Violencia familiar en Perú: ruta legal completa paso a paso
Publicado el 2026-06-06 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Norma | Ley 30364 (TUO DS 004-2020-MIMP) |
| Medidas de protección | Hasta 72 horas |
| Quién dicta | Juzgado de Familia |
| Denuncia | Policía, Fiscalía o juzgado |
| Línea 100 | MIMP, gratuita 24 h |
Qué protege la Ley 30364
La Ley 30364 previene, sanciona y erradica la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Cubre violencia física, psicológica, sexual y económica o patrimonial. Protege a cónyuges, convivientes, exparejas, hijos, padres, hermanos y demás integrantes del hogar, hayan convivido o no.
Paso 1: la denuncia
Puedes denunciar de forma verbal o escrita, sin abogado y gratis, ante:
- La Policía Nacional (cualquier comisaría).
- El Juzgado de Familia de turno.
- La Fiscalía.
También puedes llamar a la Línea 100 del MIMP, gratuita y disponible las 24 horas, o acudir a un Centro Emergencia Mujer (CEM). La denuncia puede hacerla la víctima o cualquier persona que conozca los hechos.
Paso 2: ficha de valoración de riesgo
Al recibir la denuncia, la Policía aplica la ficha de valoración de riesgo, que mide si el riesgo es leve, moderado o severo. Existen fichas específicas para mujeres, niños y adolescentes, y personas adultas mayores. Luego la Policía deriva el caso al Juzgado de Familia dentro de las 24 horas.
Paso 3: medidas de protección
El Juzgado de Familia evalúa y dicta las medidas de protección en un plazo máximo de 72 horas. Pueden incluir:
- Retiro del agresor del domicilio.
- Prohibición de acercamiento o comunicación con la víctima.
- Prohibición de portar armas.
- Tratamiento psicológico.
Si necesitas solicitarlas formalmente, revisa el modelo de solicitud de medidas de protección.
Paso 4: sanción penal y seguimiento
Tras dictar las medidas, el Juzgado de Familia remite el caso a la Fiscalía Penal, que investiga el delito (agresiones, lesiones, etc.) y formula acusación. El incumplimiento de las medidas de protección por parte del agresor constituye delito de desobediencia a la autoridad. La PNP debe ejecutar y vigilar el cumplimiento de las medidas. Conoce más en nuestra guía sobre medidas de protección por violencia familiar.
Preguntas frecuentes
¿Dónde puedo denunciar violencia familiar?
Ante cualquier comisaría, el Juzgado de Familia o la Fiscalía. También puedes llamar a la Línea 100 del MIMP o acudir a un Centro Emergencia Mujer (CEM).
¿En cuánto tiempo dictan las medidas de protección?
El Juzgado de Familia debe dictarlas en un plazo máximo de 72 horas desde que conoce la denuncia, según la Ley 30364.
¿Necesito abogado o pruebas para denunciar?
No. La denuncia es gratuita y no requiere abogado ni pruebas previas. La ficha de valoración de riesgo orienta la decisión del juez.
¿Qué pasa si el agresor incumple las medidas?
Incumplirlas constituye delito de desobediencia a la autoridad y puede llevar a su detención. La PNP vigila el cumplimiento.
¿La violencia económica también está protegida?
Sí. La Ley 30364 incluye expresamente la violencia económica o patrimonial, como privar de recursos o destruir bienes de la víctima.
¿Puedo denunciar a una expareja con la que ya no vivo?
Sí. La ley protege también a exparejas y exconvivientes, aunque ya no exista convivencia.
Modelos relacionados (descarga gratis)
Solicitud de Medidas de Protección - Violencia Familiar
Solicitud URGENTE de medidas de protección ante Juzgado de Familia. Ley 30364. Audiencia en 72 horas. Retiro del agresor.
PenalDenuncia Penal por Lesiones
Denuncia ante la Fiscalía por lesiones causadas a la integridad física o mental. Tipificado en los Arts. 121 y 122 del Código Penal según la gravedad.
FamiliaDemanda de Alimentos
Demanda de pensión alimenticia para menores. Proceso Único ante Juzgado de Paz Letrado. Art. 472 CC, Art. 93 CNA.