Contrato de Cesión de Derechos Hereditarios
Contrato por el cual un heredero transfiere su cuota o derechos en una herencia indivisa a un tercero. Base legal: Art. 1206 y 1209 CC. Requiere escritura pública.
Actualizado al 11 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS
Conste por el presente documento, que las partes elevarán a escritura pública, el contrato de cesión de derechos hereditarios que celebran:
EL CEDENTE: [NOMBRE_CEDENTE], identificado con DNI N° [DNI_CEDENTE], con domicilio en [DIRECCION_CEDENTE], en su calidad de heredero.
EL CESIONARIO: [NOMBRE_CESIONARIO], identificado con DNI N° [DNI_CESIONARIO], con domicilio en [DIRECCION_CESIONARIO].
PRIMERA. ANTECEDENTES. El Cedente es heredero del causante [NOMBRE_CAUSANTE], fallecido el [FECHA_FALLECIMIENTO], conforme consta en la sucesión intestada o testamento inscrito en la Partida N° [PARTIDA_SUCESION] de los Registros Públicos de [SEDE_REGISTRAL]. La masa hereditaria se encuentra en estado de indivisión.
SEGUNDA. OBJETO. Por el presente contrato, y al amparo del artículo 1209 del Código Civil que permite la cesión de derechos hereditarios, el Cedente transfiere al Cesionario todos los derechos y acciones que le corresponden en la herencia del causante, equivalentes a una cuota de [CUOTA_HEREDITARIA].
TERCERA. PRECIO. El Cesionario paga al Cedente, como contraprestación, la suma de S/ [MONTO_CESION] ([MONTO_LETRAS] soles), que el Cedente declara recibir a su entera satisfacción.
CUARTA. ALCANCE. La cesión comprende la cuota ideal del Cedente sobre el conjunto de la masa hereditaria, sin individualizar bienes específicos, dado el estado de indivisión, conforme al artículo 1206 del Código Civil.
QUINTA. GARANTÍA. El Cedente garantiza únicamente su calidad de heredero y la existencia de su derecho al tiempo de la cesión, conforme al artículo 1212 del Código Civil, sin responder por la solvencia de los demás coherederos.
SEXTA. FORMALIDAD. Las partes se obligan a elevar el presente contrato a escritura pública e inscribirlo en los Registros Públicos, conforme exige la transferencia de derechos sobre bienes inmuebles que integren la masa.
SÉTIMA. GASTOS. Los gastos notariales y registrales serán asumidos por [PARTE_GASTOS].
Firmado en la ciudad de [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO].
_______________________ _______________________
EL CEDENTE EL CESIONARIO
DNI [DNI_CEDENTE] DNI [DNI_CESIONARIO]
El contrato de cesión de derechos hereditarios es el acuerdo por el cual un heredero (cedente) transfiere a otra persona (cesionario) el derecho a participar en el patrimonio hereditario que le corresponde de una sucesión ya abierta. No se ceden bienes concretos sino la cuota o participación del heredero en la masa indivisa, con sus elementos activos.
Cuándo usar este modelo
Úsalo cuando eres heredero de una sucesión ya causada (el causante ya falleció) y quieres transferir tu participación, sea a otro coheredero o a un tercero, sin esperar la partición. Es útil para liquidar rápido tu parte, para concentrar la herencia en un solo heredero o para resolver conflictos familiares. Recuerda que solo procede sobre sucesión ya abierta, está prohibido contratar sobre la herencia de una persona viva (pacto sobre sucesión futura).
Base legal vigente 2026
La figura se ampara en el artículo 1209 del Código Civil, que permite ceder el derecho a participar en un patrimonio hereditario ya causado, quedando el cedente obligado a garantizar su calidad de heredero. Se rige además por las normas generales de la cesión de derechos, artículos 1206 a 1217 CC, que regulan la transferencia del derecho a exigir una prestación, la formalidad y los efectos frente al deudor. El artículo 660 CC fija que la herencia se transmite desde la muerte del causante, requisito para que exista derecho cesible. El artículo 1405 CC declara nulo todo contrato sobre el derecho de suceder en los bienes de una persona que no ha muerto.
Cómo rellenarlo bien
Identifica al causante, la fecha de su fallecimiento y la condición de heredero del cedente (declaratoria de herederos o testamento). Describe la cuota o porcentaje que se cede y si la cesión es total o parcial. Fija el precio o si es a título gratuito. Conviene escritura pública cuando la masa incluye inmuebles, para poder oponer la cesión y facilitar trámites registrales. Incluye la garantía del cedente sobre su calidad de heredero (artículo 1209 CC) y delimita expresamente las deudas, ya que el cesionario asume la posición en el patrimonio indiviso.
Errores comunes
- Ceder bienes específicos creyendo que se ceden derechos hereditarios. Antes de la partición ningún heredero es dueño exclusivo de un bien, solo de una cuota.
- Pactar sobre la herencia de alguien que aún vive. Es nulo conforme al artículo 1405 CC.
- No precisar el precio ni la garantía de calidad de heredero, lo que genera disputas posteriores con el cesionario.
Preguntas frecuentes
¿Necesito escritura pública? Es muy recomendable y, en la práctica, exigible cuando hay inmuebles en la masa. ¿El cesionario se vuelve heredero? No adquiere la calidad de heredero, adquiere el derecho patrimonial a participar en la masa. ¿Puedo ceder solo una parte? Sí, la cesión puede ser total o parcial de tu cuota.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de cesión de derechos hereditarios
¿El modelo de contrato de cesión de derechos hereditarios es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-cesion-de-derechos-hereditarios/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de cesión de derechos hereditarios sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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