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Derecho Penal

Denuncia por agresión física (lesiones leves): Art. 122 del Código Penal

Publicado el 2026-06-20 · Modelo.pe

Datos rápidos

NormaArt. 122 Código Penal
Pena base2 a 5 años
Dias de incapacidadMas de 10 y menos de 30 dias
Modificacion vigenteLey 32026 (16/05/2024)
Donde denunciarComisaria o fiscalia penal

Qué dice el Art. 122 del Código Penal

El Art. 122 del Código Penal sanciona a quien causa a otra persona lesiones en el cuerpo o en la salud que requieren más de 10 y menos de 30 días de asistencia o descanso médico, según prescripción facultativa. La pena base es privativa de libertad no menor de 2 ni mayor de 5 años. También se considera lesión leve el daño psicológico de nivel moderado, no solo el daño físico visible.

El criterio para distinguir lesiones leves de lesiones graves es la intensidad del daño medida en días de incapacidad. Si la atención supera los 30 días o deja secuelas serias, ya hablamos de lesiones graves (Art. 121 CP), con penas mayores. Si el resultado es solo molestia pasajera de pocos días, puede tratarse como falta contra la persona (Art. 441 CP) y no como delito. Si la muerte de la víctima resulta de las lesiones leves, la pena sube de 8 a 14 años.

El texto fue modificado por la Ley 32026, publicada el 16 de mayo de 2024, que ajustó los rangos de pena y las agravantes. Por eso es importante que el médico legista fije con precisión los días de incapacidad: ese número decide el tipo de delito y la pena que enfrenta el agresor.

La prueba clave: el certificado médico legal

Sin un documento que acredite las lesiones, la denuncia se debilita. La prueba reina es el certificado médico legal emitido por el Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público. Estos son los pasos para obtenerlo:

  1. Acude de inmediato a un establecimiento de salud (posta, hospital o clínica) y pide atención. Guarda la historia clínica y los recibos de medicinas.
  2. Solicita en la comisaría o en la fiscalía el oficio para el reconocimiento médico legal.
  3. Asiste a la División Médico Legal con tu DNI y el oficio. El médico te examina y emite el certificado indicando los días de incapacidad.

Refuerza el caso con elementos adicionales: fotos de las lesiones tomadas el mismo día, testigos presenciales, videos de cámaras de seguridad y, si hubo objetos usados en la agresión, su descripción. Si las lesiones también afectaron tu estado emocional, pide una evaluación psicológica que sustente el daño moral. Cuanto antes te examines, más fiel será la prueba, porque los moretones y heridas se curan con los días y luego cuesta demostrar la gravedad real del ataque.

Cómo y dónde presentar la denuncia

Tienes dos puertas de entrada y ambas son válidas:

  • Comisaría: puedes ir a cualquier dependencia policial, no solo a la de tu zona. La Policía levanta el acta, te deriva al médico legal y remite el caso a la fiscalía penal.
  • Fiscalía penal de turno: presentas tu denuncia escrita directamente ante el Ministerio Público, que dirige la investigación.

La denuncia escrita debe incluir tus datos completos, los datos del agresor si los conoces, la narración cronológica de los hechos (fecha, hora y lugar), las lesiones sufridas y la lista de pruebas que ofreces. Si no conoces al agresor, igual puedes denunciar contra los que resulten responsables, y la investigación buscará identificarlos. Conserva siempre el cargo o el número de denuncia: lo necesitarás para hacer seguimiento.

Ten en cuenta que la Policía está obligada a recibir tu denuncia. Si se niegan, puedes acudir directamente a la fiscalía o dejar constancia de la negativa. Si necesitas una base para redactar tu escrito, puedes apoyarte en el modelo de denuncia penal por lesiones, que ya trae la estructura formal exigida.

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Cuándo es violencia familiar y cambia la ruta

Si quien te agredió es tu pareja, expareja, conviviente o un integrante de tu grupo familiar, no aplicas el Art. 122 común sino el Art. 122-B CP (agresiones contra la mujer o integrantes del grupo familiar), dentro del marco de la Ley 30364. Esa ruta es distinta y más protectora.

La diferencia importa por varias razones:

  • En violencia familiar, las lesiones leves se persiguen aunque tengan menos días de incapacidad que en el delito común.
  • El Estado actúa de oficio: no depende solo de tu impulso.
  • El Juzgado de Familia puede dictar medidas de protección rápidas, como el retiro del agresor del hogar o la prohibición de acercarse a ti, mientras avanza el proceso penal.

Si tu caso es de violencia familiar, denúncialo en la comisaría más cercana, que activará la ruta de la Ley 30364, o usa la denuncia por agresiones contra la mujer o integrantes del grupo familiar. Tu seguridad es lo primero.

Reparación civil: cómo recuperar lo que perdiste

La pena al agresor no te devuelve el dinero que gastaste. Para cobrar gastos médicos, medicinas, días no trabajados y el daño moral, debes constituirte en actor civil dentro del proceso penal. Eso te convierte en parte procesal y te permite ofrecer pruebas, participar en las audiencias y pedir un monto de reparación.

La reparación civil comprende la restitución del bien afectado cuando es posible, la indemnización de los daños y el resarcimiento de los perjuicios. Para sustentar el monto, reúne comprobantes:

  • Boletas de farmacia y recibos de honorarios médicos.
  • Constancias de inasistencia laboral o de descuento de sueldo.
  • Informes que acrediten el daño psicológico, si lo hubo.

Para sumarte al proceso revisa el escrito de constitución en actor civil. Hazlo cuanto antes, porque hay una etapa límite para constituirse y, si la dejas pasar, pierdes la oportunidad de reclamar dentro del proceso penal.

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Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de descanso médico hacen que sea lesión leve?

Lesión leve es la que requiere más de 10 y menos de 30 días de asistencia o descanso médico según el Art. 122 CP. Si pasa de 30 días, es lesión grave (Art. 121). Si es de 10 días o menos, suele tratarse como falta y no como delito.

¿Qué pena tiene el delito de lesiones leves?

La pena base es privativa de libertad no menor de 2 ni mayor de 5 años. Con agravantes puede ir de 3 a 6 años, y si la víctima muere a consecuencia de las lesiones, de 8 a 14 años.

¿Puedo denunciar sin certificado médico legal?

Sí puedes denunciar, pero el certificado médico legal es la prueba clave para acreditar las lesiones y fijar los días de incapacidad. Solicita el oficio en la comisaría o la fiscalía y acude cuanto antes para que el examen refleje el daño real.

¿Tengo que ir a la comisaría de mi distrito?

No. Puedes presentar tu denuncia en cualquier comisaría del país o directamente en la fiscalía penal de turno. La policía está obligada a recibirla y derivarte al reconocimiento médico legal.

¿Cuánto tiempo tengo para denunciar las lesiones?

Conviene denunciar de inmediato para asegurar la prueba, pero la acción penal no prescribe el mismo día. En lesiones leves el plazo de prescripción se calcula según la pena. Aun así, mientras más esperas, más difícil es probar el daño y la autoría.

¿Además de la pena puedo pedir que me paguen los gastos?

Sí. Debes constituirte en actor civil dentro del proceso penal para reclamar la reparación civil, que cubre gastos médicos, días no trabajados y daño moral. Reúne boletas y recibos para sustentar el monto.

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