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Tributario

Solicitud de Baja de RUC ante SUNAT

Solicitud para dar de baja la inscripción en el RUC por cese definitivo de actividades. Base legal: Art. 9 del D.Leg. 943, Ley del RUC, y Res. de Superintendencia 210-2004-SUNAT.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE BAJA DE INSCRIPCIÓN EN EL RUC

SEÑOR INTENDENTE DE LA INTENDENCIA REGIONAL [INTENDENCIA] DE LA SUNAT:

[NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], con RUC N° [RUC_SOLICITANTE], con domicilio fiscal en [DOMICILIO_FISCAL], ante usted con el debido respeto me presento y digo:

PETITORIO: Solicito la BAJA DE INSCRIPCIÓN en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) por cese definitivo de actividades.

FUNDAMENTOS DE HECHO:

PRIMERO. Que me encuentro inscrito en el RUC bajo el régimen [REGIMEN_TRIBUTARIO], habiendo desarrollado la actividad económica de [ACTIVIDAD_ECONOMICA].

SEGUNDO. Que con fecha [FECHA_CESE] he cesado de manera definitiva en el desarrollo de mis actividades generadoras de obligaciones tributarias, por [MOTIVO_CESE].

TERCERO. Que no mantengo obligaciones tributarias formales ni sustanciales pendientes de cumplimiento, o en su caso me comprometo a regularizarlas conforme a ley.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

PRIMERO. El artículo 9 del Decreto Legislativo 943, Ley del Registro Único de Contribuyentes, faculta a los contribuyentes a solicitar la baja de inscripción cuando cesen sus actividades.

SEGUNDO. La Resolución de Superintendencia 210-2004-SUNAT regula el procedimiento de baja de inscripción en el RUC y los requisitos exigibles.

ANEXOS:
1-A. Copia del documento de identidad del solicitante.
1-B. [DOCUMENTO_SUSTENTO_CESE].

POR LO EXPUESTO:
Solicito a usted admitir la presente solicitud y disponer la baja de inscripción en el RUC.

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO].


_______________________
   EL SOLICITANTE
DNI [DNI_SOLICITANTE]
RUC [RUC_SOLICITANTE]
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La solicitud de baja de RUC ante la SUNAT es el trámite con el que un contribuyente comunica que dejó de realizar actividades generadoras de obligaciones tributarias y pide que su número de RUC pase a estado de baja definitiva. Es el cierre formal de tu vida tributaria como negocio, detiene la obligación de presentar declaraciones y evita que sigan acumulándose multas por omisiones cuando ya no operas.

Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo

Lo presenta la persona natural con negocio, la sucesión indivisa, la sociedad conyugal o el representante legal de una empresa que cerró o cesó definitivamente sus actividades. Te conviene tramitarlo apenas dejas de operar, para no seguir obligado a presentar declaraciones mensuales y evitar multas por no declarar. También es necesario antes de disolver y liquidar una empresa. Si solo dejarás de operar temporalmente, lo correcto es la suspensión temporal, no la baja.

Base legal

El trámite se rige por la Resolución de Superintendencia N° 210-2004/SUNAT (Reglamento de la Ley del RUC) y el Decreto Legislativo N° 943, Ley del RUC. La baja se solicita con el Formulario 2135 (Solicitud de Baja de Inscripción o de Tributos). Para personas naturales, sociedades conyugales o sucesiones indivisas que cesan definitivamente, la aprobación es automática, en los demás casos la SUNAT resuelve en un plazo máximo de 45 días hábiles. Conforme al reglamento, transcurridos 12 meses sin reinicio de actividades, la SUNAT puede dar de baja el RUC de oficio.

Qué datos y documentos necesitas

  • Tu RUC activo y Clave SOL.
  • La fecha de cese definitivo de actividades.
  • Haber dado de baja las series de comprobantes de pago antes de pedir la baja del RUC.
  • Tener al día o regularizadas las declaraciones pendientes.
  • DNI del titular o poder del representante legal para empresas.
  • El motivo del cese (cierre del negocio, disolución, fallecimiento del titular, etc.).

Cómo presentarlo paso a paso

  1. Da de baja las series y comprobantes de pago no utilizados vinculados a tu RUC.
  2. Regulariza las declaraciones pendientes para evitar observaciones.
  3. Ingresa a SUNAT Operaciones en Línea con tu Clave SOL y selecciona la opción de baja de inscripción (Formulario 2135).
  4. Indica la fecha de cese y el motivo, y envía la solicitud.
  5. Recibe la constancia, en personas naturales el cese definitivo es de aprobación automática.
  6. Verifica que tu RUC figure en estado baja en la consulta RUC. El trámite es gratuito.

Errores comunes a evitar

  • Pedir la baja del RUC sin antes dar de baja las series de comprobantes.
  • Dejar declaraciones pendientes que generan multas que sobreviven a la baja.
  • Confundir baja definitiva con suspensión temporal cuando solo paras un tiempo.
  • Olvidar que la deuda tributaria existente no desaparece con la baja del RUC.
  • No tramitar la baja y arriesgarse a multas por no presentar declaraciones de un negocio inactivo.

Preguntas frecuentes

¿La baja del RUC borra mis deudas con la SUNAT?

No. La baja del RUC solo cierra tu condición de contribuyente activo. Las deudas tributarias, multas e intereses existentes siguen vigentes y la SUNAT puede cobrarlas conforme al Código Tributario, salvo que operen otras causas de extinción como la prescripción.

¿Cuánto demora la baja del RUC?

Para personas naturales con negocio, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que cesan definitivamente, la R.S. 210-2004/SUNAT establece aprobación automática. Para otros contribuyentes la SUNAT resuelve en un plazo máximo de 45 días hábiles desde la presentación.

¿Qué pasa si simplemente dejo de declarar sin dar de baja?

Sigues siendo contribuyente activo y obligado a presentar declaraciones. La omisión genera multas por el Artículo 176 del Código Tributario. Si transcurren 12 meses sin actividad, la SUNAT puede dar de baja de oficio el RUC según la R.S. 210-2004/SUNAT, pero no te libra de las multas acumuladas.

¿Puedo reactivar mi RUC después de la baja?

Sí. La R.S. 210-2004/SUNAT permite solicitar la reactivación del número de RUC cuando decides reiniciar actividades, conservando el mismo número. La reactivación se tramita por SUNAT Operaciones en Línea.

Cómo presentar solicitud de baja de ruc ante sunat: paso a paso

  1. Identifica el acto y el plazo. Ubica la resolución, notificación o hecho que motiva tu escrito y anota su número y fecha. Los plazos administrativos corren en días hábiles desde el día siguiente de notificado.
  2. Reúne los medios probatorios. Junta copia del documento impugnado, tu DNI o poder de representación, y toda la documentación que sustente lo que pides.
  3. Completa el escrito. Descarga el formato en Word y llena los campos entre corchetes: datos del administrado, número de expediente, fundamentos de hecho y lo que solicitas de forma concreta.
  4. Presenta por mesa de partes. Ingrésalo por la mesa de partes de la entidad, física o virtual. Conserva el cargo con número de registro y fecha: es tu prueba de haber cumplido el plazo.
  5. Haz seguimiento. Revisa el estado del expediente en el portal de la entidad. Si vence el plazo legal sin respuesta, evalúa el silencio administrativo o el recurso que corresponda.
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de baja de ruc ante sunat

¿El modelo de solicitud de baja de ruc ante sunat es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-baja-de-ruc-ante-sunat/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de baja de ruc ante sunat sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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