Contrato de Trabajo de Personal Extranjero para Aprobación ante el Ministerio de Trabajo (D.Leg. 689)
Contrato de trabajo de personal extranjero con las cláusulas obligatorias (plazo máximo de tres años, límites porcentuales y compromiso de capacitación de personal nacional) para su aprobación ante el MTPE, conforme al D.Leg. 689 y su Reglamento D.S. 014-92-TR.
Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE TRABAJO DE PERSONAL EXTRANJERO (D.LEG. 689) Conste por el presente documento el Contrato de Trabajo de Personal Extranjero que celebran, de una parte, [NOMBRE_EMPLEADOR], con RUC N.° [RUC], domiciliado en [DIRECCION_EMPRESA], debidamente representado por [REPRESENTANTE], identificado con DNI N.° [DNI_REPRESENTANTE], a quien se denominará EL EMPLEADOR; y de la otra parte, [NOMBRE_TRABAJADOR], de nacionalidad [NACIONALIDAD], identificado con [TIPO_DOCUMENTO] N.° [NUMERO_DOCUMENTO], a quien se denominará EL TRABAJADOR; en los términos siguientes: PRIMERA: OBJETO EL TRABAJADOR prestará servicios como [CARGO], desarrollando las funciones de [FUNCIONES], en el establecimiento ubicado en [LUGAR_TRABAJO]. SEGUNDA: BASE LEGAL El presente contrato se celebra al amparo del Decreto Legislativo N.° 689, Ley para la Contratación de Trabajadores Extranjeros, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 014-92-TR, y queda sujeto a la aprobación de la Autoridad Administrativa de Trabajo. TERCERA: PLAZO El contrato tiene un plazo de [PLAZO] meses, que no excederá de tres (3) años, prorrogable por periodos que en conjunto no superen dicho límite, contado desde el [FECHA_INICIO], previa aprobación de la autoridad competente. CUARTA: REMUNERACIÓN EL TRABAJADOR percibirá una remuneración mensual de S/ [REMUNERACION], sujeta a los descuentos y beneficios de ley. QUINTA: LÍMITES PORCENTUALES EL EMPLEADOR declara que el personal extranjero no excede del 20% del número total de trabajadores y que sus remuneraciones no superan el 30% de la planilla, salvo las exoneraciones previstas en el Decreto Legislativo N.° 689. SEXTA: CAPACITACIÓN DE PERSONAL NACIONAL EL EMPLEADOR se compromete a capacitar al personal nacional en la misma ocupación, designando como personal a capacitar a [PERSONAL_NACIONAL], a fin de lograr la transferencia de conocimientos. SÉTIMA: OBLIGACIÓN MIGRATORIA EL TRABAJADOR se obliga a obtener y mantener vigente la calidad migratoria habilitante para trabajar en el Perú. OCTAVA: APROBACIÓN Y REGISTRO El presente contrato surtirá efectos una vez aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a través de su plataforma virtual. En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en [CIUDAD], el [FECHA]. ____________________ ____________________ EL EMPLEADOR EL TRABAJADOR
Cuándo usar este modelo
Usa este contrato cuando una empresa peruana va a contratar a un trabajador extranjero y necesita el documento aprobado por el Ministerio de Trabajo. El Decreto Legislativo N.° 689 y su Reglamento (D.S. 014-92-TR) exigen un contrato escrito con cláusulas obligatorias y su aprobación por la Autoridad Administrativa de Trabajo. Este contrato aprobado es requisito para que el trabajador tramite su calidad migratoria de trabajador ante Migraciones.
Qué datos necesitas
- RUC y datos del empleador y de su representante.
- Nombre, nacionalidad y documento del trabajador extranjero.
- El cargo, las funciones y la remuneración pactada.
- El personal nacional designado para la capacitación.
Paso a paso
- Verifica que el personal extranjero no supere el 20% de trabajadores ni el 30% de la planilla, salvo exoneración.
- Completa el contrato con el plazo (máximo tres años) y las cláusulas obligatorias.
- Incluye el compromiso de capacitar a personal nacional en la misma ocupación.
- Presenta el contrato para su aprobación a través de la plataforma virtual del MTPE.
- Con el contrato aprobado, el trabajador gestiona su calidad migratoria ante Migraciones.
Errores comunes
- Pactar un plazo mayor de tres años, que la ley no admite.
- Omitir el compromiso de capacitación de personal nacional, cláusula obligatoria.
- Superar los límites porcentuales sin acreditar una causal de exoneración.
- Iniciar labores antes de la aprobación del contrato por el MTPE.
Preguntas frecuentes
¿Qué personal se exonera de los límites? El D.Leg. 689 exceptúa, entre otros, al extranjero con cónyuge o hijos peruanos, al inmigrante, al personal de empresas de servicios multinacionales y a quienes se acojan a convenios internacionales.
¿El contrato aprobado da la visa? No directamente. Es un requisito para que el trabajador solicite su calidad migratoria de trabajador ante Migraciones, que evalúa y otorga el estatus correspondiente.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de trabajo de personal extranjero para aprobación ante el ministerio de trabajo (d.leg. 689)
¿El modelo de contrato de trabajo de personal extranjero para aprobación ante el ministerio de trabajo (d.leg. 689) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-trabajo-de-personal-extranjero-para-aprobacion-ante-el-ministerio-de-trabajo-d-leg-689/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de trabajo de personal extranjero para aprobación ante el ministerio de trabajo (d.leg. 689) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Solicitud de Permiso de Trabajo para Extranjero
Escrito para solicitar a Migraciones el permiso de trabajo extraordinario del extranjero con trámite migratorio en curso, conforme al D.Leg. 1350, el D.S. 007-2017-IN y el TUPA de Migraciones.
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Declaración jurada del empleador que acredita el cumplimiento de los topes del 20% de personal y 30% de planilla para contratar extranjeros, exigida al registrar el contrato ante el MTPE al amparo del Art. 4 del D.Leg. 689.
Solicitud de Exoneración de los Porcentajes Limitativos para Contratación de Personal Extranjero Especializado
Escrito dirigido al MTPE para que exonere a la empresa de los topes del 20% y 30% al contratar personal extranjero especializado, de dirección o de una nueva actividad, conforme al Art. 5 del D.Leg. 689.
Carta del Empleador para Visa de Trabajo
Carta de la empresa peruana para trámite de visa de trabajo del extranjero ante Migraciones. D.L. 1350 Art. 29.2 y D.S. 007-2017-IN.
Solicitud de Permiso de Trabajo Extraordinario ante Migraciones
Solicitud ante la Superintendencia Nacional de Migraciones para obtener el permiso de trabajo extraordinario que habilita a un extranjero a realizar actividades remuneradas. Se sustenta en el Decreto Legislativo 1350 y su Reglamento.
Solicitud de Calidad Migratoria de Inversionista Extranjero ante Migraciones
Formato para tramitar la calidad migratoria de Inversionista ante Migraciones al amparo del Decreto Legislativo 1350 y su Reglamento D.S. 007-2017-IN, acreditando una inversión no menor a S/ 500,000 en una empresa constituida en el Perú.
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