Autorización Notarial de Viaje de Menor Dentro del Perú
Autorización notarial para que un menor de edad viaje dentro del territorio peruano sin la compañía de uno o ambos padres. Cumple Art. 111 al 117 del Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337). Requerida en aeropuertos y controles interregionales.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
El archivo .docx se genera en tu propio navegador, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.
MINUTA DE AUTORIZACIÓN NOTARIAL DE VIAJE DE MENOR DE EDAD DENTRO DEL TERRITORIO PERUANO SEÑOR NOTARIO: Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas una de AUTORIZACIÓN DE VIAJE DE MENOR DE EDAD DENTRO DEL PERÚ que otorga(n): [ ] [NOMBRE_PADRE], identificado(a) con DNI N° [DNI_PADRE], de estado civil [ESTADO_CIVIL_PADRE], con domicilio en [DOMICILIO_PADRE], en su calidad de PADRE del menor que se nombra a continuación. [ ] [NOMBRE_MADRE], identificada con DNI N° [DNI_MADRE], de estado civil [ESTADO_CIVIL_MADRE], con domicilio en [DOMICILIO_MADRE], en su calidad de MADRE del menor que se nombra a continuación. A favor del menor: [NOMBRE_HIJO], identificado(a) con DNI N° [DNI_HIJO], de [EDAD] años de edad, nacido(a) el [FECHA_NACIMIENTO], cuya filiación se acredita con la copia certificada de la partida de nacimiento RENIEC N° [N_PARTIDA] que se inserta a la presente. En los términos siguientes: PRIMERA.- DECLARACIÓN DE PATRIA POTESTAD 1.1. El/los otorgante/s declara/n ejercer válidamente la patria potestad del menor antes nombrado, conforme al Art. 419 del Código Civil y los Arts. 74 al 78 del Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337). 1.2. No existe resolución judicial vigente que suspenda, restrinja o extinga la patria potestad de ninguno de los firmantes. SEGUNDA.- AUTORIZACIÓN EXPRESA DE VIAJE 2.1. El/los otorgante/s AUTORIZA/N expresamente al menor [NOMBRE_HIJO] a viajar dentro del TERRITORIO NACIONAL PERUANO, desde la ciudad de [CIUDAD_ORIGEN] a la ciudad de [CIUDAD_DESTINO] (y eventuales escalas: [ESCALAS_SI_APLICA]), durante el periodo comprendido entre el [FECHA_INICIO_VIAJE] y el [FECHA_FIN_VIAJE], inclusive. 2.2. El viaje se realizará por vía [INDICAR: aérea, terrestre, fluvial o lacustre] mediante [MEDIO_DE_TRANSPORTE: aerolínea/operador, número de vuelo, empresa de transporte]. 2.3. El menor viajará [INDICAR_MODALIDAD]: [ ] SOLO (sin acompañante adulto). Bajo cuidado del personal autorizado de la aerolínea o empresa de transporte. [ ] EN COMPAÑÍA DE: [NOMBRE_ACOMPAÑANTE], identificado(a) con DNI N° [DNI_ACOMPAÑANTE], en su calidad de [PARENTESCO_O_RELACION: tío, abuelo, maestro, hermano mayor, otro acompañante adulto autorizado]. [ ] EN GRUPO ORGANIZADO POR: [INSTITUCION_EDUCATIVA / CLUB DEPORTIVO / IGLESIA / OTRO], cuya responsabilidad asume [NOMBRE_RESPONSABLE_DEL_GRUPO], identificado con DNI N° [DNI_RESPONSABLE_GRUPO]. TERCERA.- ALCANCE Y LIMITACIONES 3.1. La presente autorización rige EXCLUSIVAMENTE para viajes dentro del territorio peruano. Para viajes al exterior del Perú, los otorgantes deberán suscribir una autorización notarial específica conforme al Art. 111 al 117 del Código de los Niños y Adolescentes. 3.2. La autorización incluye: a) Embarque y desembarque en aeropuertos, terrapuertos y puertos peruanos. b) Pernoctación en hoteles, casas familiares u hospedajes durante el viaje. c) Asistencia médica de urgencia en caso necesario. d) Atención de servicios públicos peruanos (salud, transporte, alimentación). 3.3. No se autoriza al menor a viajar al extranjero ni a salir del territorio peruano bajo esta autorización. CUARTA.- RESPONSABILIDAD DURANTE EL VIAJE 4.1. La responsabilidad civil del menor durante el viaje recae solidariamente en los padres y, en su caso, en el acompañante autorizado. 4.2. Los padres se reservan el derecho a revocar esta autorización en cualquier momento mediante comunicación notarial fehaciente al destinatario y a las autoridades competentes. QUINTA.- VIGENCIA La presente autorización tiene vigencia limitada al periodo del viaje descrito en la cláusula 2.1. Vencido dicho periodo, la autorización quedará automáticamente sin efecto. Para nuevos viajes se requerirá una autorización notarial distinta. Sírvase usted, señor notario, agregar la introducción y conclusión de ley, así como insertar los siguientes documentos: a) Copia simple del DNI vigente de los padres firmantes. b) Copia certificada de la partida de nacimiento del menor. c) Copia simple del DNI del acompañante (si aplica). d) Pasaje, boleto o reserva del viaje (referencial). [CIUDAD], [FECHA]. _____________________________ _____________________________ EL PADRE LA MADRE [NOMBRE_PADRE] [NOMBRE_MADRE] DNI N° [DNI_PADRE] DNI N° [DNI_MADRE]
Qué es y cuándo usarla
Es el documento por el cual uno o ambos padres autorizan que su hijo menor de edad viaje dentro del territorio peruano sin la compañía de ellos, o acompañado por un tercero. Aunque para viajes internos no siempre se exige en transporte terrestre, muchas empresas de bus y, sobre todo, las aerolíneas la piden cuando el menor viaja solo o con un familiar que no es su padre o madre. Tenerla evita que el menor quede varado en un control o en el counter del aeropuerto. Se usa en viajes escolares, vacaciones con abuelos o tíos, y traslados por estudios o salud.
Quién debe firmar
La autorización debe darla quien tiene la patria potestad. Si ambos padres la ejercen, lo ideal es que firmen los dos. Cuando solo uno tiene la tenencia o el otro ha fallecido, basta la firma del padre que ejerce la patria potestad, acreditando su situación. La firma se legaliza ante notario o ante juez de paz donde no haya notario. El notario verifica la identidad de quienes autorizan y la del menor con su DNI o partida de nacimiento.
Datos que no pueden faltar
- Nombres, DNI y firma de los padres o del padre que autoriza.
- Nombres y documento del menor que viaja.
- Datos de la persona que lo acompaña, si la hay.
- Origen, destino, fecha del viaje y vigencia de la autorización.
- Motivo del viaje cuando se requiera precisarlo.
Para viajes al extranjero es distinto
Esta autorización sirve para viajes dentro del Perú. Si el menor sale del país, la exigencia es mayor: se necesita el permiso notarial de viaje al exterior y, en el control migratorio, Migraciones revisa que el documento esté en regla. No confundas ambos trámites, porque el formato y los requisitos cambian. Para salidas internacionales prepara el permiso específico con la debida anticipación.
Base legal
- Art. 74 del Código de los Niños y Adolescentes: deberes y facultades derivados de la patria potestad.
- Decreto Legislativo 1049, Ley del Notariado: legalización de firmas y certificaciones notariales.
- Art. 423 del Código Civil: deberes y derechos de los padres que ejercen la patria potestad.
Errores frecuentes
- Llevar la autorización sin legalizar la firma ante notario.
- Omitir los datos del acompañante cuando el menor no viaja solo.
- Usar este formato para un viaje al extranjero en lugar del permiso de salida del país.
Documentos relacionados
Si el menor viaja al exterior necesitas el permiso de viaje internacional. Para delegar otras gestiones sobre el menor revisa el poder fuera de registro.
Casos reales: cuándo usar este documento
Ejemplo 1. Viaje escolar a otra región: El colegio de Camila Rojas Delgado, de 11 años, organiza un viaje de promoción a Cusco con toda su clase. Sus padres, Fernando Rojas y Ketty Delgado, no pueden acompañarla porque trabajan, así que firman esta autorización a favor de la profesora responsable del grupo, indicando las fechas exactas del viaje y el nombre completo de la docente.
Ejemplo 2. Vacaciones con los abuelos: Diego Salcedo, de 8 años, viaja en bus de Lima a Trujillo para pasar las vacaciones de julio con sus abuelos. Su madre, que tiene la tenencia porque el padre reside en otra ciudad, firma la autorización sola, adjuntando la resolución que acredita la tenencia, y designa a su padre como acompañante responsable durante el viaje.
Cuándo NO te sirve: Si el menor va a salir del Perú, esta autorización no basta: para vuelos o cruces internacionales se necesita una autorización notarial de viaje al exterior, con requisitos distintos. Tampoco reemplaza el permiso que algunas líneas aéreas piden en formato propio; conviene llevar ambos documentos si vas a volar.
El error más común es sacar la autorización a último momento y con datos incompletos del acompañante, lo que genera problemas en el counter o el control de la empresa de transporte. Evítalo tramitándola con anticipación ante notario, verificando que el nombre del menor y del acompañante coincidan exactamente con sus documentos de identidad.
Requisitos y anexos: qué necesitas para presentarlo
Esta autorización se presenta directamente en una notaría pública, la que tú elijas, acudiendo en persona ambos padres (o el padre o madre que ejerce la patria potestad en exclusiva) para firmar ante el notario. No se tramita ante ningún juzgado ni entidad estatal, salvo que exista un impedimento legal previo que restrinja la patria potestad de alguno de los padres.
Documentos que debes adjuntar
- DNI vigente de ambos padres (o del padre o madre que firma en exclusiva).
- Copia certificada o partida de nacimiento del menor, que acredita la filiación.
- DNI del acompañante mayor de edad, si el menor viajará con alguien distinto a sus padres.
- Pasaje, boleto o reserva referencial del viaje, con las fechas y el destino dentro del Perú.
- Documento que acredite la patria potestad exclusiva (sentencia de tenencia o de suspensión de la patria potestad del otro progenitor), si solo firma uno de los padres.
Antes de presentarlo, revisa
- Que las fechas de inicio y fin del viaje coincidan exactamente con el itinerario real del menor.
- Que ambos padres puedan acudir a firmar en la notaría o, si uno no puede, que exista poder o autorización previa válida.
- Que la autorización quede limitada a viajes dentro del Perú; para salir del país se necesita un documento distinto.
- Que conserves copia del documento notarial durante todo el viaje, por si te lo solicitan las autoridades.
El costo del trámite depende del arancel específico de cada notaría y debe confirmarse directamente con el notario elegido. Una vez firmado, el documento tiene vigencia únicamente durante el período del viaje señalado; según sea necesario, para un nuevo viaje deberás tramitar después una autorización notarial distinta.
Jurisprudencia y criterios aplicables
Es criterio consolidado de la práctica notarial que la autorización de viaje de un menor dentro del territorio nacional no requiere autorización judicial, bastando el consentimiento expreso de ambos padres -o de uno solo cuando ejerce la patria potestad en forma exclusiva- formalizado ante notario. Cuando existe desacuerdo entre los padres, o uno de ellos se niega injustificadamente, es criterio reiterado de los juzgados de familia que corresponde acudir a la vía judicial y no insistir en la vía notarial.
Las aerolíneas y empresas de transporte exigen, como buena práctica de seguridad y no como mandato legal expreso para viajes internos, la presentación de esta autorización cuando el menor viaja sin ambos padres o sin acompañante mayor de edad identificado.
Ejemplo con datos de muestra
Así se ve el documento ya llenado (datos ficticios):
Preguntas frecuentes sobre el modelo de autorización notarial de viaje de menor dentro del perú
¿El modelo de autorización notarial de viaje de menor dentro del perú es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/autorizacion-notarial-de-viaje-de-menor-dentro-del-peru/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de autorización notarial de viaje de menor dentro del perú sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Autorización Notarial de Viaje de Menor
Autorización notarial para que un menor de edad viaje dentro del Perú o al extranjero solo o acompañado de un tercero, otorgada por uno o ambos padres ante notario público. Base legal: Art. 111 del Código de los Niños y Adolescentes (modificado por Ley 29139), Ley 26662, Decreto Legislativo 1049 (Ley del Notariado).
Autorización Notarial de Viaje de Menor al Extranjero con Ambos Padres
Autorización notarial de viaje al extranjero de un menor de edad otorgada por ambos padres, conforme al Decreto Legislativo 1049 y la Ley 29269. Permite el viaje del menor acompañado de un tercero o familiar.
Autorización Notarial de Viaje de Menor conforme a la Ley 32191
Autorización notarial de viaje al extranjero otorgada por uno de los padres en los supuestos excepcionales de enfermedad, estudios o representación académica o deportiva previstos por la Ley 32191.
Solicitud de Autorización Judicial de Viaje de Menor por Ausencia o Negativa de un Progenitor
Solicitud dirigida al juez de familia para autorizar el viaje de un menor cuando uno de los padres está ausente, se niega injustificadamente o es desconocido. Se ampara en el Código de los Niños y Adolescentes y en el Código Civil.
Declaración Jurada Notarial de Autorización para Uso de Datos o Imagen de Menor
Declaración jurada con firma legalizada notarial en la que el padre o tutor autoriza el uso de datos personales o imagen de un menor para fines determinados. Ampara el D.Leg. 1049 y la Ley 29733.
Declaración Jurada Notarial de Orfandad o Ausencia de Padres del Menor
Declaración jurada con firma legalizada notarial en la que un familiar declara la orfandad o ausencia de los padres de un menor a su cargo, para trámites de beneficio. Ampara el D.Leg. 1049 y la Ley 27444.
Calculadoras legales útiles
Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.
Ir a calculadoras