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Tributario

Solicitud de Sustitución de la Sanción de Cierre de Establecimiento por Multa ante SUNAT

Solicitud dirigida a SUNAT para que sustituya la sanción de cierre temporal de establecimiento por una multa, cuando la ejecución del cierre resulta inviable por causa no imputable o por acción del deudor, conforme al art. 183 del Código Tributario (D.S. 133-2013-EF) y al Régimen de Gradualidad vigente.

Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE LA SANCIÓN DE CIERRE DE ESTABLECIMIENTO POR MULTA

Lima, [FECHA]

Señor
Intendente / Jefe de la Oficina Zonal
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SUNAT
Presente.-

REF.: Resolución de Cierre N.° [NUMERO_RESOLUCION] / Acta Probatoria N.° [NUMERO_ACTA]

SUMILLA: SOLICITO SUSTITUCIÓN DE LA SANCIÓN DE CIERRE POR MULTA.

Yo, [NOMBRE_COMPLETO_O_RAZON_SOCIAL], con RUC N.° [NUMERO_RUC], debidamente representada por [NOMBRE_REPRESENTANTE], con DNI N.° [NUMERO_DNI], con domicilio fiscal en [DOMICILIO_FISCAL], ante usted respetuosamente digo:

PRIMERO.- ANTECEDENTES. Mediante la Resolución de Cierre N.° [NUMERO_RESOLUCION], notificada el [FECHA_NOTIFICACION], se dispuso el cierre temporal del establecimiento ubicado en [DIRECCION_ESTABLECIMIENTO] por [NUMERO_DIAS] días, como consecuencia de la infracción tipificada en el artículo [ARTICULO_INFRACCION] numeral [NUMERAL] del Código Tributario.

SEGUNDO.- IMPOSIBILIDAD DE EJECUCIÓN DEL CIERRE. La ejecución material del cierre resulta inviable por [CAUSA_NO_IMPUTABLE], por cuanto [DESCRIPCION_DE_LA_CIRCUNSTANCIA] (por ejemplo: el local es de uso compartido con terceros ajenos a la infracción, el establecimiento ya no es conducido por el suscrito, o la clausura afectaría servicios esenciales). Dicha circunstancia impide o hace inconveniente la aplicación material del cierre.

TERCERO.- FUNDAMENTO DE DERECHO. El artículo 183 del Texto Único Ordenado del Código Tributario (Decreto Supremo N.° 133-2013-EF) faculta a la SUNAT a sustituir la sanción de cierre por una multa cuando, por acción del deudor tributario, sea imposible aplicar el cierre, o cuando la Administración lo determine con base en los criterios que ella establezca. La multa sustitutoria se calcula conforme al inciso a) del citado artículo, equivalente al cinco por ciento (5%) del importe de los ingresos netos de la última declaración jurada mensual presentada a la fecha de la infracción, respetando los topes mínimo y máximo fijados por la propia norma.

CUARTO.- ACOGIMIENTO Y COMPROMISO DE PAGO. Manifiesto mi voluntad de acogerme a la sustitución y de cancelar la multa que se determine, con la rebaja que corresponda conforme al Régimen de Gradualidad aprobado por la SUNAT.

POR LO EXPUESTO:
Solicito a usted disponer la SUSTITUCIÓN de la sanción de cierre por la multa prevista en el artículo 183 del Código Tributario, y dejar sin efecto la orden de cierre del establecimiento.

OTROSÍ DIGO: Adjunto (i) copia de la Resolución de Cierre, (ii) copia del DNI del representante y vigencia de poder, (iii) documentos que acreditan la causa invocada, (iv) copia de la última declaración jurada mensual presentada.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________
[NOMBRE_REPRESENTANTE]
[NOMBRE_COMPLETO_O_RAZON_SOCIAL]
RUC N.° [NUMERO_RUC]

Cuándo usar este modelo

Usa esta solicitud cuando la SUNAT dispuso el cierre temporal de tu establecimiento y su ejecución material resulta inviable o afectaría a terceros ajenos a la infracción. El artículo 183 del Código Tributario (Decreto Supremo 133-2013-EF) permite a la SUNAT sustituir el cierre por una multa cuando, por acción del deudor o por causa que impide aplicarlo, no sea posible ejecutarlo. Con este escrito pides expresamente esa sustitución y te comprometes a pagar la multa con la rebaja del Régimen de Gradualidad.

Qué datos necesitas

  • El número y la fecha de la Resolución de Cierre y del Acta Probatoria.
  • El RUC de la empresa y los datos del representante legal con su poder vigente.
  • La dirección del establecimiento afectado y los días de cierre dispuestos.
  • La causa concreta que impide ejecutar el cierre y su sustento documental.
  • La última declaración jurada mensual, base del cálculo de la multa.

Paso a paso

  1. Identifica en la resolución la infracción sancionada y los días de cierre impuestos.
  2. Documenta la causa que hace inviable el cierre (local compartido, cese de conducción, servicios esenciales).
  3. Completa el escrito indicando el pedido de sustitución y tu compromiso de pago.
  4. Presenta la solicitud antes o durante la ejecución del cierre, por mesa de partes de la SUNAT.
  5. Espera la resolución que fije la multa y págala aplicando la gradualidad vigente.

Errores comunes

  • Pedir la sustitución sin acreditar la causa que impide ejecutar el cierre.
  • Creer que la sustitución elimina la sanción: la multa reemplaza al cierre, no lo anula.
  • No invocar el Régimen de Gradualidad y pagar la multa sin la rebaja que corresponde.
  • Presentar el escrito sin la vigencia de poder del representante legal.

Preguntas frecuentes

¿La sustitución es automática? No. Es una facultad de la SUNAT conforme al artículo 183; tu solicitud sustenta la imposibilidad de ejecutar el cierre para que la Administración la conceda.

¿Cómo se calcula la multa? El inciso a) del artículo 183 fija una multa equivalente al 5% de los ingresos netos de la última declaración jurada mensual, con los topes mínimo y máximo que la norma establece.

¿Puedo rebajar el monto? Sí. Acogiéndote oportunamente y pagando, se aplican las rebajas del Régimen de Gradualidad aprobado por la SUNAT.

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Cómo presentar solicitud de sustitución de la sanción de cierre de establecimiento por multa ante sunat: paso a paso

  1. Identifica el acto de SUNAT que impugnas. Ubica la resolución de determinación, multa u orden de pago. Anota el número, fecha de notificación y monto. Estos datos fijan el plazo y el recurso aplicable.
  2. Verifica los plazos. Reclamación ante SUNAT: 20 días hábiles desde la notificación (Art. 137 CT). Apelación ante el Tribunal Fiscal: 15 días hábiles desde que SUNAT notifica su resolución (Art. 146 CT). Fuera de plazo requiere carta fianza.
  3. Reúne los medios probatorios. Junta declaraciones juradas, comprobantes de pago, libros contables, contratos y documentos que sustenten los hechos controvertidos. La carga de la prueba es del contribuyente para acreditar sus afirmaciones.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos de la resolución impugnada, el periodo fiscalizado, los reparos que cuestionas y los fundamentos legales que los desvirtúan.
  5. Presenta en la mesa de partes de SUNAT. Entrega el escrito en la intendencia que emitió el acto o por la Mesa de Partes Virtual (MPV-SUNAT). Obtén número de expediente y monitorea el plazo de resolución (9 meses para reclamación, 12 para apelación).

Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de sustitución de la sanción de cierre de establecimiento por multa ante sunat

¿El modelo de solicitud de sustitución de la sanción de cierre de establecimiento por multa ante sunat es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-sustitucion-de-la-sancion-de-cierre-de-establecimiento-por-multa-ante-sunat/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de sustitución de la sanción de cierre de establecimiento por multa ante sunat sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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