Demanda de Alimentos entre Hermanos por Obligación Subsidiaria
Demanda de alimentos dirigida contra un hermano cuando no existen ascendientes ni descendientes obligados que puedan asumir la prestación alimentaria, al amparo de los artículos 475 y 476 del Código Civil que regulan la obligación subsidiaria entre hermanos.
Actualizado al 23 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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DEMANDA DE ALIMENTOS ENTRE HERMANOS POR OBLIGACIÓN SUBSIDIARIA EXPEDIENTE N.° [NUMERO_EXPEDIENTE] SECRETARIO : [NOMBRE_SECRETARIO] SUMILLA : Demanda de alimentos. SEÑOR JUEZ DE PAZ LETRADO DE [DISTRITO_JUDICIAL]: [NOMBRE_DEMANDANTE], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DNI_DEMANDANTE], con domicilio real en [DOMICILIO_DEMANDANTE] y domicilio procesal en [CASILLA_DOMICILIO]; a usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Interpongo demanda de ALIMENTOS contra [NOMBRE_DEMANDADO], mi hermano(a), identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DNI_DEMANDADO], con domicilio en [DOMICILIO_DEMANDADO], a fin de que se le ordene acudirme con una pensión alimenticia mensual de S/ [MONTO_PENSION] soles, por obligación subsidiaria entre hermanos. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. Me encuentro en estado de necesidad, pues [DESCRIPCION_ESTADO_NECESIDAD], careciendo de ingresos suficientes o de capacidad para generarlos, conforme se acredita con [MEDIO_PROBATORIO_NECESIDAD]. 2. No cuento con ascendientes ni descendientes que puedan asumir la obligación alimentaria: [DETALLE_AUSENCIA_ASCENDIENTES_DESCENDIENTES]. 3. El demandado es mi hermano(a) y cuenta con capacidad económica para acudirme, pues percibe ingresos de [ACTIVIDAD_ECONOMICA_DEMANDADO] por un aproximado de S/ [INGRESOS_DEMANDADO] soles mensuales. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El artículo 474 del Código Civil establece que se deben alimentos recíprocamente los cónyuges, los ascendientes y descendientes, y los hermanos. 2. El artículo 475 del Código Civil dispone el orden en que debe reclamarse la prestación alimentaria, correspondiendo a los hermanos asumirla únicamente cuando no existan ascendientes ni descendientes obligados y con posibilidades de prestarla. 3. El artículo 476 del Código Civil precisa las reglas aplicables a la obligación subsidiaria entre hermanos, en concordancia con el estado de necesidad del alimentista y la capacidad económica del obligado. 4. El artículo 481 del Código Civil señala que los alimentos se regulan en proporción a las necesidades de quien los pide y a las posibilidades económicas de quien debe darlos. IV. MONTO DE LA PENSIÓN Solicito se fije una pensión mensual de S/ [MONTO_PENSION] soles, pagadera dentro de los primeros cinco días de cada mes, más el pago de devengados desde la fecha de admisión de la demanda. V. MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS 1-A. Copia de mi DNI y partida de nacimiento que acredita el vínculo fraterno. 1-B. Documentos que acreditan mi estado de necesidad. 1-C. Documentos que acreditan la capacidad económica del demandado. 1-D. [OTRO_MEDIO_PROBATORIO]. POR TANTO: Solicito admitir la demanda, correr traslado al demandado y, en su oportunidad, declararla FUNDADA fijando la pensión alimenticia solicitada. [CIUDAD], [FECHA] _____________________________ [NOMBRE_DEMANDANTE] DNI N.° [NUMERO_DNI_DEMANDANTE] _____________________________ [NOMBRE_ABOGADO] Abogado - Reg. C.A. [NUMERO_COLEGIATURA]
Cuándo usar este modelo
Usa esta demanda cuando necesitas alimentos y no tienes padres, abuelos ni hijos que puedan asumir la obligación, pero sí un hermano o hermana con capacidad económica para hacerlo. Los artículos 475 y 476 del Código Civil establecen que, a falta de ascendientes o descendientes obligados, los hermanos se deben alimentos entre sí de manera subsidiaria. Es distinto de la demanda de alimentos de abuelos hacia nietos y de la demanda entre cónyuges o convivientes, pues aquí el vínculo obligado es exclusivamente fraterno y solo procede cuando no hay otro obligado disponible.
Qué datos necesitas
- Tu DNI y el documento que acredite el vínculo fraterno con el demandado, normalmente la partida de nacimiento.
- Evidencia de tu estado de necesidad: falta de ingresos, discapacidad, estudios en curso u otra causa.
- Evidencia de la ausencia de ascendientes o descendientes que puedan asumir la obligación.
- Datos sobre la actividad económica e ingresos aproximados de tu hermano o hermana demandado.
- El monto de pensión mensual que consideras razonable solicitar.
Paso a paso
- Reúne la partida de nacimiento que acredite el vínculo fraterno con el demandado.
- Documenta tu estado de necesidad con certificados médicos, constancias de estudios o declaraciones juradas de ingresos.
- Acredita, en la medida de lo posible, que no existen ascendientes ni descendientes obligados y disponibles.
- Completa el modelo con los datos del juzgado, tu situación y el monto de pensión solicitado.
- Presenta la demanda ante el Juzgado de Paz Letrado de tu domicilio o el del demandado.
Errores comunes
- Demandar directamente al hermano sin acreditar la ausencia de ascendientes o descendientes obligados.
- No sustentar el estado de necesidad con prueba documental suficiente.
- Solicitar un monto de pensión desproporcionado a los ingresos reales del demandado.
- Omitir la partida de nacimiento que acredita el vínculo fraterno entre las partes.
Preguntas frecuentes
¿Puedo demandar a mi hermano si mis padres están vivos? Solo si tus padres no tienen posibilidad real de asumir la obligación, ya que la ley establece un orden de prelación entre los obligados.
¿Qué pasa si mi hermano también tiene pocos ingresos? El juez fija la pensión en proporción a las posibilidades económicas reales del obligado, pudiendo denegar la demanda si no cuenta con capacidad económica.
¿La pensión se puede modificar después? Sí, mediante un proceso de aumento, reducción o exoneración si cambian las circunstancias de necesidad o de capacidad económica.
Cómo presentar demanda de alimentos entre hermanos por obligación subsidiaria: paso a paso
- Reúne los documentos de vínculo. Obtén la partida de nacimiento del menor, partida de matrimonio o declaración judicial de unión de hecho, copia de DNI de las partes y pruebas del vínculo familiar.
- Acredita los ingresos del demandado. Consigue boletas de pago, contrato de trabajo, consulta RUC en SUNAT, extractos bancarios o cualquier documento que demuestre la capacidad económica del obligado.
- Identifica el juzgado competente. Alimentos de menores van al Juzgado de Paz Letrado (proceso único, Art. 164 CNA). Tenencia, régimen de visitas y divorcio van al Juzgado de Familia del domicilio del demandante.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, llena los campos entre corchetes con datos reales: nombres, DNI, fechas, pretensiones y hechos concretos del caso.
- Presenta la demanda con sus anexos. Ingresa el escrito con todos los anexos en la mesa de partes del juzgado o por la MPE del Poder Judicial. Las demandas de alimentos no pagan tasa judicial (Art. 562 CPC).
Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de alimentos entre hermanos por obligación subsidiaria
¿El modelo de demanda de alimentos entre hermanos por obligación subsidiaria es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-alimentos-entre-hermanos-por-obligacion-subsidiaria/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de demanda de alimentos entre hermanos por obligación subsidiaria sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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