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Derecho Penal

Violencia familiar en Perú: ruta legal completa paso a paso

Publicado el 2026-06-06 · Actualizado 2026-07-06 · Modelo.pe

Datos rápidos

NormaLey 30364 (TUO DS 004-2020-MIMP)
Medidas de protecciónHasta 72 horas
Quién dictaJuzgado de Familia
DenunciaPolicía, Fiscalía o juzgado
Línea 100MIMP, gratuita 24 h
Violencia familiar en Perú: ruta legal completa paso a paso — guía legal penal Perú 2026

La ruta legal contra la violencia familiar, paso a paso

Ante un caso de violencia familiar, la ruta es clara y rápida: denuncias ante la Policía, la Fiscalía o el Juzgado de Familia; se aplica la ficha de valoración de riesgo; y el Juzgado de Familia dicta medidas de protección en un plazo máximo de 72 horas. Luego el caso pasa a la Fiscalía Penal para sancionar al agresor. Todo esto lo garantiza la Ley 30364, sin necesidad de abogado ni de pagar nada para denunciar.

Esta ruta protege a mujeres y a cualquier integrante del grupo familiar frente a violencia física, psicológica, sexual y económica o patrimonial. Si estás en peligro inmediato, llama a la Línea 100 del MIMP (gratuita, 24 horas) o acude a la comisaría más cercana.

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Qué protege la Ley 30364

La Ley 30364 previene, sanciona y erradica la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Cubre cuatro tipos de violencia:

  • Física: golpes, empujones, cualquier daño al cuerpo o la salud.
  • Psicológica: humillaciones, amenazas, control, aislamiento.
  • Sexual: actos de naturaleza sexual sin consentimiento.
  • Económica o patrimonial: privar de recursos, retener documentos, destruir bienes.

Protege a cónyuges, convivientes, exparejas, hijos, padres, hermanos y demás integrantes del hogar, hayan convivido o no. Es decir, alcanza también a exparejas con las que ya no vives.

Paso 1 y 2: la denuncia y la ficha de valoración de riesgo

Puedes denunciar de forma verbal o escrita, sin abogado y gratis, ante la Policía Nacional (cualquier comisaría), el Juzgado de Familia de turno o la Fiscalía. La denuncia puede hacerla la víctima o cualquier persona que conozca los hechos.

Al recibirla, se aplica la ficha de valoración de riesgo, que mide si el riesgo es leve, moderado o severo. Existen fichas específicas para mujeres, para niños y adolescentes, y para personas adultas mayores. Con esa ficha, la Policía deriva el caso al Juzgado de Familia dentro de las 24 horas. Si el hecho también es delito, puedes acompañar una denuncia por violencia familiar o, según la gravedad de las agresiones, una denuncia penal por lesiones.

Paso 3: las medidas de protección (72 horas)

El Juzgado de Familia evalúa y dicta las medidas de protección en un plazo máximo de 72 horas. Pueden incluir:

  • Retiro del agresor del domicilio.
  • Prohibición de acercamiento o comunicación con la víctima.
  • Prohibición de portar armas.
  • Tratamiento psicológico obligatorio.
  • Inventario de bienes, cuando hay violencia patrimonial.

Si necesitas solicitarlas formalmente o ampliarlas, usa el modelo de solicitud de medidas de protección por violencia familiar. Y si tu situación cambió y las medidas quedaron cortas, puedes pedir una variación de las medidas de protección.

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Paso 4: sanción penal y qué pasa si el agresor incumple

Tras dictar las medidas, el Juzgado de Familia remite el caso a la Fiscalía Penal, que investiga el delito (lesiones, agresiones, etc.) y, de corresponder, formula acusación. Las medidas de protección y el proceso penal corren en paralelo: una te protege ya, el otro sanciona al agresor.

El punto clave: incumplir las medidas de protección es delito de desobediencia a la autoridad. Si el agresor se acerca o vuelve al domicilio pese a la prohibición, la PNP debe intervenir y puede detenerlo. La Policía está obligada a ejecutar y vigilar el cumplimiento. Si además hay hijos, evalúa asegurar la manutención con una demanda de alimentos, porque la separación no elimina la obligación de mantener a los hijos.

Dónde pedir ayuda y qué llevar a la denuncia

Además de la comisaría, tienes canales de apoyo gratuitos disponibles en todo el país:

  • Línea 100 del MIMP: orientación gratuita las 24 horas, todos los días.
  • Centros Emergencia Mujer (CEM): atención legal, psicológica y social gratuita.
  • Comisarías especializadas en violencia familiar, donde el personal está capacitado.

Aunque para denunciar no necesitas pruebas ni abogado, si tienes evidencia ayúdate con ella: certificados médicos o el reconocimiento de lesiones, mensajes de amenazas (capturas de WhatsApp o SMS), fotos de lesiones o de bienes destruidos, y nombres de testigos. Nada de esto es obligatorio, pero acelera y refuerza las medidas de protección.

Lo más importante: si estás en peligro inmediato, tu prioridad es ponerte a salvo y llamar a la Policía. El papeleo se ordena después; tu integridad va primero. Una vez a salvo, la ruta de la Ley 30364 se activa rápido y no te deja sola.

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Preguntas frecuentes

¿Dónde puedo denunciar violencia familiar?

Ante cualquier comisaría, el Juzgado de Familia o la Fiscalía. También puedes llamar a la Línea 100 del MIMP o acudir a un Centro Emergencia Mujer (CEM).

¿En cuánto tiempo dictan las medidas de protección?

El Juzgado de Familia debe dictarlas en un plazo máximo de 72 horas desde que conoce la denuncia, según la Ley 30364.

¿Necesito abogado o pruebas para denunciar?

No. La denuncia es gratuita y no requiere abogado ni pruebas previas. La ficha de valoración de riesgo orienta la decisión del juez.

¿Qué pasa si el agresor incumple las medidas?

Incumplirlas constituye delito de desobediencia a la autoridad y puede llevar a su detención. La PNP vigila el cumplimiento.

¿La violencia económica también está protegida?

Sí. La Ley 30364 incluye expresamente la violencia económica o patrimonial, como privar de recursos o destruir bienes de la víctima.

¿Puedo denunciar a una expareja con la que ya no vivo?

Sí. La ley protege también a exparejas y exconvivientes, aunque ya no exista convivencia.

¿La denuncia por violencia familiar tiene costo o necesito abogado?

No. La denuncia es totalmente gratuita y no requiere abogado ni pruebas previas. Basta relatar los hechos ante la Policía, la Fiscalía o el Juzgado de Familia. La ficha de valoración de riesgo orienta la decisión del juez sobre las medidas de protección.

¿Puedo retirar la denuncia si me reconcilio con el agresor?

La violencia familiar es de interés público, así que el proceso penal no depende solo de tu voluntad de continuar. Aunque intentes desistir, la Fiscalía puede seguir de oficio, sobre todo si hay riesgo severo o lesiones. Las medidas de protección se mantienen mientras el juzgado lo considere necesario.

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