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Acuerdo de Tratamiento de Datos Personales entre Corresponsables

Define las obligaciones, finalidades y responsabilidades entre dos o más organizaciones que deciden conjuntamente sobre el tratamiento de datos personales, conforme a la Ley 29733 y el Reglamento D.S. 016-2024-JUS.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ACUERDO DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES ENTRE CORRESPONSABLES

Conste por el presente documento el Acuerdo de Tratamiento de Datos Personales entre Corresponsables que celebran:

De una parte, [NOMBRE_CORRESPONSABLE_1], con RUC N° [RUC_CORRESPONSABLE_1], domicilio en [DIRECCION_CORRESPONSABLE_1], representada por [REPRESENTANTE_1], a quien se denomina CORRESPONSABLE 1.

De la otra parte, [NOMBRE_CORRESPONSABLE_2], con RUC N° [RUC_CORRESPONSABLE_2], domicilio en [DIRECCION_CORRESPONSABLE_2], representada por [REPRESENTANTE_2], a quien se denomina CORRESPONSABLE 2.

En los términos y condiciones siguientes:

PRIMERA: ANTECEDENTES
Las partes deciden de manera conjunta sobre las finalidades y los medios del tratamiento de los datos personales descritos en este acuerdo, por lo que asumen la condición de corresponsables conforme a la Ley 29733 y su Reglamento aprobado por D.S. 016-2024-JUS.

SEGUNDA: OBJETO
El presente acuerdo regula las obligaciones, responsabilidades y funciones de cada corresponsable respecto del tratamiento conjunto de los datos personales de [DESCRIPCION_DE_LOS_TITULARES], para la finalidad de [FINALIDAD_DEL_TRATAMIENTO].

TERCERA: DATOS Y FINALIDADES
Las categorías de datos tratados son: [CATEGORIAS_DE_DATOS]. La finalidad y la base de licitud del tratamiento es: [BASE_DE_LICITUD]. Queda prohibido tratar los datos para finalidades distintas a las pactadas.

CUARTA: REPARTO DE RESPONSABILIDADES
1. El CORRESPONSABLE 1 asume: [RESPONSABILIDADES_CORRESPONSABLE_1].
2. El CORRESPONSABLE 2 asume: [RESPONSABILIDADES_CORRESPONSABLE_2].
3. La atención de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los titulares estará a cargo de [RESPONSABLE_DE_ATENDER_DERECHOS], sin perjuicio de que el titular pueda dirigirse a cualquiera de los corresponsables.

QUINTA: MEDIDAS DE SEGURIDAD
Cada corresponsable implementara medidas técnicas, organizativas y legales para garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos, conforme a la Ley 29733 y su Reglamento, e impedira el acceso no autorizado.

SEXTA: NOTIFICACIÓN DE BRECHAS
Ante una brecha de seguridad, el corresponsable que la detecte la comunicará al otro dentro de las [HORAS_PARA_NOTIFICAR] horas y se cooperara para notificarla a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales y a los titulares afectados en los plazos del Reglamento.

SÉPTIMA: TRANSFERENCIAS
Toda transferencia o flujo transfronterizo de datos requiere acuerdo previo de las partes y el cumplimiento de las garantías exigidas por la Ley 29733 y el D.S. 016-2024-JUS.

OCTAVA: CONSERVACIÓN Y DEVOLUCIÓN
Concluido el tratamiento o el presente acuerdo, los datos serán [DESTINO_DE_LOS_DATOS], salvo obligación legal de conservación.

NOVENA: RESPONSABILIDAD
Cada corresponsable responderá frente a los titulares y la Autoridad por los incumplimientos que le sean imputables. La parte que cause un daño por dolo o negligencia indemnizara a la otra por los perjuicios derivados.

DÉCIMA: VIGENCIA Y LEY APLICABLE
El acuerdo rige desde el [FECHA_DE_INICIO] hasta [FECHA_DE_FIN_O_INDETERMINADO]. Se rige por la Ley 29733 y su Reglamento. Las controversias se someten a [MECANISMO_DE_SOLUCION].

En señal de conformidad, las partes suscriben el presente acuerdo en [LUGAR], el [FECHA].


__________________________          __________________________
CORRESPONSABLE 1                     CORRESPONSABLE 2
[REPRESENTANTE_1]                    [REPRESENTANTE_2]
[RUC_CORRESPONSABLE_1]               [RUC_CORRESPONSABLE_2]
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Este acuerdo es el contrato que firman dos o más organizaciones cuando deciden juntas para qué y cómo tratar datos personales, es decir, cuando actúan como corresponsables del tratamiento. A diferencia de la relación con un simple encargado que solo ejecuta instrucciones, aquí ambas partes definen conjuntamente los fines y los medios, por lo que comparten responsabilidad frente a los titulares y la autoridad. El documento reparte obligaciones, define quién atiende los derechos de las personas y blinda a las empresas frente a sanciones por incumplimiento.

Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo

Lo suscriben las empresas o entidades que comparten una operación con datos, por ejemplo dos compañías que lanzan una plataforma conjunta, una alianza de fidelización, un programa compartido de clientes o un proyecto que cruza bases de datos. Conviene usarlo siempre que más de una organización decida realmente sobre los datos, porque sin el acuerdo cada una queda expuesta y ante un reclamo nadie sabe quién responde. No es para la relación con proveedores que solo procesan por cuenta tuya, ese caso requiere un contrato de encargo de tratamiento.

Base legal vigente

  • Decreto Supremo 016-2024-JUS, Reglamento de la Ley 29733, vigente desde el 30 de marzo de 2025, regula la figura de los corresponsables y el reparto de obligaciones del tratamiento.
  • Ley 29733, Art. 28, obligaciones del responsable del tratamiento que cada corresponsable asume.
  • Ley 29733, Art. 6, principio de seguridad, que obliga a adoptar medidas técnicas y organizativas adecuadas.

Qué datos y documentos necesitas a la mano

  • La identificación completa de cada corresponsable (razón social, RUC, representante legal).
  • La descripción del tratamiento conjunto, sus fines, las categorías de datos y de titulares.
  • El reparto de roles, quién atiende los derechos ARCO y quién implementa la seguridad.
  • El detalle de las medidas de seguridad, los plazos de conservación y el destino de los datos al terminar.

Cómo presentarlo paso a paso

  1. Define con la otra parte los fines y medios comunes del tratamiento, eso confirma que son corresponsables.
  2. Redacta el acuerdo precisando obligaciones, punto de contacto para los titulares y régimen de responsabilidad.
  3. Incluye las medidas de seguridad, el procedimiento ante brechas de datos y los plazos de conservación.
  4. Firma el documento por los representantes legales de cada parte y consérvalo como sustento de cumplimiento.
  5. Mantén el acuerdo disponible para la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, que puede requerirlo en una fiscalización.

Errores comunes a evitar

  • Confundir corresponsabilidad con encargo, son figuras distintas con documentos distintos.
  • No designar quién atiende los derechos de los titulares, dejando al ciudadano sin interlocutor.
  • Omitir el protocolo ante una brecha de seguridad y los plazos para notificarla.
  • Dejar sin definir el destino de los datos cuando termina la colaboración.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre corresponsable y encargado?

El corresponsable decide junto con otro los fines y medios del tratamiento, el encargado solo ejecuta instrucciones por cuenta del responsable. El Reglamento de la Ley 29733 (DS 016-2024-JUS) trata cada figura de forma diferente.

¿Ante quién reclama el titular si hay dos responsables?

El acuerdo debe designar un punto de contacto, pero el titular puede ejercer sus derechos frente a cualquiera de los corresponsables, conforme al Reglamento de la Ley 29733.

¿Es obligatorio tener este acuerdo por escrito?

Es altamente recomendable y prácticamente exigible para acreditar el cumplimiento. Sin él, cada parte queda expuesta a sanciones de la ANPD por no demostrar cómo reparte responsabilidades sobre los datos.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de acuerdo de tratamiento de datos personales entre corresponsables

¿El modelo de acuerdo de tratamiento de datos personales entre corresponsables es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acuerdo-de-tratamiento-de-datos-personales-entre-corresponsables/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de acuerdo de tratamiento de datos personales entre corresponsables sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

Modelos relacionados

Acuerdo de Encargo de Tratamiento de Datos Personales

Contrato entre el titular del banco de datos y el encargado que trata datos por cuenta de aquel, fijando obligaciones de seguridad y confidencialidad. Se sustenta en la Ley 29733 y su Reglamento aprobado por D.S. 016-2024-JUS.

Consentimiento para Tratamiento de Datos Personales (Ley 29733)

Formato de consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco para tratamiento de datos personales conforme al Art. 13 de la Ley 29733 y su reglamento D.S. 016-2024-JUS.

Carta de Revocación del Consentimiento para el Tratamiento de Datos Personales

Revoca el consentimiento que otorgaste para el tratamiento de tus datos personales, conforme al Art. 13.5 de la Ley 29733 y al Reglamento D.S. 016-2024-JUS.

Carta de Consentimiento Informado para Tratamiento de Datos Personales de Menores de Edad

Consentimiento otorgado por el padre, madre o tutor para el tratamiento de datos personales de un menor de edad, conforme a la Ley 29733 y el Reglamento D.S. 016-2024-JUS (consentimiento de los padres para menores de 14 años).

Solicitud de Oposición al Tratamiento de Datos Personales ante el Responsable del Banco de Datos

Solicitud para ejercer el derecho de oposición y que una empresa o entidad deje de tratar tus datos personales por un motivo legítimo, conforme a la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su reglamento.

Aviso de Privacidad y Tratamiento de Datos para Sitio Web

Texto de aviso de privacidad para sitio web o app que informa al usuario qué datos se recaban, con qué finalidad y cómo ejercer sus derechos. Se sustenta en la Ley 29733 y su Reglamento D.S. 016-2024-JUS.

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