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Tributario

Comunicación de Alta de Establecimiento Anexo ante SUNAT

Modelo de comunicación para declarar el alta de un establecimiento anexo (sucursal, almacén o depósito) en el RUC ante SUNAT, conforme al D. Leg. 943 y la Resolución de Superintendencia 210-2004/SUNAT.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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El archivo .docx se genera en tu propio navegador, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.

COMUNICACIÓN DE ALTA DE ESTABLECIMIENTO ANEXO EN EL RUC

Señores
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SUNAT
Presente.-

SUMILLA: COMUNICO ALTA DE ESTABLECIMIENTO ANEXO

[NOMBRE_O_RAZON_SOCIAL], con RUC N.° [RUC], representado(a) por [NOMBRE_REPRESENTANTE] con DNI N.° [DNI], con domicilio fiscal en [DIRECCION_FISCAL], ante ustedes respetuosamente comunico:

I. PETITORIO

Que, de conformidad con mi obligación de mantener actualizados los datos del RUC, COMUNICO el ALTA de un ESTABLECIMIENTO ANEXO, a fin de que sea registrado como parte de mi inscripción.

II. DATOS DEL ESTABLECIMIENTO ANEXO

- Tipo de establecimiento: [SUCURSAL / ALMACEN / DEPOSITO / OFICINA ADMINISTRATIVA / PUNTO DE VENTA].
- Dirección: [DIRECCION_ANEXO], distrito de [DISTRITO], provincia y departamento de [DEPARTAMENTO].
- Condición del inmueble: [PROPIO / ALQUILADO / CEDIDO], sustentado con [DOCUMENTO_DOMICILIO].
- Actividad que se desarrollará: [ACTIVIDAD_ECONOMICA].
- Fecha de inicio de uso del local: [FECHA_INICIO].

III. FUNDAMENTOS

1. El artículo 87 del TUO del Código Tributario obliga al contribuyente a comunicar a la SUNAT los cambios en los datos consignados en el RUC, entre ellos el alta de establecimientos anexos.

2. La comunicación se efectúa dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de producido el hecho, conforme a la normativa del RUC.

IV. BASE LEGAL

- Decreto Legislativo N.° 943, Ley del Registro Único de Contribuyentes.
- Resolución de Superintendencia N.° 210-2004/SUNAT, sobre modificación de datos del RUC.
- TUO del Código Tributario (D.S. N.° 133-2013-EF), artículo 87.

V. DOCUMENTOS ADJUNTOS

1. [DOCUMENTO] que acredita el domicilio del establecimiento anexo (contrato de arrendamiento, recibo de servicios o título de propiedad).
2. Copia del DNI del representante legal.

POR LO EXPUESTO:

Solicito tener por comunicada el alta del establecimiento anexo antes descrito y registrarlo en mi ficha RUC.

[CIUDAD], [FECHA].

_______________________________
[NOMBRE_O_RAZON_SOCIAL]
RUC N.° [RUC]
DNI N.° [DNI]
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Cuándo usar este modelo

Usa esta comunicación cuando abras una sucursal, almacén, depósito, oficina o punto de venta adicional y debas declararlo como establecimiento anexo en tu ficha RUC ante SUNAT. La obligación de mantener actualizados los datos del RUC deriva del artículo 87 del TUO del Código Tributario y de la Resolución de Superintendencia N.° 210-2004/SUNAT. La comunicación debe efectuarse dentro del plazo establecido tras la apertura del nuevo local.

Qué datos necesitas

  • RUC y datos del titular o representante legal.
  • Tipo de establecimiento: sucursal, almacén, depósito, oficina o punto de venta.
  • Dirección completa del nuevo local y condición del inmueble.
  • Actividad que se desarrollará en el establecimiento anexo.
  • Documento que acredite el domicilio (contrato de arrendamiento, recibo o título).

Paso a paso

  1. Reúne el sustento del domicilio del nuevo local y define el tipo de establecimiento.
  2. Completa la comunicación con la dirección exacta y la fecha de inicio de uso.
  3. Presenta la comunicación con tu Clave SOL o de forma presencial dentro del plazo de cinco días hábiles.
  4. Verifica que el establecimiento anexo figure registrado en tu ficha RUC.
  5. Conserva la constancia de la actualización para futuras fiscalizaciones.

Errores comunes

  • No comunicar el alta del anexo dentro del plazo, lo que constituye infracción formal.
  • Declarar una dirección incompleta o sin el documento que sustente el domicilio.
  • Operar en el nuevo local sin haberlo registrado en el RUC.
  • Confundir el establecimiento anexo con un cambio de domicilio fiscal.

Preguntas frecuentes

¿En qué plazo debo comunicar el alta? La comunicación debe efectuarse dentro del plazo previsto en las normas del RUC, por lo general cinco días hábiles de producido el hecho.

¿Es lo mismo que cambiar el domicilio fiscal? No. El domicilio fiscal es el principal para efectos tributarios; el establecimiento anexo es un local adicional donde también se realizan actividades, y ambos deben figurar en el RUC.

¿Qué pasa si no declaro el anexo? Puedes incurrir en una infracción formal del artículo 173 del Código Tributario por no comunicar los datos requeridos, además de complicaciones ante una fiscalización.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de comunicación de alta de establecimiento anexo ante sunat

¿El modelo de comunicación de alta de establecimiento anexo ante sunat es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/comunicacion-de-alta-de-establecimiento-anexo-ante-sunat/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de comunicación de alta de establecimiento anexo ante sunat sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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