Derecho Penal

Violencia familiar en Perú: ruta legal completa paso a paso

Publicado el 2026-06-06 · Modelo.pe

Datos rápidos

NormaLey 30364 (TUO DS 004-2020-MIMP)
Medidas de protecciónHasta 72 horas
Quién dictaJuzgado de Familia
DenunciaPolicía, Fiscalía o juzgado
Línea 100MIMP, gratuita 24 h

Qué protege la Ley 30364

La Ley 30364 previene, sanciona y erradica la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Cubre violencia física, psicológica, sexual y económica o patrimonial. Protege a cónyuges, convivientes, exparejas, hijos, padres, hermanos y demás integrantes del hogar, hayan convivido o no.

Paso 1: la denuncia

Puedes denunciar de forma verbal o escrita, sin abogado y gratis, ante:

  • La Policía Nacional (cualquier comisaría).
  • El Juzgado de Familia de turno.
  • La Fiscalía.

También puedes llamar a la Línea 100 del MIMP, gratuita y disponible las 24 horas, o acudir a un Centro Emergencia Mujer (CEM). La denuncia puede hacerla la víctima o cualquier persona que conozca los hechos.

Paso 2: ficha de valoración de riesgo

Al recibir la denuncia, la Policía aplica la ficha de valoración de riesgo, que mide si el riesgo es leve, moderado o severo. Existen fichas específicas para mujeres, niños y adolescentes, y personas adultas mayores. Luego la Policía deriva el caso al Juzgado de Familia dentro de las 24 horas.

Paso 3: medidas de protección

El Juzgado de Familia evalúa y dicta las medidas de protección en un plazo máximo de 72 horas. Pueden incluir:

  • Retiro del agresor del domicilio.
  • Prohibición de acercamiento o comunicación con la víctima.
  • Prohibición de portar armas.
  • Tratamiento psicológico.

Si necesitas solicitarlas formalmente, revisa el modelo de solicitud de medidas de protección.

Paso 4: sanción penal y seguimiento

Tras dictar las medidas, el Juzgado de Familia remite el caso a la Fiscalía Penal, que investiga el delito (agresiones, lesiones, etc.) y formula acusación. El incumplimiento de las medidas de protección por parte del agresor constituye delito de desobediencia a la autoridad. La PNP debe ejecutar y vigilar el cumplimiento de las medidas. Conoce más en nuestra guía sobre medidas de protección por violencia familiar.

Preguntas frecuentes

¿Dónde puedo denunciar violencia familiar?

Ante cualquier comisaría, el Juzgado de Familia o la Fiscalía. También puedes llamar a la Línea 100 del MIMP o acudir a un Centro Emergencia Mujer (CEM).

¿En cuánto tiempo dictan las medidas de protección?

El Juzgado de Familia debe dictarlas en un plazo máximo de 72 horas desde que conoce la denuncia, según la Ley 30364.

¿Necesito abogado o pruebas para denunciar?

No. La denuncia es gratuita y no requiere abogado ni pruebas previas. La ficha de valoración de riesgo orienta la decisión del juez.

¿Qué pasa si el agresor incumple las medidas?

Incumplirlas constituye delito de desobediencia a la autoridad y puede llevar a su detención. La PNP vigila el cumplimiento.

¿La violencia económica también está protegida?

Sí. La Ley 30364 incluye expresamente la violencia económica o patrimonial, como privar de recursos o destruir bienes de la víctima.

¿Puedo denunciar a una expareja con la que ya no vivo?

Sí. La ley protege también a exparejas y exconvivientes, aunque ya no exista convivencia.

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