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Derecho de Autor

Contrato de Licencia de Uso de Ilustración o Personaje para Merchandising

Contrato por el cual el ilustrador o titular de un personaje autoriza su reproducción en productos de merchandising a cambio de regalías, con control de calidad y territorio.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE ILUSTRACIÓN O PERSONAJE PARA MERCHANDISING

Conste por el presente documento el contrato de licencia de uso que celebran, de una parte, [NOMBRE_DEL_LICENCIANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEL_LICENCIANTE], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_LICENCIANTE], en adelante EL LICENCIANTE; y, de la otra parte, [RAZON_SOCIAL_DE_LA_LICENCIATARIA], con RUC N.° [RUC_DE_LA_LICENCIATARIA], con domicilio en [DOMICILIO_DE_LA_LICENCIATARIA], debidamente representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE], en adelante LA LICENCIATARIA; en los términos siguientes:

PRIMERA: ANTECEDENTES. EL LICENCIANTE es autor y titular de los derechos patrimoniales sobre la obra artística consistente en [DESCRIPCION_DE_LA_OBRA] (ilustración, personaje o conjunto gráfico), denominada [NOMBRE_DEL_PERSONAJE_U_OBRA], protegida por el Decreto Legislativo N.° 822, Ley sobre el Derecho de Autor.

SEGUNDA: OBJETO. EL LICENCIANTE otorga a LA LICENCIATARIA una licencia [TIPO_DE_LICENCIA] (exclusiva o no exclusiva) para reproducir la obra en los siguientes productos de merchandising: [PRODUCTOS_AUTORIZADOS] (polos, tazas, stickers, bolsos u otros pactados), así como para distribuirlos y comercializarlos en el territorio de [TERRITORIO].

TERCERA: PLAZO. La licencia rige desde el [FECHA_DE_INICIO] hasta el [FECHA_DE_TERMINO]. Vencido el plazo, LA LICENCIATARIA podrá agotar el stock producido durante [PLAZO_DE_AGOTAMIENTO_DE_STOCK] días adicionales, sin producir nuevas unidades.

CUARTA: CONTRAPRESTACIÓN. LA LICENCIATARIA pagará a EL LICENCIANTE: a) un anticipo no reembolsable de [MONTO_DEL_ANTICIPO] soles a la firma del contrato, imputable a regalías; y b) una regalía del [PORCENTAJE_DE_REGALIA] por ciento sobre el valor neto de venta de cada unidad vendida, liquidada [PERIODICIDAD_DE_LIQUIDACION] con reporte documentado de ventas.

QUINTA: CONTROL DE CALIDAD. LA LICENCIATARIA someterá a aprobación previa y por escrito de EL LICENCIANTE las muestras o artes finales de cada producto. La aprobación no podrá ser negada sin causa razonable y se entenderá otorgada si no hay observaciones en [DIAS_PARA_OBSERVAR] días hábiles.

SEXTA: DERECHOS RESERVADOS. Todos los derechos no licenciados expresamente quedan reservados a EL LICENCIANTE, incluida la creación de obras derivadas. LA LICENCIATARIA consignará el crédito de autoría en los productos o sus etiquetas en la forma siguiente: [FORMA_DEL_CREDITO].

SÉPTIMA: DERECHOS MORALES. Las partes reconocen que los derechos morales de paternidad e integridad son perpetuos e irrenunciables. LA LICENCIATARIA no deformará ni mutilará la obra, y las adaptaciones técnicas de color o tamaño requerirán conformidad de EL LICENCIANTE.

OCTAVA: RESOLUCIÓN. El incumplimiento del pago de regalías o la producción de artículos no autorizados faculta a EL LICENCIANTE a resolver el contrato de pleno derecho mediante comunicación escrita, sin perjuicio de las acciones por infracción ante el INDECOPI y de la indemnización correspondiente.

NOVENA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las partes se someten a la jurisdicción de los jueces y tribunales de [CIUDAD_DE_JURISDICCION], sin perjuicio de las competencias administrativas del INDECOPI.

Firmado en dos ejemplares, en [CIUDAD], el [FECHA_DE_FIRMA].

_________________________
EL LICENCIANTE
DNI N.° [DNI_DEL_LICENCIANTE]

_________________________
LA LICENCIATARIA
[NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE]
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Cuándo usar este modelo

Este contrato es para el ilustrador, diseñador o estudio que ha creado un personaje o una ilustración con tirón comercial, y para la marca o emprendimiento que quiere estamparla en polos, tazas, stickers, bolsos o cualquier producto. A diferencia de una cesión definitiva, aquí el creador conserva la titularidad y autoriza usos concretos por un plazo y territorio determinados, a cambio de un anticipo y regalías por unidad vendida. Sirve tanto para colaboraciones puntuales como para líneas de productos de mayor escala.

Marco legal en el Perú

La ilustración y el personaje gráfico son obras artísticas protegidas por el Decreto Legislativo N.° 822, Ley sobre el Derecho de Autor, desde su creación. La licencia de uso es el instrumento que la propia ley contempla para autorizar la explotación sin transferir la titularidad, y se interpreta de manera restrictiva: todo lo no autorizado expresamente queda reservado al autor. Los derechos morales de paternidad e integridad son perpetuos e irrenunciables, por lo que la licenciataria no puede mutilar la obra ni omitir el crédito pactado. Ante infracciones, el titular puede acudir a la Comisión de Derecho de Autor del INDECOPI o a la vía judicial.

Cómo completar la plantilla

Negocia primero los números (anticipo, porcentaje y periodicidad de liquidación) y recién después llena el contrato. La claridad en el alcance evita el conflicto típico: productos no pactados apareciendo en el mercado.

  • Describe la obra con precisión y, de ser posible, anexa las artes aprobadas como parte del contrato.
  • Enumera taxativamente los productos autorizados; lo que no esté en la lista queda prohibido.
  • Define exclusiva o no exclusiva: la exclusividad vale más y debe reflejarse en el anticipo.
  • Pacta el porcentaje de regalía sobre el valor neto de venta y reportes con sustento documentario.
  • Establece el plazo de agotamiento de stock para el fin del contrato.
  • Acuerda la forma exacta del crédito de autoría en producto o etiqueta.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si la licenciataria vende productos que no estaban autorizados?

Es un uso fuera del alcance de la licencia y constituye infracción al derecho de autor. El contrato faculta a resolver de pleno derecho, y el titular puede además denunciar ante el INDECOPI, pedir medidas cautelares sobre la mercadería y reclamar la indemnización por las ventas no reportadas.

¿Conviene registrar la obra antes de firmar la licencia?

Sí. El registro en el INDECOPI da fecha cierta y presunción de titularidad, lo que fortalece tu posición al negociar y simplifica cualquier acción por infracción durante la vigencia del contrato. Muchas licenciatarias serias, de hecho, piden el certificado de registro antes de lanzar la línea de productos.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de licencia de uso de ilustración o personaje para merchandising

¿El modelo de contrato de licencia de uso de ilustración o personaje para merchandising es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-licencia-de-uso-de-ilustracion-o-personaje-para-merchandising/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de licencia de uso de ilustración o personaje para merchandising sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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