Ir al contenido principal
Societario

Aviso de Publicación del Acuerdo de Fusión para Oposición de Acreedores

Texto del aviso de fusión para publicar tres veces en el diario y activar el derecho de oposición de acreedores conforme a la Ley 26887 (LGS), arts. 355 y 359. Plazo de 30 días.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

Publicidad
Llenarlo con IA Compartir

El archivo .docx se genera en tu propio navegador, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.

AVISO DE ACUERDO DE FUSIÓN

(Para publicación conforme al artículo 355 de la Ley 26887, Ley General de Sociedades)

[RAZON_SOCIAL_ABSORBENTE], con RUC [RUC_ABSORBENTE], inscrita en la Partida [PARTIDA_ABSORBENTE] de la Oficina Registral de [OFICINA_REGISTRAL_ABSORBENTE], y [RAZON_SOCIAL_ABSORBIDA], con RUC [RUC_ABSORBIDA], inscrita en la Partida [PARTIDA_ABSORBIDA] de la Oficina Registral de [OFICINA_REGISTRAL_ABSORBIDA], comunican al público lo siguiente:

PRIMERO. ACUERDO DE FUSIÓN
Las juntas generales de accionistas de ambas sociedades, en sesiones de [FECHA_JUNTA_ABSORBENTE] y [FECHA_JUNTA_ABSORBIDA], acordaron la fusión por absorción mediante la cual [RAZON_SOCIAL_ABSORBENTE] absorbe a [RAZON_SOCIAL_ABSORBIDA], que se extingue sin liquidarse, conforme al artículo 344 de la Ley General de Sociedades (LGS).

SEGUNDO. ENTRADA EN VIGENCIA Y RELACIÓN DE CANJE
La fecha prevista para la entrada en vigencia de la fusión es el [FECHA_VIGENCIA]. La relación de canje aprobada es [RELACION_CANJE]. Como consecuencia, la sociedad absorbente aumentará su capital en [MONTO_AUMENTO] soles.

TERCERO. PUBLICACIÓN (ARTÍCULO 355 DE LA LGS)
Cada uno de los acuerdos de fusión se publica por tres veces, con cinco días de intervalo entre cada aviso. El presente constituye el aviso número [NUMERO_AVISO] de tres. Los avisos pueden publicarse en forma independiente o conjunta por las sociedades participantes.

CUARTO. DERECHO DE OPOSICIÓN DE LOS ACREEDORES (ARTÍCULO 359 DE LA LGS)
El acreedor de cualquiera de las sociedades participantes tiene derecho de oposición a la fusión, el que se regula conforme al artículo 219 de la LGS. La escritura pública de fusión se otorga una vez vencido el plazo de treinta días, contado a partir de la fecha de publicación del último aviso, si no hubiera oposición. Si la oposición se notifica dentro de dicho plazo, la escritura pública se otorga una vez levantada la suspensión o concluido el proceso que declara infundada la oposición.

QUINTO. EJERCICIO DE LA OPOSICIÓN
El acreedor que desee oponerse debe ejercer su derecho dentro del plazo legal ante la autoridad competente. La oposición no impide la fusión, pero suspende su ejecución hasta que se pague o garantice el crédito a satisfacción del acreedor o se resuelva judicialmente.

SEXTO. INFORMACIÓN A DISPOSICIÓN
El proyecto de fusión, los estados financieros y la demás información se encuentran a disposición de los accionistas y acreedores en el domicilio social ubicado en [DIRECCION_SOCIAL] y en el correo [CORREO_CONTACTO].

[CIUDAD], [FECHA].

_______________________________
[NOMBRE_REPRESENTANTE]
Representante de las sociedades participantes

Nota: modelo referencial del texto del aviso. Debes publicar tres veces con cinco días de intervalo y respetar el plazo de treinta días del artículo 359 de la LGS antes de otorgar la escritura. Coordina con un abogado colegiado y con el diario.
¿Encontraste algo mal en este modelo?
Publicidad

Cuándo usar este modelo

Este aviso se usa una vez que las juntas de las sociedades participantes aprobaron la fusión y hay que publicar el acuerdo para dar a conocer la operación a los acreedores. El artículo 355 de la Ley 26887 (LGS) exige publicar el acuerdo de fusión por tres veces, con intervalos de cinco días, y a partir del último aviso corre el plazo para que los acreedores ejerzan su derecho de oposición conforme al artículo 359. El derecho de oposición se puede ejercer dentro de los treinta días siguientes al último aviso.

Debe emplearse siempre que se acuerde una fusión, porque la publicación es requisito para que la operación pueda inscribirse. Sin los tres avisos y sin dejar transcurrir el plazo de oposición, el Registro observará la escritura de fusión.

Qué datos necesitas

  • Razón social, RUC y partida de la absorbente y de la absorbida.
  • Fecha de las juntas que aprobaron la fusión.
  • Modalidad de fusión y descripción resumida de la operación.
  • Indicación del plazo de treinta días para ejercer el derecho de oposición.
  • Domicilio donde los acreedores pueden formular su oposición.

Paso a paso

  1. Adopta el acuerdo de fusión en las juntas de ambas sociedades.
  2. Redacta el texto del aviso con los datos que exige el artículo 355.
  3. Publica el aviso por tres veces, con intervalos de cinco días, en el diario correspondiente.
  4. Deja transcurrir el plazo de treinta días desde el último aviso para la oposición.
  5. Otorga la escritura pública de fusión e inscríbela una vez vencido el plazo sin oposición fundada.

Errores comunes

  • Publicar una sola vez en lugar de las tres publicaciones que exige la ley.
  • Otorgar la escritura antes de que venza el plazo de oposición de los acreedores.
  • Omitir la indicación expresa del derecho de oposición y su plazo en el aviso.
  • No conservar las páginas o constancias de las publicaciones para el Registro.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas veces se publica el aviso? Tres veces, con intervalos de cinco días, conforme al artículo 355 de la LGS. Recién desde el último aviso empieza a correr el plazo de oposición.

¿Qué logra el acreedor que se opone? Puede exigir que su crédito sea garantizado o pagado antes de que la fusión se ejecute; la fusión no se inscribe mientras la oposición fundada no se atienda.

¿En qué diario se publica? En el diario oficial y, según corresponda, en uno de mayor circulación del domicilio de la sociedad, cumpliendo las reglas de publicidad societaria.

Publicidad

Preguntas frecuentes sobre el modelo de aviso de publicación del acuerdo de fusión para oposición de acreedores

¿El modelo de aviso de publicación del acuerdo de fusión para oposición de acreedores es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/aviso-de-publicacion-del-acuerdo-de-fusion-para-oposicion-de-acreedores/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de aviso de publicación del acuerdo de fusión para oposición de acreedores sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

Modelos relacionados

Ver los 232 modelos de Empresarial y Societario →

Calculadoras legales útiles

Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.

Ir a calculadoras

🚀 Google AI Pro por 18 meses

S/ 60

Lo principal

🧠

Gemini Pro

La versión avanzada de la inteligencia artificial de Google. Le escribes lo que necesitas y te responde: redacta textos, resume documentos largos, traduce, explica temas, corrige tu trabajo y programa. Es como ChatGPT, pero de Google y en su versión de paga.

Incluye también Omni Flash, la versión rápida.
🍌

Nano Banana Pro

El creador de imágenes de Google. Describes con palabras la imagen que quieres y te la genera; también edita fotos que ya tienes (cambiarle el fondo, quitar algo, mejorarla). Sirve para banners, publicaciones y catálogos sin pagar diseñador.

Es el mismo con el que puedes hacer tus propios anuncios.

✨ Y además incluye

¿Cómo funciona?

Hay una empresa que recibe los 18 meses gratis y me rota los links de activación por cierto precio. Yo te paso esos links y activas tu cuenta con Google AI Pro.

Garantía

Si tu cuenta deja de funcionar antes de los 18 meses, te devuelvo parte de lo que pagaste según el tiempo que alcanzaste a usar:

Se cae duranteTe devuelvo
Mes 1S/ 50
Meses 2 a 6S/ 40
Meses 7 a 12S/ 25
Meses 13 a 17S/ 10
Mes 18ya se cumplió

No es devolución completa porque el servicio ya se usó. Al precio normal de Google, un solo mes cuesta unos US$ 20 (≈ S/ 75), más de lo que pagaste por los 18.

El plazo se cuenta desde el día que activas el link, no desde que pagas.

Lo quiero. Escríbeme por WhatsApp