Declaración Jurada de Soltería y Libre de Impedimento para Unión de Hecho
Declaración jurada de soltería y de estar libre de impedimento matrimonial, exigida para el reconocimiento notarial de unión de hecho (Art. 326 CC; Art. 46 Ley 26662 mod. Ley 29560).
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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DECLARACIÓN JURADA DE SOLTERÍA Y LIBRE DE IMPEDIMENTO PARA UNIÓN DE HECHO Yo, [NOMBRE_DECLARANTE], identificado con DNI N° [DNI_DECLARANTE], de estado civil soltero, de [EDAD_DECLARANTE] años, de ocupación [OCUPACION], con domicilio en [DOMICILIO_DECLARANTE], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], en pleno ejercicio de mis derechos civiles y bajo juramento, DECLARO LO SIGUIENTE: PRIMERO. SOLTERÍA Declaro que a la fecha soy soltero y que no me encuentro casado ni con vínculo matrimonial vigente con persona alguna, en el Perú ni en el extranjero. SEGUNDO. LIBRE DE IMPEDIMENTO MATRIMONIAL Declaro que me encuentro libre de impedimento matrimonial, conforme a los artículos 241 a 243 del Código Civil, y que no tengo unión de hecho previa registrada y no disuelta con tercera persona. TERCERO. FINALIDAD La presente declaración se otorga para acreditar el cumplimiento de los requisitos del reconocimiento de la unión de hecho que pretendo formalizar con [NOMBRE_CONVIVIENTE], DNI N° [DNI_CONVIVIENTE], conforme al artículo 326 del Código Civil y al artículo 46 de la Ley 26662, modificada por la Ley 29560. CUARTO. CONVIVENCIA Declaro que mantengo convivencia voluntaria, pública y continua con la persona antes indicada desde el [FECHA_INICIO_CONVIVENCIA], libres ambos de impedimento matrimonial, con finalidades semejantes a las del matrimonio y por un periodo no menor a dos años continuos. QUINTO. RESPONSABILIDAD Asumo plena responsabilidad por la veracidad de lo declarado y conozco que la falsedad de esta declaración acarrea responsabilidad penal por el delito de falsa declaración en procedimiento administrativo, previsto en el artículo 411 del Código Penal. Formulo la presente declaración jurada en señal de conformidad. [CIUDAD], [FECHA] _______________________________ [NOMBRE_DECLARANTE] DNI N° [DNI_DECLARANTE] Nota: Este modelo es referencial. La firma suele requerir legalización notarial. Verifica los requisitos con tu notario antes de su uso.
La declaración jurada de soltería y libre de impedimento es el documento con el que afirmas bajo responsabilidad civil y penal que no tienes vínculo matrimonial vigente ni impedimento legal para constituir una unión de hecho con tu pareja. Es la pieza central del expediente notarial o judicial de reconocimiento de unión de hecho, ya que sin ella el notario o juez no puede declarar la convivencia como sociedad de bienes.
Para qué sirve este modelo
Te sirve para iniciar el reconocimiento notarial o judicial de tu unión de hecho con efectos patrimoniales, acceder a la afiliación de tu conviviente a EsSalud como derechohabiente, formalizar la copropiedad de inmuebles adquiridos durante la convivencia y, eventualmente, heredar de tu pareja en caso de fallecimiento (la Ley 30007 reconoce derechos sucesorios al conviviente).
Quién la presenta y cuándo
La presentan ambos convivientes (cada uno la suya, por separado) cuando inician el trámite de reconocimiento de unión de hecho ante notario público (vía notarial no contenciosa) o ante el juez de familia (vía judicial cuando hay oposición o el notario no puede actuar). Conviene formalizarla cuando ya tienen al menos dos años continuos de convivencia, sin matrimonio vigente con terceros y libres de los impedimentos del artículo 242 del Código Civil.
Base legal aplicable en 2026
La unión de hecho está reconocida en el artículo 5 de la Constitución Política del Perú y desarrollada en el artículo 326 del Código Civil, que exige convivencia voluntaria, libre de impedimento matrimonial, entre un varón y una mujer (la jurisprudencia constitucional ha ampliado supuestos en casos específicos), por un mínimo de dos años continuos. El reconocimiento notarial está regulado en la Ley 29560, que amplió la competencia notarial en asuntos no contenciosos, modificando la Ley 26662. Los derechos sucesorios del conviviente están en la Ley 30007. La declaración jurada como tal está respaldada por el artículo 51 de la Ley 27444 (Ley del Procedimiento Administrativo General) y la responsabilidad penal por declaración falsa está prevista en el artículo 411 del Código Penal (falsa declaración en procedimiento administrativo, con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años).
Datos y documentos que necesitas a la mano
- Tu nombre completo, DNI, fecha y lugar de nacimiento, profesión y domicilio actual.
- Nombre completo y DNI de tu conviviente.
- Fecha aproximada en que iniciaron la convivencia (al menos dos años continuos a la fecha).
- Certificado negativo de matrimonio expedido por RENIEC de los últimos treinta días (acredita que no tienes matrimonio civil inscrito).
- Domicilio común actual de la pareja.
- Identificación de hijos comunes si los hay (con partidas de nacimiento).
- Dos testigos mayores de edad que conozcan la convivencia y puedan declarar en el procedimiento notarial.
Cómo presentarla paso a paso
- Obtén el certificado negativo de matrimonio en RENIEC (en línea o presencial). El costo aproximado es de S/ 35 y se emite en el día.
- Redacta la declaración jurada con tus datos completos, declarando bajo juramento tu estado civil de soltero o soltera (o de viudo, viuda o divorciado con sentencia firme) y la inexistencia de impedimentos.
- Firma la declaración ante notario, quien dará fe de tu identidad y de tu firma. El costo notarial de la legalización ronda los S/ 30 a S/ 50.
- Adjunta la declaración al expediente de reconocimiento de unión de hecho, junto con la solicitud, el certificado negativo de matrimonio, las partidas de hijos comunes y las declaraciones de los testigos.
- Presenta todo ante el notario público del lugar del domicilio común (procedimiento notarial) o ante el juez de familia (procedimiento judicial). El notario publicará un extracto en El Peruano y en un diario de mayor circulación.
- Espera el plazo de quince días tras la publicación. Si no hay oposición, el notario emitirá la escritura pública de reconocimiento y la inscribirá en el Registro Personal de SUNARP.
Errores comunes a evitar
- Declarar soltería cuando aún tienes un matrimonio vigente no disuelto (esto configura delito de falsa declaración y bigamia eventual).
- Presentar el certificado negativo de matrimonio vencido (más de treinta días).
- No precisar la fecha exacta de inicio de la convivencia (debe acreditarse el mínimo de dos años).
- Omitir la firma del notario que da fe de la declaración.
- Iniciar el trámite notarial sin haber resuelto antes el divorcio si fuiste casado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si declaro falsamente que soy soltero?
Cometes el delito de falsa declaración en procedimiento administrativo, sancionado por el artículo 411 del Código Penal con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años. Además, la unión de hecho declarada quedará viciada de nulidad y podrías afrontar acción civil por daños.
¿Cuántos años de convivencia debo tener para hacer este trámite?
Mínimo dos años continuos de convivencia, conforme al artículo 326 del Código Civil. La continuidad debe acreditarse con documentos (recibos a nombre de ambos, fotos, declaraciones de testigos, partidas de hijos comunes, contratos compartidos).
¿Puedo hacer este trámite si mi pareja anterior aún no ha aceptado el divorcio?
No. Necesitas la sentencia de divorcio firme inscrita en RENIEC, o el acta notarial de divorcio convencional (Ley 29227). Mientras tengas matrimonio vigente con tercero, tienes impedimento matrimonial según el artículo 242 inciso 5 del Código Civil y la declaración sería falsa.
¿La declaración jurada por sí sola crea la unión de hecho?
No. La declaración jurada es solo un requisito del expediente. La unión de hecho con efectos patrimoniales se constituye cuando el notario emite la escritura pública correspondiente y la inscribe en el Registro Personal de SUNARP, o cuando el juez de familia dicta la sentencia respectiva, conforme a la Ley 29560.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de declaración jurada de soltería y libre de impedimento para unión de hecho
¿El modelo de declaración jurada de soltería y libre de impedimento para unión de hecho es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/declaracion-jurada-de-solteria-y-libre-de-impedimento-para-union-de-hecho/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de declaración jurada de soltería y libre de impedimento para unión de hecho sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Declaración Jurada de Convivencia (Unión de Hecho)
Declaración jurada de dos personas que conviven libres de impedimento matrimonial. Base legal: Art. 326 CC, que exige al menos dos años continuos de convivencia. Para trámites.
Declaración Jurada de Unión de Hecho para EsSalud (Derechohabiente)
Declaración jurada de convivencia para acreditar al conviviente como derechohabiente ante EsSalud (Art. 3 Ley 26790; D.S. 009-97-SA; Art. 326 CC).
Declaración Jurada de Cese de Convivencia para Acreditar Estado de Soltería
Declaración jurada con firma legalizada mediante la cual el ex conviviente acredita el cese definitivo de la unión de hecho y su condición de libre de impedimento, para trámites que exigen estado de soltería, conforme al artículo 326 del Código Civil.
Solicitud de Unión de Hecho ante Notario
Solicitud notarial de reconocimiento de unión de hecho entre convivientes. Art. 326 del CC y Ley 29560. Inscripción en RENIEC y SUNARP.
Demanda de Disolución y Liquidación de Unión de Hecho
Demanda para declarar el cese de la unión de hecho y liquidar la sociedad de gananciales generada por la convivencia reconocida (Art. 326 CC; Ley 30007).
Demanda de Reconocimiento Judicial de Unión de Hecho
Demanda para que el juez declare la existencia de una unión de hecho de al menos dos años continuos y reconozca la sociedad de gananciales generada (Art. 326 CC; Ley 30007).
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