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Contratos

Contrato de Prestación de Servicios de Telemedicina (Consulta Médica Virtual)

Contrato de prestación de servicios de telemedicina para consulta médica virtual, conforme a la Ley Marco de Telesalud (Ley 30421) y la Ley 29733 de Protección de Datos Personales.

Actualizado al 6 de agosto de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELEMEDICINA (CONSULTA MÉDICA VIRTUAL)

Conste por el presente documento el Contrato de Prestación de Servicios de Telemedicina, que celebran de una parte [NOMBRE_DEL_MÉDICO_O_IPRESS], con RUC N.° [RUC] / DNI N.° [DNI_MÉDICO], colegiado con Registro del Colegio Médico del Perú N.° [NÚMERO_DE_COLEGIATURA], con domicilio en [DOMICILIO_MÉDICO], a quien en adelante se le denominará EL PRESTADOR; y de otra parte [NOMBRE_DEL_PACIENTE], identificado con DNI N.° [DNI_PACIENTE], con domicilio en [DOMICILIO_PACIENTE], a quien en adelante se le denominará EL PACIENTE; en los términos siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA.- MARCO LEGAL
El presente contrato se celebra en el marco de la Ley N.° 30421, Ley Marco de Telesalud, y su reglamento, que regulan la prestación de servicios de salud a distancia mediante tecnologías de la información y comunicación, así como de la Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, aplicable al tratamiento de los datos de salud del paciente, considerados datos sensibles.

CLÁUSULA SEGUNDA.- OBJETO
EL PRESTADOR se obliga a brindar el servicio de telemedicina consistente en consulta médica virtual en la especialidad de [ESPECIALIDAD_MÉDICA], a través de la plataforma [NOMBRE_DE_LA_PLATAFORMA_O_MEDIO], en la fecha y hora acordadas, con el fin de [FINALIDAD_DE_LA_CONSULTA].

CLÁUSULA TERCERA.- CONSENTIMIENTO INFORMADO REMOTO
EL PACIENTE declara haber sido informado sobre los alcances y limitaciones de la atención médica a distancia, incluyendo la imposibilidad de realizar examen físico presencial, y otorga su consentimiento informado para recibir la atención bajo esta modalidad, conforme lo exige el reglamento de la Ley N.° 30421 y el artículo 4 de la Ley N.° 26842, Ley General de Salud.

CLÁUSULA CUARTA.- IDENTIFICACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL PACIENTE
Previo al inicio de la consulta, EL PRESTADOR verificará la identidad de EL PACIENTE mediante [MÉTODO_DE_VERIFICACIÓN], a fin de garantizar la trazabilidad y seguridad del acto médico a distancia.

CLÁUSULA QUINTA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE SALUD
EL PRESTADOR se obliga a tratar la información de salud de EL PACIENTE conforme a los principios de la Ley N.° 29733, garantizando la confidencialidad de la historia clínica electrónica, el cifrado de las comunicaciones y la conservación segura del registro de la teleconsulta, no pudiendo compartir dicha información con terceros sin consentimiento expreso de EL PACIENTE, salvo mandato legal.

CLÁUSULA SEXTA.- HONORARIOS
EL PACIENTE pagará a EL PRESTADOR la suma de S/ [MONTO] (soles) por la consulta, mediante [FORMA_DE_PAGO], de manera previa o inmediatamente posterior a la atención, contra la emisión del comprobante de pago correspondiente.

CLÁUSULA SÉTIMA.- LIMITACIONES DEL SERVICIO
Las partes reconocen que la telemedicina no reemplaza la atención presencial en casos de emergencia médica, por lo que EL PRESTADOR podrá derivar a EL PACIENTE a atención presencial cuando el cuadro clínico así lo requiera, sin que ello genere responsabilidad adicional para EL PRESTADOR.

CLÁUSULA OCTAVA.- REGISTRO CLÍNICO
EL PRESTADOR se obliga a generar y conservar el registro de la teleconsulta conforme a la normativa de historias clínicas vigente, pudiendo EL PACIENTE solicitar copia de dicho registro en cualquier momento.

CLÁUSULA NOVENA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por las leyes peruanas. Las controversias se someterán a los jueces y tribunales del distrito judicial de [CIUDAD].

En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en la ciudad de [CIUDAD], a los [DÍA] días del mes de [MES] de [AÑO].

_________________________
EL PRESTADOR
[NOMBRE_DEL_MÉDICO_O_IPRESS]

_________________________
EL PACIENTE
[NOMBRE_DEL_PACIENTE]

Cuándo usar este modelo

Usa este contrato cuando un médico o una institución prestadora de servicios de salud (IPRESS) vaya a brindar una consulta médica a distancia mediante videollamada u otra tecnología de comunicación, en el marco de la Ley N.° 30421, Ley Marco de Telesalud. Es distinto de la locación de servicios médicos presencial porque exige cláusulas específicas de consentimiento informado remoto, verificación de identidad del paciente y protección reforzada de los datos de salud transmitidos por medios digitales.

Es útil para consultas de seguimiento, orientación médica general o especialidades que no requieren examen físico inmediato.

Qué datos necesitas

Reúne los datos del prestador (incluyendo su registro del Colegio Médico del Perú), los datos del paciente, la especialidad médica, la plataforma tecnológica a utilizar, la fecha y hora de la consulta, el método de verificación de identidad del paciente y el monto de los honorarios.

Ten presente también la finalidad de la consulta (diagnóstico, seguimiento o orientación), pues de ello depende si se requiere derivación a atención presencial.

Paso a paso

Primero, identifica al prestador y al paciente, incluyendo la especialidad y la plataforma a utilizar. Segundo, incorpora la cláusula de consentimiento informado remoto, explicando las limitaciones de la atención a distancia. Tercero, define el método de verificación de identidad del paciente antes de iniciar la consulta. Cuarto, revisa las cláusulas de protección de datos de salud conforme a la Ley N.° 29733 y de limitaciones del servicio frente a emergencias médicas.

Errores comunes

Un error frecuente es omitir la cláusula de consentimiento informado remoto, obligatoria según el reglamento de la Ley N.° 30421. Otro error es no advertir expresamente que la telemedicina no reemplaza la atención presencial en emergencias, lo que puede generar responsabilidad para el prestador si el paciente asume que la consulta virtual cubre cualquier escenario clínico.

También es común no precisar el tratamiento de los datos de salud del paciente conforme a la Ley N.° 29733, considerando que se trata de datos sensibles que requieren medidas de seguridad reforzadas.

Preguntas frecuentes

¿La telemedicina sirve para cualquier tipo de consulta? No, existen cuadros clínicos que requieren examen físico presencial; el contrato debe prever la derivación en esos casos.

¿Cómo se verifica la identidad del paciente en una consulta virtual? Mediante el método que las partes acuerden (documento de identidad visible en cámara, plataforma con validación, entre otros), el cual debe quedar registrado.

¿Qué pasa con la historia clínica de la teleconsulta? El prestador debe generar y conservar el registro conforme a la normativa vigente, pudiendo el paciente solicitar copia en cualquier momento.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de prestación de servicios de telemedicina (consulta médica virtual)

¿El modelo de contrato de prestación de servicios de telemedicina (consulta médica virtual) es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-prestacion-de-servicios-de-telemedicina-consulta-medica-virtual/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de prestación de servicios de telemedicina (consulta médica virtual) sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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