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Discapacidad

Denuncia ante SUNAFIL por Negativa de Ajustes Razonables al Trabajador con Discapacidad

Denuncia laboral para que SUNAFIL inspeccione y sancione al empleador que rechaza implementar ajustes razonables solicitados por un trabajador con discapacidad.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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DENUNCIA ANTE SUNAFIL POR NEGATIVA DE AJUSTES RAZONABLES AL TRABAJADOR CON DISCAPACIDAD

SUMILLA: Denuncia por incumplimiento de la obligación de otorgar ajustes razonables y solicitud de actuación inspectiva.

SEÑOR INTENDENTE DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL - SUNAFIL - [INTENDENCIA_REGIONAL]
Presente.-

Yo, [NOMBRE_DEL_DENUNCIANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI], con domicilio en [DOMICILIO], distrito de [DISTRITO], correo electrónico [CORREO_ELECTRÓNICO], teléfono [TELÉFONO], ante usted respetuosamente digo:

I. DATOS DEL EMPLEADOR DENUNCIADO
Razón social: [RAZÓN_SOCIAL_DEL_EMPLEADOR], RUC N.° [RUC], con centro de trabajo en [DIRECCIÓN_DEL_CENTRO_DE_TRABAJO], distrito de [DISTRITO_DEL_CENTRO].

II. HECHOS DENUNCIADOS
1. Laboro para la denunciada desde el [FECHA_DE_INGRESO] en el puesto de [PUESTO_DE_TRABAJO]. Soy persona con discapacidad, condición acreditada con el Certificado de Discapacidad N.° [NÚMERO_DE_CERTIFICADO], que mi empleador conoce.
2. Con fecha [FECHA_DE_SOLICITUD], solicité por escrito los siguientes ajustes razonables: [AJUSTES_SOLICITADOS] (adaptación de mobiliario o herramientas, cambios en la organización del trabajo o del horario, apoyos tecnológicos), necesarios para desempeñar mis funciones en igualdad de condiciones.
3. La empresa [RESPUESTA_DEL_EMPLEADOR] (no respondió dentro del plazo, denegó sin sustento o implementó medidas distintas e insuficientes), sin acreditar que los ajustes constituyan una carga desproporcionada o indebida.
4. Como consecuencia, vengo prestando servicios en condiciones que afectan mi salud y mi rendimiento, situación que se mantiene a la fecha.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
El artículo 50 de la Ley N.° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, reconoce el derecho del trabajador con discapacidad a ajustes razonables en el lugar de trabajo, y solo exime al empleador cuando acredite que suponen una carga económica excesiva conforme a los criterios del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 002-2014-MIMP, y las normas técnicas del sector regulan el procedimiento de evaluación. La negativa injustificada constituye acto de discriminación e infracción en materia de relaciones laborales, fiscalizable conforme a la Ley N.° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, y su Reglamento.

IV. PEDIDO
Solicito: a) disponer la actuación inspectiva en el centro de trabajo; b) requerir al empleador la implementación de los ajustes razonables; c) de verificarse la infracción, extender acta e imponer la multa correspondiente; y d) mantener la reserva de mi identidad en cuanto la ley lo permita.

V. ANEXOS
a) Copia de mi DNI y del certificado de discapacidad.
b) Cargo de la solicitud de ajustes de fecha [FECHA_DE_SOLICITUD] y respuesta del empleador, de existir.
c) Boletas de pago u otro documento que acredita el vínculo laboral.

[CIUDAD], [FECHA]

______________________________
[NOMBRE_DEL_DENUNCIANTE]
DNI N.° [DNI]
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Cuándo usar este modelo

Presenta esta denuncia cuando solicitaste ajustes razonables a tu empleador (adaptación del mobiliario, tecnología de apoyo, reorganización de horarios o funciones) y la empresa los negó sin sustento, los ignoró o implementó medidas cosméticas que no resuelven la barrera. La vía inspectiva es rápida en comparación con el proceso judicial: SUNAFIL puede ordenar una visita al centro de trabajo, requerir la implementación de los ajustes mediante medida de requerimiento y multar el incumplimiento. Antes de denunciar, asegúrate de tener el cargo de tu solicitud escrita al empleador: es la prueba que convierte la omisión en infracción verificable.

Marco legal en el Perú

El artículo 50 de la Ley N.° 29973 reconoce el derecho de la persona con discapacidad a ajustes razonables en el lugar de trabajo, entendidos como las modificaciones y adaptaciones necesarias que no impongan una carga desproporcionada o indebida; corresponde al empleador probar esa carga con criterios objetivos, conforme al Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 002-2014-MIMP y a la normativa técnica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. La negativa injustificada configura un acto de discriminación en el empleo, infracción fiscalizable bajo la Ley N.° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo. La denuncia puede presentarse presencialmente o por los canales virtuales de SUNAFIL, con posibilidad de pedir reserva de identidad.

Cómo completar la plantilla

Construye la denuncia como una línea de tiempo verificable: solicitud, respuesta u omisión, y perjuicio actual.

  • Identifica al empleador con RUC y dirección exacta del centro de trabajo a inspeccionar.
  • Describe los ajustes solicitados y por qué son necesarios para las funciones esenciales de tu puesto.
  • Adjunta el cargo de tu solicitud y la respuesta del empleador, o señala su silencio.
  • Indica el perjuicio concreto: afectación a la salud, rendimiento o riesgo de sanciones.
  • Pide la actuación inspectiva, la medida de requerimiento y, de ser tu caso, la reserva de identidad.

Preguntas frecuentes

¿Qué se considera una carga desproporcionada para el empleador?

Es una excepción que el empleador debe acreditar con números: costo del ajuste frente a su capacidad económica, tamaño de la empresa y ayudas disponibles. No basta alegar incomodidad organizativa ni costos menores. Si el empleador no presenta esa acreditación objetiva, la negativa se reputa injustificada y sancionable.

¿La denuncia ante SUNAFIL impide demandar judicialmente?

No. La vía inspectiva y la judicial son independientes: puedes denunciar ante SUNAFIL para lograr la implementación de los ajustes y, además, demandar el cese de hostilidad o la indemnización por el daño sufrido. El acta de infracción que emita el inspector servirá como prueba de gran peso en el proceso laboral.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de denuncia ante sunafil por negativa de ajustes razonables al trabajador con discapacidad

¿El modelo de denuncia ante sunafil por negativa de ajustes razonables al trabajador con discapacidad es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/denuncia-ante-sunafil-por-negativa-de-ajustes-razonables-al-trabajador-con-discapacidad/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de denuncia ante sunafil por negativa de ajustes razonables al trabajador con discapacidad sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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