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Derecho de Autor

Contrato de Licencia de Sincronización de Obra Musical

Licencia que autoriza incorporar una obra musical a una obra audiovisual (cine, publicidad o video), distinta de la simple licencia de uso, conforme a los arts. 31, 36 y 88 del D.Leg. 822.

Actualizado al 11 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE LICENCIA DE SINCRONIZACIÓN DE OBRA MUSICAL

Conste por el presente documento el contrato de licencia de sincronización que celebran:

EL TITULAR (LICENCIANTE): [NOMBRE_LICENCIANTE], identificado con [TIPO_DOC_LICENCIANTE] N° [DOC_LICENCIANTE], con domicilio en [DOMICILIO_LICENCIANTE], en su calidad de titular de la obra musical.

EL PRODUCTOR (LICENCIATARIO): [NOMBRE_LICENCIATARIO], identificado con [TIPO_DOC_LICENCIATARIO] N° [DOC_LICENCIATARIO], con domicilio en [DOMICILIO_LICENCIATARIO].

PRIMERA: OBJETO
El Licenciante autoriza al Licenciatario a sincronizar la obra musical [TITULO_OBRA_MUSICAL], del autor [NOMBRE_AUTOR], con la obra audiovisual [TITULO_AUDIOVISUAL], incorporándola en su banda sonora. La sincronización es una forma de explotación que combina reproducción y transformación, conforme a los artículos 32 y 36 del D.Leg. 822.

SEGUNDA: ALCANCE
La licencia autoriza el uso del fragmento [FRAGMENTO_O_TOTAL] de la obra, en el contexto descrito, y comprende los siguientes medios de difusión del audiovisual: [MEDIOS] (cine, televisión, plataformas digitales, redes sociales). Cada medio es independiente, según el artículo 31 del D.Leg. 822.

TERCERA: EXCLUSIVIDAD, TERRITORIO Y PLAZO
La licencia es [EXCLUSIVA_O_NO], para el territorio de [TERRITORIO], por un plazo de [PLAZO] desde [FECHA_INICIO].

CUARTA: REMUNERACIÓN
El Licenciatario pagará por la sincronización [MONTO], mediante [FORMA_PAGO]. Esta tarifa es independiente de los derechos de comunicación pública que recaude la sociedad de gestión colectiva por la difusión de la obra, conforme al artículo 153 del D.Leg. 822.

QUINTA: DERECHOS CONEXOS
Si la grabación utilizada incluye una interpretación o un fonograma de terceros, el Licenciatario deberá obtener además la autorización del artista intérprete (Ley 28131) y del productor del fonograma (artículo 136 del D.Leg. 822).

SEXTA: DERECHOS MORALES Y CRÉDITO
El Licenciante conserva sus derechos morales según el artículo 21 del D.Leg. 822. El Licenciatario acreditará al autor en los créditos del audiovisual.

SÉTIMA: GARANTÍA Y RESOLUCIÓN
El Licenciante garantiza su titularidad sobre la obra musical. El incumplimiento faculta a resolver el contrato conforme al artículo 1428 del Código Civil.

OCTAVA: LEY Y CONTROVERSIAS
Este contrato se rige por el D.Leg. 822 y el Código Civil. Las controversias se someten a [MECANISMO_SOLUCION].

Firmado en [CIUDAD], el [FECHA].

_______________________     _______________________
EL LICENCIANTE               EL LICENCIATARIO

Sobre este modelo de contrato de licencia de sincronización de obra musical

Este modelo pertenece al área de Derecho de Autor. Protección de obras del ingenio y prestaciones de artistas bajo el D.Leg. 822: registro ante el Registro Nacional del Derecho de Autor de Indecopi, cesión y licencia de derechos y denuncia por plagio.

Descárgalo gratis en formato Word (.docx), personalízalo con tus datos y úsalo como base para tu caso. Todos los modelos de Modelo.pe son gratuitos, sin registro ni límite de descargas.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de licencia de sincronización de obra musical

¿El modelo de contrato de licencia de sincronización de obra musical es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-licencia-de-sincronizacion-de-obra-musical/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de licencia de sincronización de obra musical sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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