Contrato de Participación en la Pesca entre Armador y Habilitador de Insumos de Faena
Contrato por el que un habilitador financia combustible, hielo, víveres y aparejos de la faena y participa en el producto de la pesca en un porcentaje acordado con el armador.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE PARTICIPACIÓN EN LA PESCA CON HABILITADOR DE INSUMOS Conste por el presente documento el contrato de participación en la pesca que celebran, de una parte, [NOMBRE_DEL_ARMADOR], identificado con [DNI_O_RUC_DEL_ARMADOR], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_ARMADOR], propietario de la embarcación pesquera [NOMBRE_DE_LA_EMBARCACION], con matrícula N.° [MATRICULA_DE_LA_EMBARCACION], a quien se denominará EL ARMADOR; y, de la otra parte, [NOMBRE_DEL_HABILITADOR], identificado con [DNI_O_RUC_DEL_HABILITADOR], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_HABILITADOR], a quien se denominará EL HABILITADOR, en los términos siguientes: PRIMERA: ANTECEDENTES EL ARMADOR cuenta con embarcación operativa y con permiso de pesca vigente otorgado mediante [RESOLUCION_DEL_PERMISO_DE_PESCA], y se dedica a la extracción de [ESPECIES_OBJETIVO] en la zona de [ZONA_DE_PESCA]. EL HABILITADOR se dedica al financiamiento y provisión de insumos para faenas de pesca. SEGUNDA: OBJETO EL HABILITADOR se obliga a proveer y financiar los insumos necesarios para las faenas de la embarcación durante la vigencia de este contrato, y EL ARMADOR se obliga a destinar dichos insumos exclusivamente a la actividad extractiva y a reconocer a EL HABILITADOR una participación en el producto de la pesca conforme a la cláusula quinta. TERCERA: INSUMOS COMPROMETIDOS Por cada faena, EL HABILITADOR entregará: combustible por [CANTIDAD_DE_COMBUSTIBLE] galones, hielo por [CANTIDAD_DE_HIELO] barras, víveres, y los aparejos que se detallen en el acta de entrega. El valor referencial por faena asciende a S/ [VALOR_POR_FAENA]. CUARTA: OBLIGACIONES DEL ARMADOR EL ARMADOR se obliga a: (i) mantener vigentes la matrícula, los certificados de seguridad y el permiso de pesca; (ii) respetar las vedas, tallas mínimas y zonas de pesca establecidas por la autoridad; (iii) desembarcar la totalidad de la captura en [DESEMBARCADERO_O_PUERTO]; y (iv) informar a EL HABILITADOR el resultado de cada faena dentro de las [PLAZO_DE_INFORME] horas del arribo. QUINTA: PARTICIPACIÓN Y LIQUIDACIÓN Del monto bruto obtenido por la venta de la captura se deducirán primero los insumos efectivamente entregados. El saldo se distribuirá así: [PORCENTAJE_DEL_HABILITADOR] % para EL HABILITADOR y [PORCENTAJE_DEL_ARMADOR] % para EL ARMADOR, quien asumirá con su parte la retribución de la tripulación. La liquidación se practicará por escrito al término de cada faena. SEXTA: NATURALEZA DE LA RELACIÓN Este contrato no genera vínculo laboral ni societario entre las partes. EL HABILITADOR no dirige la faena ni responde por las obligaciones laborales de la tripulación, que corresponden exclusivamente a EL ARMADOR. SÉPTIMA: RIESGO Y CAUSAS NO IMPUTABLES Si la faena resulta infructuosa por causas no imputables a EL ARMADOR, el valor de los insumos se arrastrará a la faena siguiente hasta por [NUMERO_DE_FAENAS_DE_ARRASTRE] faenas, sin generar intereses. OCTAVA: PLAZO El contrato rige desde el [FECHA_DE_INICIO] hasta el [FECHA_DE_TERMINO], renovable por acuerdo escrito. NOVENA: RESOLUCIÓN Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato por incumplimiento, previa comunicación notarial con [DIAS_DE_PREAVISO] días de anticipación. DÉCIMA: LEY APLICABLE En lo no previsto se aplican el Código Civil, el Decreto Ley N.° 25977, Ley General de Pesca, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 012-2001-PE. Las partes se someten a los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL]. Suscrito en [CIUDAD], el [FECHA], en dos ejemplares. ____________________ ____________________ EL ARMADOR EL HABILITADOR
Cuándo usar este modelo
En casi todas las caletas del litoral existe la figura del habilitador: la persona o el negocio que pone el combustible, el hielo, los víveres y a veces los aparejos para que la embarcación pueda salir, a cambio de una parte del resultado de la faena. Es un acuerdo antiguo y muy extendido que, sin embargo, casi nunca se pone por escrito, y de ahí nacen la mayoría de los conflictos del muelle.
Este contrato sirve para ordenar esa relación: qué insumos entrega el habilitador, cuánto valen, cómo se descuentan del producto de la venta y qué porcentaje corresponde a cada parte una vez cubiertos los costos. También aclara algo decisivo: que el habilitador no es empleador de la tripulación ni socio de la empresa pesquera del armador.
Úsalo antes de la primera faena financiada, no después del primer desacuerdo. Si ya existe una deuda arrastrada, conviene liquidarla en un acta previa y empezar el contrato con saldo cero.
Marco legal en el Perú
No hay una ley que regule específicamente la habilitación pesquera, de modo que el acuerdo se sostiene en la libertad de contratar y en las reglas generales del Código Civil sobre obligaciones, prestación de servicios y contratos atípicos. Precisamente por eso el documento escrito es tan importante: es la única fuente clara de derechos entre las partes.
El marco sectorial lo aporta el Decreto Ley N.° 25977, Ley General de Pesca, junto con su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 012-2001-PE. De allí surgen obligaciones que el contrato debe respetar: permiso de pesca vigente, cumplimiento de vedas y tallas mínimas, y desembarque en lugares autorizados.
Conviene tener presente que las infracciones pesqueras se sancionan conforme al Decreto Supremo N.° 017-2017-PRODUCE, Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas. Un habilitador que financia una faena en veda no queda automáticamente indemne, y por eso el contrato debe dejar expresa la obligación del armador de operar dentro de la ley.
Cómo completar la plantilla
La claridad numérica es lo que evita pleitos. Cada faena debe poder reconstruirse con papeles: qué se entregó, cuánto se vendió y cómo se repartió.
- Detalla los insumos por faena en cantidades concretas (galones de combustible, barras de hielo) y su valor referencial.
- Fija los porcentajes de participación de forma que sumen cien y precisa que el armador paga a la tripulación con su parte.
- Establece si el valor de los insumos se descuenta antes o después del reparto: es la cláusula que más se discute.
- Define qué ocurre cuando la faena es infructuosa y cuántas veces puede arrastrarse el saldo sin intereses.
- Exige el desembarque en un punto determinado, para que el control de lo capturado sea verificable.
- Firma un acta de entrega por cada faena y una liquidación al arribo; adjúntalas al contrato como anexos.
Preguntas frecuentes
¿El habilitador se convierte en socio del armador?
No, si el contrato lo dice con claridad. El habilitador participa en el resultado de faenas determinadas, pero no adquiere derechos sobre la embarcación ni sobre el permiso de pesca, no dirige la operación y no comparte la personería del negocio. Conviene repetirlo en una cláusula expresa para evitar interpretaciones posteriores.
¿Puede el habilitador quedarse con la embarcación si la deuda crece?
No de manera automática. Para afectar la nave hace falta una garantía formalmente constituida e inscrita; sin ella, el habilitador solo tiene un crédito que debe cobrar por las vías ordinarias. Si se quiere respaldo real, lo correcto es pactar una garantía y registrarla, no apoderarse del bien por la fuerza de los hechos.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de participación en la pesca entre armador y habilitador de insumos de faena
¿El modelo de contrato de participación en la pesca entre armador y habilitador de insumos de faena es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-participacion-en-la-pesca-entre-armador-y-habilitador-de-insumos-de-faena/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de participación en la pesca entre armador y habilitador de insumos de faena sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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