Demanda de Aumento de Pensión Alimentaria
Demanda de variación de pensión de alimentos por mejora económica del obligado o aumento de necesidades del alimentista. Art. 482 del Código Civil.
Actualizado al 26 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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EXPEDIENTE : NUEVO
CUADERNO : PRINCIPAL
ESCRITO : 01
SUMILLA : DEMANDA DE AUMENTO DE PENSIÓN
ALIMENTARIA
SEÑOR JUEZ DEL [NÚMERO] JUZGADO DE FAMILIA / DE PAZ LETRADO DE [CIUDAD]
[NOMBRE_DEMANDANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI], actuando en [nombre propio / representación del menor [NOMBRE_MENOR]], con domicilio en [DOMICILIO]; señalando casilla SINOE N.° [CASILLA]; a Ud. digo:
I. PETITORIO
Interpongo demanda de AUMENTO DE PENSIÓN ALIMENTARIA contra [NOMBRE_DEMANDADO], con domicilio en [DOMICILIO_DEMANDADO], a fin de que se eleve la pensión actualmente fijada de S/ [MONTO_ACTUAL] a S/ [MONTO_SOLICITADO] mensuales.
II. VÍA PROCEDIMENTAL
Proceso ÚNICO DE FAMILIA, conforme a los artículos 164° y ss. del Código de los Niños y Adolescentes.
III. RESOLUCIÓN ANTERIOR
Mediante [SENTENCIA / RESOLUCIÓN] N.° [NÚMERO], expedida en el Expediente N.° [EXPEDIENTE] por el [JUZGADO], se fijó la pensión alimentaria en S/ [MONTO_ACTUAL] mensuales a cargo del demandado.
IV. FUNDAMENTOS PARA EL AUMENTO
VARIACIÓN DE CIRCUNSTANCIAS (Art. 482° CC):
A) AUMENTO DE LAS NECESIDADES DEL ALIMENTISTA:
- El/la menor [NOMBRE] actualmente tiene [EDAD] años y sus necesidades han aumentado considerablemente:
- Gastos educativos: S/ [MONTO] (colegio, útiles, uniforme, actividades extracurriculares).
- Gastos de salud: S/ [MONTO] (seguro médico, consultas, médicamentos).
- Alimentación y vestimenta: S/ [MONTO] mensuales.
- Transporte: S/ [MONTO] mensuales.
- TOTAL NECESIDADES: S/ [TOTAL_NECESIDADES] mensuales.
B) MEJORA ECONÓMICA DEL OBLIGADO:
El demandado actualmente percibe mayores ingresos que al momento de fijarse la pensión:
- [Trabaja como ___ en la empresa ___ con un sueldo de S/ ___].
- [Tiene ingresos adicionales por ___].
La pensión actual de S/ [MONTO_ACTUAL] representa solo el [PORCENTAJE]% de sus ingresos, siendo insuficiente.
V. FUNDAMENTOS DE DERECHO
- Artículo 482° del Código Civil: variación de la pensión alimentaria.
- Artículo 481° del CC: criterios para fijar alimentos (necesidades del alimentista y posibilidades del obligado).
- Artículos 164° y ss. del CNA: proceso único de familia.
VI. MEDIOS PROBATORIOS
1. Resolución que fija la pensión actual (Exp. N.° [EXPEDIENTE]).
2. Partida de nacimiento del menor (acredita vínculo).
3. Boletas de pago del demandado (últimas 6 — prueba de ingresos actuales).
4. Constancias de gastos actuales del menor (recibos de colegio, médico, etc.).
5. Declaración testimonial de [TESTIGOS].
POR TANTO: Admita la demanda y la declare fundada.
[CIUDAD], [FECHA]
_________________________ _________________________
DEMANDANTE ABOGADO
[NOMBRE_DEMANDANTE] [NOMBRE_ABOGADO]
DNI: [DNI] CAL N.°: [NÚMERO_CAL]
Cuándo procede el aumento
El artículo 482 del Código Civil permite aumentar la pensión cuando suben las necesidades del hijo o mejoran los ingresos del obligado. No basta con quererlo: tienes que probar que algo cambió desde que se fijó la pensión. Las causales típicas son que el hijo creció y ahora tiene más gastos de colegio, salud o transporte, que el obligado consiguió mejor trabajo, o que el costo de vida subió y la pensión quedó corta.
Ante qué juzgado se presenta
La demanda de aumento va ante el mismo Juzgado de Paz Letrado de Familia que fijó la pensión original. Esto agiliza el trámite porque el expediente ya existe. Se tramita por la vía del proceso único del Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337), que es rápida y oral. Si el monto es modesto, puedes actuar sin abogado o pedir defensa pública.
Qué pruebas adjuntar
- Copia de la sentencia o del acta de conciliación que fijó la pensión actual.
- Boletas de gastos del menor: pensión escolar, recibos de medicinas, útiles, ropa.
- Pruebas de que el obligado mejoró sus ingresos: contratos, fotos del negocio, planilla.
- Partida de nacimiento del hijo.
Cuánto puede aumentar el juez
No hay porcentaje fijo. El juez pondera la necesidad del hijo y la capacidad del obligado. Cuando concurren varios acreedores alimentarios, la pensión no puede superar el 60% de los ingresos del obligado. Si tiene varios hijos, lo correcto puede ser un prorrateo para que todos reciban en proporción justa. La pensión aumentada rige desde el día siguiente de la notificación de la demanda, no desde la sentencia, así que conviene demandar cuanto antes. Para estimar el monto puedes usar la calculadora de alimentos de Modelo.pe.
Plazos y costos
El proceso de aumento suele durar entre 4 y 10 meses según la carga del juzgado. La demanda de alimentos y sus variaciones está exonerada de tasas judiciales cuando se actúa en defensa del menor, lo que abarata el trámite. El costo real es el del abogado, opcional en casos sencillos.
Errores frecuentes
- Pedir aumento sin probar el cambio de circunstancias, lo que lleva a que se declare infundado.
- No adjuntar la sentencia previa que fijó la pensión vigente.
- Demandar en un domicilio donde el obligado ya no vive, lo que atrasa la notificación.
Base legal citada
- Art. 482 CC: la pensión se aumenta o reduce según necesidades y posibilidades.
- Art. 481 CC: criterios para fijar la pensión y tope del 60%.
- Ley 27337 (Código de los Niños y Adolescentes): proceso único de alimentos.
Cómo presentar demanda de aumento de pensión alimentaria: paso a paso
- Reúne los documentos de vínculo. Obtén la partida de nacimiento del menor, partida de matrimonio o declaración judicial de unión de hecho, copia de DNI de las partes y pruebas del vínculo familiar.
- Acredita los ingresos del demandado. Consigue boletas de pago, contrato de trabajo, consulta RUC en SUNAT, extractos bancarios o cualquier documento que demuestre la capacidad económica del obligado.
- Identifica el juzgado competente. Alimentos de menores van al Juzgado de Paz Letrado (proceso único, Art. 164 CNA). Tenencia, régimen de visitas y divorcio van al Juzgado de Familia del domicilio del demandante.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, llena los campos entre corchetes con datos reales: nombres, DNI, fechas, pretensiones y hechos concretos del caso.
- Presenta la demanda con sus anexos. Ingresa el escrito con todos los anexos en la mesa de partes del juzgado o por la MPE del Poder Judicial. Las demandas de alimentos no pagan tasa judicial (Art. 562 CPC).
Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de aumento de pensión alimentaria
¿El modelo de demanda de aumento de pensión alimentaria es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-aumento-de-pension-alimentaria/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de demanda de aumento de pensión alimentaria sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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