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Discapacidad

Contrato de Trabajo de Persona con Discapacidad con Ajustes Razonables

Contrato laboral que incorpora cláusulas de ajustes razonables, accesibilidad y confidencialidad de datos de salud, útil para empresas que cumplen la cuota de empleo de la Ley N.° 29973.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE TRABAJO DE PERSONA CON DISCAPACIDAD CON AJUSTES RAZONABLES

Conste por el presente documento el contrato de trabajo que celebran, de una parte, [RAZÓN_SOCIAL_DEL_EMPLEADOR], con RUC N.° [RUC], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_EMPLEADOR], debidamente representada por [REPRESENTANTE_LEGAL], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEL_REPRESENTANTE], a quien se denominará EL EMPLEADOR; y, de la otra parte, [NOMBRE_DEL_TRABAJADOR], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEL_TRABAJADOR], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_TRABAJADOR], a quien se denominará EL TRABAJADOR; en los términos siguientes:

PRIMERA: OBJETO. EL EMPLEADOR contrata los servicios personales de EL TRABAJADOR para desempeñar el puesto de [PUESTO_DE_TRABAJO], realizando las funciones descritas en el perfil del puesto que forma parte de este contrato.

SEGUNDA: PLAZO. El presente contrato es de naturaleza [PLAZO_INDETERMINADO_O_MODALIDAD]; de ser sujeto a modalidad, se celebra por la causa objetiva [CAUSA_OBJETIVA] desde el [FECHA_DE_INICIO] hasta el [FECHA_DE_TÉRMINO]. El periodo de prueba es de [PERIODO_DE_PRUEBA].

TERCERA: REMUNERACIÓN Y JORNADA. EL TRABAJADOR percibirá una remuneración mensual de S/ [REMUNERACIÓN], más los beneficios de ley. La jornada será de [JORNADA_SEMANAL] horas semanales, en el horario de [HORARIO], con el descanso semanal correspondiente.

CUARTA: CONDICIÓN DE PERSONA CON DISCAPACIDAD. EL TRABAJADOR ha acreditado su condición con el Certificado de Discapacidad N.° [NÚMERO_DE_CERTIFICADO] y/o su inscripción en el CONADIS. EL EMPLEADOR registrará dicha condición en la planilla electrónica para los fines de la cuota de empleo prevista en el artículo 49 de la Ley N.° 29973.

QUINTA: AJUSTES RAZONABLES. Conforme al artículo 50 de la Ley N.° 29973, EL EMPLEADOR implementa los siguientes ajustes razonables en el puesto: [DETALLE_DE_AJUSTES_RAZONABLES] (adaptación de herramientas o mobiliario, accesibilidad del ambiente de trabajo, ajustes de horario u organización del trabajo, software o apoyos técnicos). Las partes revisarán su idoneidad de manera periódica y de buena fe.

SEXTA: NO DISCRIMINACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD. EL EMPLEADOR garantiza igualdad de trato y de oportunidades, quedando prohibido todo acto discriminatorio por motivo de discapacidad. La información de salud de EL TRABAJADOR se tratará como dato sensible conforme a la Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales.

SÉPTIMA: OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR. EL TRABAJADOR se obliga a prestar sus servicios con diligencia, cumplir el reglamento interno y las normas de seguridad y salud en el trabajo, y comunicar cualquier variación relevante de su certificación.

OCTAVA: RÉGIMEN APLICABLE. En lo no previsto, rigen el TUO del Decreto Legislativo N.° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, la Ley N.° 29973 y su Reglamento, y demás normas laborales vigentes.

Firmado en dos ejemplares, en [CIUDAD], el [FECHA].

______________________________
EL EMPLEADOR
[REPRESENTANTE_LEGAL]

______________________________
EL TRABAJADOR
[NOMBRE_DEL_TRABAJADOR]
DNI N.° [DNI_DEL_TRABAJADOR]
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Cuándo usar este modelo

Este contrato está pensado para empleadores que incorporan trabajadores con discapacidad, sea por cumplimiento de la cuota de empleo o por decisión de gestión del talento, y quieren dejar correctamente documentados tres frentes: el vínculo laboral ordinario, los ajustes razonables pactados y el tratamiento reservado de los datos de salud. También es útil para el trabajador, porque convierte los ajustes en obligación contractual exigible y no en una concesión informal que puede retirarse. Sirve tanto para contratos a plazo indeterminado como sujetos a modalidad, adaptando la cláusula de plazo.

Marco legal en el Perú

El régimen laboral privado se rige por el TUO del Decreto Legislativo N.° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral. La Ley N.° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, aporta las reglas específicas: el artículo 49 impone a los empleadores privados con más de cincuenta trabajadores una cuota de empleo no inferior al 3 %, fiscalizada anualmente por SUNAFIL, y el artículo 50 obliga a implementar ajustes razonables salvo carga desproporcionada acreditada. La condición del trabajador se registra en la planilla electrónica. La información de salud es dato sensible protegido por la Ley N.° 29733, y todo trato desigual injustificado por discapacidad está prohibido y sancionado.

Cómo completar la plantilla

Describe los ajustes razonables con la misma precisión con que redactarías la remuneración: qué se adapta, quién lo provee y desde cuándo. Las cláusulas vagas son la principal fuente de conflicto posterior.

  • Define el puesto y sus funciones esenciales; los ajustes se evalúan respecto de ellas.
  • Si el contrato es modal, consigna la causa objetiva; sin ella se presume indeterminado.
  • Detalla los ajustes: mobiliario, tecnología de apoyo, horarios, pausas o reorganización de tareas.
  • Incluye el compromiso de registro en planilla para efectos de la cuota del artículo 49.
  • Firma dos ejemplares y entrega uno al trabajador; conserva los anexos de acreditación.

Preguntas frecuentes

¿El contrato puede pactar una remuneración menor por la discapacidad?

No. La remuneración se fija por el puesto y la labor efectiva, nunca por la condición del trabajador. Pagar menos por la discapacidad configura discriminación remunerativa prohibida, expone a multas de SUNAFIL y habilita al trabajador a demandar el reintegro con las remuneraciones niveladas.

¿Qué ocurre si los ajustes pactados resultan insuficientes con el tiempo?

Los ajustes razonables son dinámicos: si la condición del trabajador o las funciones cambian, cualquiera de las partes puede pedir su revisión. Documenta la nueva evaluación en una adenda. La negativa injustificada del empleador a revisar ajustes puede calificar como acto discriminatorio denunciable ante SUNAFIL.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de trabajo de persona con discapacidad con ajustes razonables

¿El modelo de contrato de trabajo de persona con discapacidad con ajustes razonables es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-trabajo-de-persona-con-discapacidad-con-ajustes-razonables/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de trabajo de persona con discapacidad con ajustes razonables sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

Modelos relacionados

Denuncia ante SUNAFIL por Negativa de Ajustes Razonables al Trabajador con Discapacidad

Denuncia laboral para que SUNAFIL inspeccione y sancione al empleador que rechaza implementar ajustes razonables solicitados por un trabajador con discapacidad.

Carta de solicitud de ajustes razonables en el puesto de trabajo

Carta al empleador para pedir ajustes razonables en el puesto de trabajo por motivo de discapacidad, con sustento médico, límite de carga económica excesiva, exigencia de respuesta motivada y variante separada para el sector público.

Solicitud de Actualización de Datos en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad

Escrito dirigido al CONADIS para actualizar el registro cuando cambia el domicilio, los datos personales o el grado de discapacidad acreditado con un nuevo certificado.

Denuncia ante CONADIS por Infracción a la Ley de la Persona con Discapacidad

Denuncia administrativa para que el CONADIS fiscalice y sancione a entidades públicas o privadas que incumplen la Ley N.° 29973: inaccesibilidad, trato discriminatorio o negación de derechos.

Escrito de Designación Judicial de Apoyos para Persona con Discapacidad que No Puede Manifestar su Voluntad

Demanda no contenciosa ante el juez de familia para que designe apoyos y establezca salvaguardias a favor de una persona con discapacidad que se encuentra imposibilitada de manifestar su voluntad, conforme al Decreto Legislativo N.° 1384.

Acta de Designación Anticipada de Apoyos a Futuro por la Propia Persona con Discapacidad

Documento por el cual una persona, en pleno ejercicio de su capacidad, designa por anticipado a quienes la apoyarán si en el futuro requiere asistencia para tomar decisiones, fijando el alcance, las preferencias y las salvaguardias aplicables.

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