Derecho Constitucional

Hábeas data en Perú: acceso a información pública y autodeterminación informativa

Publicado el 2026-04-25 · Modelo.pe

Datos rápidos

Base constitucionalArt. 200 inc. 3 Constitución Política del Perú
Norma procesalLey 31307 (NCPC), Arts. 55-64
Requerimiento previoObligatorio, plazo de respuesta 10 días útiles (Art. 62 NCPC)
Derechos protegidosAcceso a información + autodeterminación informativa
Ley de transparenciaLey 27806 (Ley de Transparencia y Acceso a Información Pública)
Juez competenteJuez Civil o Mixto del domicilio del demandante
CostoGratuito para el demandante (exento de tasas)
Información excluidaSeguridad nacional, secreto bancario con habilitación legal, datos de terceros con privacidad protegida

Para qué sirve el hábeas data y cuándo usarlo

El hábeas data tiene dos dimensiones que conviene distinguir desde el inicio. La primera es el acceso a información: te permite obtener datos que una entidad pública o privada tiene sobre ti o que, siendo pública, está obligada a difundir. La segunda es la autodeterminación informativa: te permite corregir, actualizar, incluir o suprimir datos personales incorrectos, desactualizados o ilegítimamente almacenados.

Un ejemplo concreto de cada dimensión: si el banco central de reserva tiene información sobre tus operaciones y no te la entrega cuando la pides, usas el hábeas data de acceso. Si una central de riesgo privada registra una deuda que ya pagaste y se niega a corregirla, usas el hábeas data de autodeterminación informativa.

El requerimiento previo: paso obligatorio antes de demandar

El Art. 62 del NCPC es taxativo: antes de presentar la demanda de hábeas data, el afectado debe haber requerido previamente la información o la corrección a la entidad, de manera fehaciente. La entidad tiene 10 días útiles para responder. Si no responde o responde negativamente, tienes habilitada la vía judicial.

El requerimiento puede hacerse por carta notarial (el medio más común porque genera fecha cierta) o por cualquier otro medio fehaciente: correo electrónico con acuse de recibo, solicitud presencial con sello de recepción, plataforma virtual oficial de la entidad. Lo importante es poder probar que lo enviaste y cuándo.

Si presentas el hábeas data sin haber cumplido este requerimiento previo, el juez lo declara improcedente de plano. No es un detalle: es un requisito de procedibilidad.

Hábeas data para acceso a información pública (Ley 27806)

La Ley 27806 obliga a todas las entidades públicas a entregar información de oficio o a pedido del ciudadano. Cuando una entidad pública se niega a entregar información sin fundamento legal o excede los plazos de respuesta (7 días hábiles prorrogables a 5 más, según el Art. 11 Ley 27806), el hábeas data es la vía constitucional para exigirla.

Información que las entidades no pueden negar:

  • Presupuesto, ingresos y gastos de la entidad.
  • Contratos con el Estado (salvo información confidencial de las partes privadas).
  • Remuneraciones de funcionarios públicos.
  • Informes de auditoría.
  • Actas de sesiones de órganos colegiados.

Lo que sí puede negarse (Art. 15 Ley 27806): información que afecte la seguridad nacional, datos de inteligencia, información protegida por secreto bancario, tributario o bursátil con habilitación legal expresa, y datos personales de terceros cuya divulgación afecte su privacidad.

Hábeas data para autodeterminación informativa

Esta modalidad aplica cuando una entidad pública o privada tiene datos personales tuyos y los usa, almacena o difunde de manera que afecta tus derechos. Los supuestos más frecuentes en Perú son:

  • Centrales de riesgo (Infocorp, Sentinel) que registran deudas ya canceladas o prescritas sin actualizar la información.
  • Empresas que comparten tu información con terceros sin tu consentimiento.
  • Entidades públicas que difunden datos personales tuyos sin base legal.
  • Bases de datos de ex empleadores que mantienen información personal después de terminada la relación laboral.

El hábeas data puede ordenar la rectificación, actualización, inclusión o supresión del dato, según el caso.

Cómo presentar la demanda de hábeas data

Una vez cumplido el requerimiento previo sin respuesta satisfactoria, presentas la demanda ante el Juzgado Civil o Mixto del lugar de tu domicilio o del lugar donde está la entidad demandada. El escrito debe contener:

  • Identificación del demandante y del demandado.
  • Descripción de la información que pides o del dato que quieres corregir o suprimir.
  • Copia del requerimiento previo y de la respuesta recibida (o constancia de que no respondieron).
  • Base legal: Art. 200 inc. 3 Const. y Arts. 55-64 Ley 31307.
  • Petitorio concreto.

El proceso es rápido: el juez corre traslado a la entidad por 5 días y luego dicta sentencia. En casos urgentes puede ordenar medida cautelar para suspender el uso de los datos mientras dura el proceso.

Diferencia entre hábeas data y la denuncia ante la ANPD

La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD), que depende del MINJUSDH, tiene competencia administrativa para sancionar el incumplimiento de la Ley 29733 (Ley de Protección de Datos Personales). Es una vía administrativa, con multas para las empresas infractoras, pero no siempre da acceso o corrección directa de los datos.

El hábeas data es la vía judicial constitucional y puede ser más efectivo cuando lo que necesitas es una orden judicial concreta: que te entreguen la información o que corrijan el dato de inmediato. Ambas vías no son excluyentes: puedes denunciar ante la ANPD y a la vez presentar el hábeas data si la urgencia lo requiere.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tiene la entidad para responder el requerimiento previo?

Diez días útiles desde que recibe el requerimiento. Si en ese plazo no responde o responde negando el acceso o la corrección sin fundamento legal, tienes habilitada la demanda de hábeas data. Si responde parcialmente o con evasivas, también puedes considerarlo como respuesta insatisfactoria.

¿El hábeas data sirve para eliminar mi historial en Infocorp?

Depende. Si Infocorp registra una deuda que ya pagaste o que nunca existió, el hábeas data de autodeterminación informativa puede ordenar la corrección o supresión. Si la deuda es real y vigente, Infocorp tiene derecho a mantenerla en su registro aunque te perjudique. Las deudas prescritas (5 años desde la última gestión de cobro, según el Art. 2001 CC) tienen un tratamiento distinto: la central de riesgo no puede mantenerlas indefinidamente.

¿Puedo pedir información sobre un tercero mediante hábeas data?

No en términos generales. El hábeas data protege la información que existe sobre ti. Para pedir información sobre un tercero, la vía es la Ley 27806 de Transparencia (si es entidad pública y la información es de carácter público) o el acceso al expediente si eres parte de un proceso. El hábeas data es un derecho personalísimo.

¿Necesito abogado para el hábeas data?

La ley no lo exige, pero en la práctica es muy recomendable. El proceso de hábeas data tiene requisitos de procedibilidad (el requerimiento previo) y de fundamentación que, si se presentan mal, llevan a una declaración de improcedencia. Un abogado que conozca la jurisprudencia del TC en hábeas data puede hacer la diferencia entre un proceso exitoso y uno que se pierde en filtros formales.

¿El hábeas data aplica contra empresas privadas o solo contra el Estado?

Aplica contra ambos. El Art. 61 del NCPC es explícito: el hábeas data procede contra cualquier entidad pública o privada que almacene información sobre el demandante. Las centrales de riesgo privadas (Infocorp, Sentinel, Equifax) son el ejemplo más frecuente en litigios de hábeas data contra privados en Perú.

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