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Energía

Contrato de Suministro e Instalación de Sistema Fotovoltaico Conectado a la Red

Contrato con la empresa instaladora de paneles solares: equipos, potencia garantizada, plazo, pruebas, trámite ante la distribuidora y garantías.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE SISTEMA FOTOVOLTAICO CONECTADO A LA RED

Conste por el presente documento el contrato que celebran de una parte [NOMBRE_O_RAZON_SOCIAL_DEL_CLIENTE], con [DNI_O_RUC] N.° [NUMERO_DE_DOCUMENTO_DEL_CLIENTE], domiciliado(a) en [DOMICILIO_DEL_CLIENTE], a quien se denominará EL CLIENTE; y de la otra parte [RAZON_SOCIAL_DEL_INSTALADOR], con RUC N.° [RUC_DEL_INSTALADOR], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_INSTALADOR], representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEL_REPRESENTANTE], a quien se denominará EL PROVEEDOR, en los términos siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO
EL PROVEEDOR se obliga a suministrar, instalar y poner en servicio un sistema fotovoltaico conectado a la red, de [POTENCIA_INSTALADA_KWP] kWp, en el inmueble ubicado en [DIRECCION_DE_LA_INSTALACION], asociado al suministro eléctrico N.° [NUMERO_DE_SUMINISTRO].

CLÁUSULA SEGUNDA: ALCANCE
2.1. Suministro de [NUMERO_DE_MODULOS] módulos fotovoltaicos e inversor de [POTENCIA_DEL_INVERSOR_KW] kW, con estructura de soporte, cableado, protecciones y sistema de puesta a tierra.
2.2. Ingeniería de detalle, memoria descriptiva y diagrama unifilar firmados por profesional habilitado.
2.3. Gestión del trámite de conexión ante la empresa distribuidora y acompañamiento en la inspección.
2.4. Pruebas de puesta en marcha, configuración del monitoreo y capacitación al usuario.

CLÁUSULA TERCERA: GENERACIÓN ESTIMADA
La generación anual estimada asciende a [GENERACION_ANUAL_ESTIMADA_KWH] kWh, calculada con el recurso solar de la zona. Dicha cifra es una estimación técnica y no una garantía de ahorro, salvo pacto expreso distinto consignado en el anexo correspondiente.

CLÁUSULA CUARTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO
El precio total asciende a S/ [MONTO_TOTAL], incluido el IGV, pagadero: [PORCENTAJE_ADELANTO] % a la firma, [PORCENTAJE_ENTREGA] % contra entrega de equipos en obra y el saldo contra acta de puesta en servicio.

CLÁUSULA QUINTA: PLAZO
La instalación se ejecutará en [PLAZO_EN_DIAS] días calendario desde el pago del adelanto y la entrega del área de montaje. El plazo del trámite ante la distribuidora no es imputable a EL PROVEEDOR.

CLÁUSULA SEXTA: MARCO NORMATIVO
El sistema se instalará conforme al artículo 2 del Decreto Legislativo N.° 1221, que permite a los usuarios del servicio público de electricidad emplear equipamiento de generación renovable no convencional para su propio consumo e inyectar excedentes al sistema de distribución; al Decreto Ley N.° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 009-93-EM; y al Código Nacional de Electricidad.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
7.1. Módulos fotovoltaicos: garantía del fabricante por [ANOS_DE_GARANTIA_MODULOS] años.
7.2. Inversor: garantía por [ANOS_DE_GARANTIA_INVERSOR] años.
7.3. Instalación y montaje: garantía de EL PROVEEDOR por [MESES_DE_GARANTIA_INSTALACION] meses.

CLÁUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN Y CONTROVERSIAS
El incumplimiento sustancial faculta a la parte perjudicada a resolver el contrato conforme al Código Civil. Las controversias se someten a los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL].

Suscrito en [CIUDAD], el [FECHA_DE_SUSCRIPCION].

_______________________          _______________________
EL CLIENTE                        EL PROVEEDOR
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Cuándo usar este modelo

El mercado solar residencial y comercial crece rápido y con él los conflictos: promesas de ahorro que no se cumplen, equipos distintos a los cotizados, instalaciones que quedan sin conexión formal y garantías que nadie honra. Este contrato ordena la relación con la empresa instaladora antes de que aparezca el problema.

Sirve para viviendas, oficinas, hoteles, plantas agroindustriales y locales comerciales que instalarán un sistema conectado a la red. Su punto más valioso es la cláusula de generación estimada: deja por escrito que la proyección es una estimación técnica, salvo que el proveedor asuma expresamente una garantía de producción, evitando así la discusión más frecuente del sector.

Marco legal en el Perú

El artículo 2 del Decreto Legislativo N.° 1221 permite a los usuarios del servicio público de electricidad emplear equipamiento de generación renovable no convencional para su propio consumo e inyectar sus excedentes al sistema de distribución. Ese régimen es el que da sentido a la conexión del sistema.

La ejecución técnica se sujeta al Código Nacional de Electricidad, al Decreto Ley N.° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y a su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 009-93-EM. En lo contractual rige el Código Civil y, cuando el cliente es consumidor final, el Código de Protección y Defensa del Consumidor respecto de la información veraz sobre el producto ofrecido.

Cómo completar la plantilla

Las cifras del contrato deben coincidir con la cotización aceptada. Si la cotización menciona una marca de inversor, esa marca debe figurar en el contrato o en su anexo técnico.

  • Especifica número de módulos, potencia total en kWp y potencia del inversor en kW.
  • Exige que la gestión del trámite de conexión ante la distribuidora esté incluida en el alcance.
  • Separa la garantía del fabricante de los módulos, la del inversor y la del montaje: son tres plazos distintos.
  • Condiciona el pago del saldo al acta de puesta en servicio, no a la simple entrega de equipos.
  • Deja claro que la demora del trámite ante la concesionaria no es imputable al proveedor.
  • Anexa la memoria descriptiva y el diagrama unifilar firmados por profesional habilitado.

Preguntas frecuentes

¿Puedo exigir el ahorro que me prometieron en la venta?

Solo si quedó pactado como garantía de producción con una metodología de medición. Por eso conviene incorporar un anexo que precise la generación mínima garantizada y cómo se verifica.

¿Qué pasa si la distribuidora no aprueba la conexión?

El contrato debe prever ese escenario. Lo razonable es pactar que el proveedor subsane las observaciones técnicas a su costo y que se defina qué ocurre si la negativa obedece a causas ajenas a ambas partes.

¿Necesito autorización de la junta de propietarios?

Si instalarás en el techo de un edificio, ese suele ser bien común y se requiere acuerdo de la junta. Obtén el acta antes de firmar para no quedar atrapado entre dos obligaciones.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de suministro e instalación de sistema fotovoltaico conectado a la red

¿El modelo de contrato de suministro e instalación de sistema fotovoltaico conectado a la red es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-suministro-e-instalacion-de-sistema-fotovoltaico-conectado-a-la-red/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de suministro e instalación de sistema fotovoltaico conectado a la red sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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