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Derecho de Autor

Contrato de Traducción de Obra Literaria con Reconocimiento de Derechos sobre la Traducción

Contrato entre editorial o autor y traductor literario que regula el encargo de la traducción, el reconocimiento del traductor como autor de la obra derivada, las regalías, el crédito y el plazo de entrega.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE TRADUCCIÓN DE OBRA LITERARIA

Conste por el presente documento el contrato de traducción que celebran de una parte [RAZON_SOCIAL_DEL_COMITENTE], con RUC N.° [RUC_DEL_COMITENTE], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_COMITENTE], representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEL_REPRESENTANTE], a quien en adelante se le denominará EL COMITENTE; y de la otra parte [NOMBRE_DEL_TRADUCTOR], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEL_TRADUCTOR], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_TRADUCTOR], distrito de [DISTRITO_DEL_TRADUCTOR], a quien en adelante se le denominará EL TRADUCTOR; en los términos siguientes:

PRIMERA. ANTECEDENTES
EL COMITENTE declara contar con los derechos necesarios para encargar la traducción de la obra literaria titulada «[TITULO_DE_LA_OBRA_ORIGINAL]», de autoría de [NOMBRE_DEL_AUTOR_ORIGINAL], publicada originalmente en idioma [IDIOMA_ORIGINAL], y acredita dicha facultad con [DOCUMENTO_QUE_ACREDITA_DERECHOS], que se adjunta como anexo.

SEGUNDA. OBJETO
EL TRADUCTOR se obliga a traducir íntegra y fielmente la obra descrita del idioma [IDIOMA_ORIGINAL] al idioma [IDIOMA_DE_DESTINO], con una extensión estimada de [NUMERO_DE_PALABRAS] palabras, respetando el estilo, el registro y la intención del texto original.

TERCERA. TITULARIDAD SOBRE LA TRADUCCIÓN
3.1. Las partes reconocen que la traducción constituye una obra derivada protegida por el derecho de autor y que EL TRADUCTOR es su autor, sin perjuicio de los derechos del autor de la obra originaria.
3.2. EL TRADUCTOR autoriza a EL COMITENTE, en forma [EXCLUSIVA_O_NO_EXCLUSIVA], a reproducir, publicar y distribuir la traducción en el territorio de [TERRITORIO_AUTORIZADO], por el plazo de [PLAZO_DEL_CONTRATO] años, en formato impreso y digital.
3.3. EL TRADUCTOR conserva sus derechos morales, en particular el de que su nombre figure asociado a la traducción y el de oponerse a modificaciones que afecten su reputación profesional.

CUARTA. PLAZO Y ENTREGA
EL TRADUCTOR entregará la traducción el [FECHA_DE_ENTREGA], en formato editable [FORMATO_DE_ENTREGA], al correo [CORREO_DE_ENTREGA], con entregas parciales según cronograma anexo. EL COMITENTE tendrá [DIAS_PARA_OBSERVAR] días para observar y EL TRADUCTOR [DIAS_PARA_SUBSANAR] días para absolver.

QUINTA. CONTRAPRESTACIÓN
EL COMITENTE pagará a EL TRADUCTOR la suma de S/ [MONTO_TOTAL] por la traducción, pagadera en [NUMERO_DE_ARMADAS] armadas conforme al cronograma. Adicionalmente, EL TRADUCTOR percibirá una regalía del [PORCENTAJE_DE_REGALIA] por ciento del precio de venta al público de cada ejemplar vendido, liquidada con periodicidad [PERIODICIDAD_DE_LIQUIDACION].

SEXTA. CRÉDITO DEL TRADUCTOR
El nombre de EL TRADUCTOR se consignará en la portada interior, en la página de créditos y en la ficha bibliográfica de la edición, con la fórmula «[FORMULA_DE_CREDITO]». La omisión del crédito constituye infracción a los derechos morales del traductor.

SÉPTIMA. EDICIÓN Y CORRECCIÓN
EL COMITENTE podrá realizar la corrección de estilo y la adecuación editorial del texto. Los cambios que alteren el sentido de la traducción serán consultados previamente con EL TRADUCTOR, quien deberá aprobar las pruebas finales antes de la impresión.

OCTAVA. CONFIDENCIALIDAD
EL TRADUCTOR mantendrá en reserva el contenido de la obra hasta su publicación y no difundirá fragmentos sin autorización escrita de EL COMITENTE.

NOVENA. RESOLUCIÓN
El retraso injustificado en la entrega superior a [DIAS_DE_TOLERANCIA] días o el incumplimiento de los pagos facultan a la parte perjudicada a resolver el contrato conforme al artículo 1429 del Código Civil, previa carta notarial de requerimiento con plazo no menor de quince días para subsanar.

DÉCIMA. MARCO LEGAL
El contrato se rige por el Decreto Legislativo N.° 822, Ley sobre el Derecho de Autor, que protege las traducciones como obras derivadas, por la Decisión 351 de la Comunidad Andina, por la Ley N.° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, y supletoriamente por el Código Civil.

Suscrito en [CIUDAD], a los [FECHA].


____________________________          ____________________________
      EL COMITENTE                          EL TRADUCTOR
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Cuándo usar este modelo

Este contrato se usa cuando una editorial, un autor o una institución encarga a un traductor literario verter una obra a otro idioma. Aplica a la traducción de una novela extranjera que se publicará en el Perú, a la traducción al inglés de un autor peruano para una feria internacional, a la traducción de un libro de ensayos para una universidad y a la traducción de obra literaria a una lengua originaria dentro de un proyecto editorial. Es distinto de un contrato de servicios de traducción de documentos: aquí no se traduce un certificado ni un contrato, sino una obra protegida, y el resultado es a su vez una obra protegida. Esa diferencia es la que obliga a documentar quién es el autor de la traducción, con qué alcance la editorial puede usarla y durante cuánto tiempo.

Marco legal en el Perú

El Decreto Legislativo N.° 822, Ley sobre el Derecho de Autor, protege las traducciones como obras derivadas, sin perjuicio de los derechos del autor de la obra originaria. Esto significa dos cosas al mismo tiempo: el traductor es autor de su traducción y goza de derechos morales y patrimoniales sobre ella; y la traducción solo puede realizarse y publicarse si quien la encarga cuenta con la autorización del titular de la obra original. Por eso el modelo exige que el comitente acredite documentalmente esa facultad. La Decisión 351 de la Comunidad Andina recoge el mismo principio en el régimen regional. En el terreno editorial resulta pertinente la Ley N.° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, que define la figura del editor y ordena la actividad editorial peruana. En lo no previsto se aplica el Código Civil, incluida la resolución por incumplimiento mediante requerimiento notarial de su artículo 1429.

Cómo completar la plantilla

El punto más delicado es el de la cláusula tercera: si el traductor cede todo sin límite temporal, pierde la posibilidad de renegociar cuando el libro se reedite. Conviene autorizar una explotación acotada en plazo y territorio, no una transferencia definitiva.

  • Verifica y anexa el documento que acredita que el comitente puede encargar la traducción: contrato con el autor original, licencia de la editorial extranjera o constancia de dominio público.
  • Estima la extensión en número de palabras, porque de ahí sale el precio y también el plazo realista de entrega.
  • Define si la autorización es exclusiva y por cuántos años, en lugar de dejarla abierta.
  • Combina un honorario fijo con una regalía por ejemplar vendido: el fijo cubre el trabajo y la regalía comparte el éxito de la edición.
  • Escribe la fórmula exacta del crédito y exige que aparezca también en la ficha bibliográfica, no solo en una página interior.
  • Pacta el derecho del traductor a aprobar las pruebas finales antes de imprimir, para evitar que la corrección de estilo altere el sentido de su trabajo.

Preguntas frecuentes

¿El traductor es autor o solo un proveedor de servicios?

Es autor de la obra derivada. La ley protege la traducción como creación intelectual y reconoce al traductor derechos morales sobre ella, incluido el de que su nombre figure en la edición. Que se le pague por encargo no cambia esa condición; lo que el contrato regula es el alcance de la autorización de uso que concede.

¿Puedo traducir un libro extranjero y publicarlo sin permiso?

No, salvo que la obra esté en dominio público. Traducir sin autorización del titular de la obra originaria es una infracción, aunque la traducción sea excelente y original. Por eso el contrato obliga al comitente a acreditar su derecho antes de encargar el trabajo.

¿Qué pasa con la traducción cuando vence el plazo?

La autorización de explotación se extingue y la editorial debe dejar de reproducir y distribuir nuevos ejemplares. El traductor recupera la disponibilidad de su obra derivada y puede negociar una nueva edición, siempre respetando los derechos vigentes sobre la obra original.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de traducción de obra literaria con reconocimiento de derechos sobre la traducción

¿El modelo de contrato de traducción de obra literaria con reconocimiento de derechos sobre la traducción es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-traduccion-de-obra-literaria-con-reconocimiento-de-derechos-sobre-la-traduccion/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de traducción de obra literaria con reconocimiento de derechos sobre la traducción sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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