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Familia

Demanda de Divorcio por Causal

Demanda de divorcio por causal ante Juzgado de Familia. Art. 333 CC. Incluye pretensiones accesorias (tenencia, alimentos, gananciales).

Actualizado al 26 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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EXPEDIENTE       : NUEVO
CUADERNO         : PRINCIPAL
ESCRITO          : 01
SUMILLA          : INTERPONGO DEMANDA DE DIVORCIO
                   POR CAUSAL DE [CAUSAL]

----------------------------------------------------------------------
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE FAMILIA DE LIMA
----------------------------------------------------------------------

[NOMBRE_DEMANDANTE], identificado(a) con DNI No. [DNI_DEMANDANTE], con domicilio real en [DOMICILIO_REAL], distrito de [DISTRITO]; señalando domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y casilla electrónica SINOE No. [CASILLA_SINOE]; a Ud. respetuosamente digo:

I. PETITORIO:

Demanda de DIVORCIO POR CAUSAL DE [CAUSAL - Art. 333 CC] contra mi conyuge [NOMBRE_DEMANDADO(A)], DNI No. [DNI_DEMANDADO], domiciliado(a) en [DOMICILIO_DEMANDADO].

Causal invocada (Art. 333 Código Civil):
   [ ] Inc. 1: Adulterio
   [ ] Inc. 2: Violencia física o psicológica
   [ ] Inc. 4: Injuria grave
   [ ] Inc. 11: Imposibilidad de hacer vida en común
   [ ] Inc. 12: Separación de hecho (2 años sin hijos / 4 años con hijos menores)

PRETENSIONES ACCESORIAS:
a) TENENCIA de los menores [NOMBRE_HIJOS] a favor del/de la demandante.
b) RÉGIMEN DE VISITAS a favor del demandado(a) los días [DÍAS_VISITAS].
c) PENSIÓN DE ALIMENTOS por S/ [MONTO_ALIMENTOS] mensuales.
d) LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES.
e) INDEMNIZACIÓN por daño moral: S/ [MONTO_INDEMNIZACIÓN] (Art. 345-A CC).

II. VIA PROCEDIMENTAL:

PROCESO DE CONOCIMIENTO (Art. 480 CPC).

III. FUNDAMENTOS DE HECHO:

1. Matrimonio celebrado el [FECHA_MATRIMONIO] ante la Municipalidad de [MUNICIPALIDAD].

2. Hijos procreados: [NOMBRES_HIJOS], nacidos el [FECHAS_NACIMIENTO].

3. [DESCRIPCIÓN_DE_LA_CAUSAL: Exposición detallada de los hechos que configuran la causal invocada.]

4. Sobre obligación alimentaria (Art. 345-A CC): [DESCRIPCIÓN_CUMPLIMIENTO_ALIMENTOS].

5. Conyuge perjudicado: [FUNDAMENTACIÓN_PERJUICIO].

6. Bienes de la sociedad conyugal: [LISTA_BIENES].

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO:

- Art. 4 Constitución: Protección de la familia.
- Art. 333 Código Civil: Causales de separación de cuerpos.
- Art. 345-A Código Civil: Indemnización al conyuge perjudicado.
- Art. 349 Código Civil: Causales de divorcio.
- Art. 480 CPC: Tramitación del divorcio.
- Art. 345 Código Civil: Efectos respecto a los hijos.

V. MEDIOS PROBATORIOS:

1. Partida de matrimonio.
2. Partidas de nacimiento de los hijos.
3. [PRUEBAS_DE_LA_CAUSAL: denuncias, certificados médicos, testimonios, etc.]
4. Declaración jurada de bienes.
5. Constancia de cumplimiento alimentario (si aplica separación de hecho).

VI. ANEXOS:

1-A : Copia de DNI.
1-B : Partida de matrimonio.
1-C : Partidas de nacimiento de los hijos.
1-D : Pruebas de la causal.
1-E : Declaración jurada de bienes.
1-F : Tasa judicial.
1-G : Cédulas de notificación.

POR TANTO:

Solicito admitir la demanda, correr traslado al demandado(a) y al Ministerio Público, y declararla FUNDADA, disolviendo el vínculo matrimonial.

OTROSÍ DIGO: Solicito intervención del Ministerio Público (Art. 481 CPC).

Lima, [DÍA] de [MES] de [AÑO].


_________________________              _________________________
   [NOMBRE_DEMANDANTE]                   [NOMBRE_ABOGADO]
   DNI: [DNI_DEMANDANTE]                  Abogado - CAL No. [NÚMERO_CAL]

Cuándo usar este modelo

Usa esta demanda cuando uno de los cónyuges incurrió en alguna de las 13 causales del Art. 333 CC y el otro quiere disolver el vínculo: adulterio, violencia física o psicológica, atentado contra la vida del cónyuge, injuria grave, abandono injustificado del hogar por más de 2 años, conducta deshonrosa, uso habitual de drogas o alcohol, enfermedad grave de transmisión sexual contraída después del matrimonio, homosexualidad sobreviniente, condena por delito doloso con pena mayor a 2 años, imposibilidad de hacer vida en común, separación de hecho por más de 2 años (4 si hay hijos menores) o separación convencional. La causal de separación de hecho (inciso 12) es la más usada por su mayor probabilidad de éxito sin necesidad de probar conductas.

Juzgado competente y vía

Es competente el Juzgado de Familia o, en su defecto, el Juzgado Especializado Civil del último domicilio conyugal o del demandado, a elección del demandante (Art. 547 CPC). La vía procesal es el conocimiento (Arts. 475 al 485 CPC), el más extenso del CPC. Plazo de contestación: 30 días hábiles desde la notificación. Antes de la sentencia hay audiencia de saneamiento, conciliación, fijación de puntos controvertidos y pruebas. Duración estimada: 12 a 24 meses según carga del juzgado.

Documentos a anexar

  • Partida de matrimonio civil (vence prueba del vínculo).
  • Partidas de nacimiento de hijos menores, si los hay.
  • DNI del demandante.
  • Pruebas específicas de la causal invocada: actas policiales, denuncias, certificados médicos, pericias psicológicas, certificados domiciliarios.
  • Para separación de hecho: pruebas de domicilios separados durante el plazo (recibos servicios, contratos arrendamiento, declaración jurada).
  • Tasa judicial por cuantía y por anexos (escala URP del Poder Judicial).

Pretensiones acumulables

Junto al divorcio puedes pedir en la misma demanda: tenencia y régimen de visitas de hijos menores, pensión de alimentos para hijos, alimentos entre cónyuges si corresponde, indemnización por daños bajo el Art. 351 CC para el cónyuge inocente, liquidación de la sociedad de gananciales, asignación de bien de familia, pérdida de gananciales para el cónyuge culpable (Art. 343 CC). Si no acumulas, debes iniciar proceso aparte después.

Base legal citada literal

  • Art. 333 CC: 13 causales de separación de cuerpos y divorcio.
  • Art. 348 CC: divorcio absoluto que disuelve el vínculo.
  • Art. 351 CC: indemnización por daño moral al cónyuge inocente.
  • Art. 343 CC: pérdida de gananciales del cónyuge culpable.
  • Art. 354 CC: prescripción de la acción (6 meses para adulterio y conductas deshonrosas, otras causales no prescriben).

Después de la sentencia

La sentencia firme se inscribe en el Registro Personal de SUNARP y en la partida de matrimonio del RENIEC. Recién con la inscripción surte efectos frente a terceros. Si quieres divorcio rápido sin litigar causales, considera el divorcio notarial o municipal (Ley 29227) si cumples los requisitos: 2 años de matrimonio, sin hijos menores ni bienes pendientes de liquidación. Para apelar la sentencia tienes 10 días hábiles (Art. 373 CPC).

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Cómo presentar demanda de divorcio por causal: paso a paso

  1. Reúne los documentos de vínculo. Obtén la partida de nacimiento del menor, partida de matrimonio o declaración judicial de unión de hecho, copia de DNI de las partes y pruebas del vínculo familiar.
  2. Acredita los ingresos del demandado. Consigue boletas de pago, contrato de trabajo, consulta RUC en SUNAT, extractos bancarios o cualquier documento que demuestre la capacidad económica del obligado.
  3. Identifica el juzgado competente. Alimentos de menores van al Juzgado de Paz Letrado (proceso único, Art. 164 CNA). Tenencia, régimen de visitas y divorcio van al Juzgado de Familia del domicilio del demandante.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, llena los campos entre corchetes con datos reales: nombres, DNI, fechas, pretensiones y hechos concretos del caso.
  5. Presenta la demanda con sus anexos. Ingresa el escrito con todos los anexos en la mesa de partes del juzgado o por la MPE del Poder Judicial. Las demandas de alimentos no pagan tasa judicial (Art. 562 CPC).

Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de divorcio por causal

¿El modelo de demanda de divorcio por causal es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-divorcio-por-causal/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de demanda de divorcio por causal sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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