asumir obligaciones equivalentes; y (iv) no revelarla a terceros sin autorización previa y escrita de LA PARTE REVELADORA. CUARTO.- CLÁUSULA DE EXCLUSIVIDAD (NO-SHOP) Durante el plazo de [PLAZO_DE_EXCLUSIVIDAD] días calendario contados desde la suscripción del presente acuerdo, LA PARTE REVELADORA se obliga a no negociar, solicitar, promover ni aceptar propuestas de terceros para la venta total o parcial de LA SOCIEDAD, ni a proporcionarles información con dicho fin. QUINTO.- DEVOLUCIÓN O DESTRUCCIÓN DE LA INFORMACIÓN Concluido el proceso de due diligence sin que se llegue a suscribir el contrato definitivo, LA PARTE RECEPTORA se obliga a devolver o destruir, a elección de LA PARTE REVELADORA, toda la Información Confidencial en su poder, dentro de un plazo de [PLAZO_DE_DEVOLUCION] días, dejando constancia escrita de ello. SEXTO.- EXCEPCIONES A LA CONFIDENCIALIDAD Las obligaciones del presente acuerdo no aplican a la información que: (i) sea de conocimiento público sin infracción del presente acuerdo; (ii) deba divulgarse por mandato legal o de autoridad competente, previa notificación a LA PARTE REVELADORA; o (iii) haya sido desarrollada independientemente por LA PARTE RECEPTORA. SÉTIMO.- VIGENCIA Las obligaciones de confidencialidad establecidas en el presente acuerdo permanecerán vigentes durante [PLAZO_DE_VIGENCIA_CONFIDENCIALIDAD] años contados desde su suscripción, independientemente de que se concrete o no la operación de compraventa. OCTAVO.- PENALIDAD El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de confidencialidad o exclusividad establecidas en el presente acuerdo dará lugar al pago de una penalidad de S/ [MONTO_DE_PENALIDAD], sin perjuicio de la indemnización por los daños adicionales que se acrediten, conforme al artículo 1341 del Código Civil. NOVENO.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN El presente acuerdo se rige por las leyes de la República del Perú, sometiéndose las partes a la jurisdicción de los jueces de [CIUDAD]. En señal de conformidad, las partes suscriben el presente acuerdo en la ciudad de [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO]. _______________________________ _______________________________ LA PARTE REVELADORA LA PARTE RECEPTORA [RAZON_SOCIAL_DEL_VENDEDOR] [NOMBRE_O_RAZON_SOCIAL_DEL_COMPRADOR] RUC N° [RUC_VENDEDOR] DNI/RUC N° [NUMERO_DOCUMENTO_COMPRADOR]
Cuándo usar este modelo
Utiliza este acuerdo cuando el vendedor de una empresa entrega información confidencial a un potencial comprador para que este realice su due diligence, y ambas partes desean asegurar la reserva de dicha información y comprometer al vendedor a no negociar con terceros durante el proceso, al amparo del artículo 1354 del Código Civil.
Qué datos necesitas
- Datos de la parte reveladora y de la parte receptora de la información.
- Definición del alcance de la información confidencial a compartir.
- Plazo de exclusividad (no-shop) y plazo de vigencia de la confidencialidad.
- Plazo para la devolución o destrucción de la información al concluir el proceso.
- Monto de la penalidad en caso de incumplimiento.
Paso a paso
- Identifica a las partes y define el alcance de la información confidencial a compartir.
- Establece el plazo de exclusividad y la vigencia de las obligaciones de confidencialidad.
- Precisa las excepciones a la confidencialidad y el destino de la información al concluir la revisión.
- Firma el acuerdo antes de compartir cualquier información sensible de la sociedad.
- Verifica el cumplimiento de la exclusividad durante todo el proceso de due diligence.
Errores comunes
- No definir un plazo de exclusividad, permitiendo que el vendedor negocie en paralelo con terceros.
- Omitir el destino de la información confidencial si la operación no se concreta.
- No establecer una penalidad disuasiva ante el incumplimiento de la exclusividad.
- Compartir información sensible antes de la firma del acuerdo de confidencialidad.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la cláusula no-shop? Es la obligación del vendedor de no negociar, promover ni aceptar propuestas de terceros durante el plazo de exclusividad pactado.
¿Qué pasa si la operación no se concreta? La parte receptora debe devolver o destruir la información confidencial recibida dentro del plazo establecido en el acuerdo.
¿Este acuerdo reemplaza al contrato definitivo de compraventa? No, es un acuerdo previo que protege la información y asegura exclusividad durante la etapa de evaluación.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de acuerdo de confidencialidad y exclusividad para due diligence en compraventa de empresa (nda + no-shop)
¿El modelo de acuerdo de confidencialidad y exclusividad para due diligence en compraventa de empresa (nda + no-shop) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acuerdo-de-confidencialidad-y-exclusividad-para-due-diligence-en-compraventa-de-empresa-nda-no-shop/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de acuerdo de confidencialidad y exclusividad para due diligence en compraventa de empresa (nda + no-shop) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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