Contrato de Cesión de Derechos Patrimoniales sobre Obra Audiovisual
Contrato por el cual el autor cede al productor los derechos patrimoniales de explotación de una obra audiovisual, conservando los derechos morales, conforme a los arts. 31, 88 y 89 del D.Leg. 822.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES SOBRE OBRA AUDIOVISUAL Conste por el presente documento el contrato de cesión de derechos patrimoniales que celebran: EL CEDENTE (AUTOR): [NOMBRE_CEDENTE], identificado con [TIPO_DOC_CEDENTE] N° [DOC_CEDENTE], con domicilio en [DOMICILIO_CEDENTE]. EL CESIONARIO (PRODUCTOR): [NOMBRE_CESIONARIO], identificado con [TIPO_DOC_CESIONARIO] N° [DOC_CESIONARIO], con domicilio en [DOMICILIO_CESIONARIO]. PRIMERA: OBJETO El Cedente cede al Cesionario los derechos patrimoniales sobre la obra audiovisual [TITULO_OBRA], de duración aproximada [DURACION], cuyo argumento o guion se describe en el Anexo. La cesión recae solo sobre los derechos patrimoniales, según el artículo 31 del D.Leg. 822. SEGUNDA: DERECHOS CEDIDOS La cesión comprende: [DERECHOS_CEDIDOS] (reproducción, comunicación pública, distribución, transformación, doblaje y subtitulado), conforme a los artículos 32, 33, 36 y 37 del D.Leg. 822. Los derechos no mencionados quedan reservados al Cedente, pues la cesión se interpreta restrictivamente según el artículo 88 del D.Leg. 822. TERCERA: EXCLUSIVIDAD, TERRITORIO Y PLAZO La cesión es [EXCLUSIVA_O_NO], para el territorio de [TERRITORIO], por un plazo de [PLAZO] desde [FECHA_INICIO]. CUARTA: REMUNERACIÓN El Cesionario pagará al Cedente [MONTO], en la forma siguiente: [FORMA_PAGO]. Cuando la cesión es onerosa, el autor tiene derecho a una participación proporcional, salvo pacto en contrario, conforme al artículo 89 del D.Leg. 822. QUINTA: DERECHOS MORALES El Cedente conserva sus derechos morales de paternidad e integridad, que son inalienables e irrenunciables según el artículo 21 del D.Leg. 822. El Cesionario consignará el crédito del autor en los títulos de la obra. SEXTA: GARANTÍA DE TITULARIDAD El Cedente declara ser titular de los derechos cedidos y que la obra es original, asumiendo responsabilidad frente a reclamos de terceros. SÉTIMA: RESOLUCIÓN El incumplimiento faculta a resolver el contrato conforme al artículo 1428 del Código Civil, sin perjuicio de la indemnización que corresponda. OCTAVA: LEY Y CONTROVERSIAS Este contrato se rige por el D.Leg. 822 y el Código Civil. Las controversias se someten a [MECANISMO_SOLUCION]. Firmado en [CIUDAD], el [FECHA]. _______________________ _______________________ EL CEDENTE EL CESIONARIO
Cuando usar este modelo
Utiliza este contrato cuando el autor de una obra audiovisual (director, guionista o creador del argumento) transfiere al productor los derechos patrimoniales de explotación, conservando siempre sus derechos morales. Es el documento base de cualquier producción de cine, serie, documental o video publicitario en el Perú, y ordena quién puede reproducir, comunicar y distribuir la obra. Se rige por los artículos 31, 88 y 89 del Decreto Legislativo 822, Ley sobre el Derecho de Autor.
Los derechos patrimoniales del artículo 31 comprenden la reproducción, la comunicación pública, la distribución y la adaptación. La cesión debe constar por escrito según el artículo 89 y se interpreta de forma restrictiva: solo se cede lo expresamente pactado, nunca más.
Qué datos necesitas
- Identificación del cedente (autor) y del cesionario (productor): nombres, DNI o RUC y domicilio.
- Título y descripción precisa de la obra audiovisual y su formato.
- Modalidades de explotación cedidas: salas de cine, televisión, plataformas de streaming y home video.
- Ámbito territorial (Perú o mundial) y plazo de la cesión.
- Carácter exclusivo o no exclusivo de la cesión.
- Contraprestación económica o regalías y forma de pago.
Paso a paso
- Verifica la titularidad: el autor debe ser el titular originario según el artículo 18, o contar con autorización de los coautores.
- Define con exactitud las modalidades de explotación; lo no mencionado permanece en poder del autor.
- Fija territorio, plazo y exclusividad de manera expresa.
- Establece la contraprestación, sea suma fija o porcentaje sobre ingresos, respetando los derechos morales.
- Firma por escrito, requisito de validez conforme al artículo 89.
- Registra la obra ante la Dirección de Derecho de Autor del Indecopi como respaldo probatorio.
Errores comunes
- Redactar una cesión total genérica sin detallar modalidades; la ley la interpreta de forma restrictiva.
- Pretender ceder los derechos morales, que son irrenunciables e inalienables según el artículo 22.
- Omitir plazo o territorio, lo que genera conflictos de explotación.
- No pactar la contraprestación, dejando la cesión expuesta a nulidad.
- Olvidar la firma escrita, requisito de validez.
Preguntas frecuentes
¿Puedo recuperar los derechos cedidos? Solo al vencer el plazo pactado o si el cesionario incumple; por eso conviene fijar plazo y causales de resolución.
¿El autor pierde el crédito de su obra? No; el derecho de paternidad es moral e irrenunciable y su nombre siempre debe figurar.
¿Es obligatorio registrarlo en Indecopi? No es constitutivo, pero el registro otorga fecha cierta y sirve como prueba ante cualquier conflicto.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de cesión de derechos patrimoniales sobre obra audiovisual
¿El modelo de contrato de cesión de derechos patrimoniales sobre obra audiovisual es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-cesion-de-derechos-patrimoniales-sobre-obra-audiovisual/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de cesión de derechos patrimoniales sobre obra audiovisual sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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